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110 NORMAS LEGALES Viernes 29 de octubre de 2021 El Peruano / norma, así como para suspender y/o prorrogar la vigencia de la misma; Que, a través del Informe Nº 421-2021-SGRFT-GAT- MVMT, la Subgerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria, solicita la ampliación de la vigencia de la Ordenanza Nº 320-MVMT, hasta el 30 de noviembre del 2021, dada la gran a fl uencia de contribuyentes que desean acogerse a los bene fi cios establecidos en la mencionada Ordenanza y habiéndose generado muchos compromisos de pago; Que, mediante el Memorándum Nº 575-2021-GAT/ MVMT, la Gerencia de Administración Tributaria, remite el proyecto de Decreto de Alcaldía que amplía la vigencia de la Ordenanza Nº 320-MVMT, publicada en el diario O fi cial El Peruano; así mismo, recomienda prorrogar la vigencia de la Ordenanza, hasta el 30 de noviembre del 2021; Que, con el Informe Nº 089-2021-OAJ/MVMT, la Ofi cina de Asesoría Jurídica, considera procedente la expedición del Decreto de Alcaldía que prorrogue la vigencia de la Ordenanza Nº 320-MVMT hasta el 30 de noviembre de 2021; Que, a través del Memorándum Nº 741-2021-GM/ MVMT, la Gerencia Municipal, teniendo en cuenta el pronunciamiento de la O fi cina de Asesoría Jurídica, remite los actuados para la emisión del acto resolutivo correspondiente; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º, numeral 9) del Artículo 9º y Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; SE DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 320-MVMT, hasta el hasta el 30 de noviembre de 2021, por las consideraciones expuestas en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y a las unidades orgánicas que la conforman, la ejecución del presente Decreto de Alcaldía, y a la O fi cina de Administración y Finanzas el apoyo necesario. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina de la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano; y a la Unidad de Sistemas y Tecnologías de la Información, la publicación del Texto Íntegro del presente Decreto en el Portal Institucional de la Municipalidad de Villa María del Triunfo www.munivmt.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELOY CHAVEZ HERNANDEZ Alcalde 2005609-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Ordenanza que modifica el procedimiento de instalación y desinstalación de propaganda electoral en el distrito de La Punta aprobado por Ordenanza 002-2021-MDLP/AL ORDENANZA Nº 011-2021-MDLP/AL La Punta, 27 de octubre de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de La Punta en Sesión Ordinaria de fecha 27 de octubre de 2021 con el voto aprobatorio de los regidores distritales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo, y; VISTO:El Informe Nº 058-2021-MDLP/SG emitido por la Secretaría General, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 establece que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 73º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece las competencias y funciones especí fi cas de los gobiernos locales, entre otros, en materia de organización del espacio físico, acondicionamiento territorial y seguridad ciudadana. Asimismo, de conformidad el numeral 3.6.3 del artículo 79º, constituye función especí fi ca exclusiva de las municipalidades distritales el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fi scalización de la ubicación de avisos publicitarios y propaganda política; Que, mediante Ordenanza Nº 002-2021-MDLP/AL de fecha 22 de marzo de 2021, se aprueba la Ordenanza que Regula el Procedimiento de Instalación y Desinstalación de Propaganda Electoral en el Distrito de La Punta; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 006-020-2021 de fecha 26 de julio de 2021, se declara zona rígida a la Plaza Principal del distrito de La Punta, toda vez que representa un lugar simbólico para todo los punteños; asimismo, la denominación a la plaza principal, “Plaza de Armas del distrito de La Punta”; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 9 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con las visaciones correspondientes y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se APROBÓ POR UNANIMIDAD lo siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PROCEDIMIENTO DE INSTALACIÓN Y DESINSTALACIÓN DE PROPAGANDA ELECTORAL EN EL DISTRITO DE LA PUNTA APROBADO POR ORDENANZA 002-2021-MDLP/AL Artículo 1º .- MODIFICAR el Artículo 9º de la Ordenanza 002-2021-MDLP/AL, incluyéndose dentro de las prohibiciones los siguientes literales: “p) Aperturar locales de campaña en la Plaza de Armas del Distrito de La Punta y sus zonas circundantes. q) Aperturar locales de campaña a una distancia menor de 100 metros de cualquier local municipal. r) Aperturar locales de campaña en inmuebles considerados como Monumentos Históricos, salvo que cuenten con autorización del Ministerio de Cultura. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y la Gerencia de Rentas la ejecución y cumplimiento de la presente ordenanza municipal. Artículo 3º.- ENCARGAR a la O fi cina de Secretaría General, Archivo y Comunicaciones, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano; y a la Unidad de Tecnología de la Información en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), y Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Punta (www.munilapunta.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RAMÓN RICARDO GARAY LEÓN Alcalde 2006328-1