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101 NORMAS LEGALES Viernes 29 de octubre de 2021 El Peruano / CODISEC, señalando en el literal a) “Presentar ante la Municipalidad Distrital la propuesta los planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana en sus respectivas jurisdicciones, veri fi cando su cumplimiento en el marco de los lineamientos establecidos en el Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana, tomando en consideración las particularidades culturales y lingüísticas de la población”; Que, con Informe N° 004-2021-MDL-GSC/CODISEC- ST, de fecha 12 de febrero de 2021, el Responsable de la Secretaría Técnica del CODISEC – Lince, comunica a Secretaria General, que se ha formulado el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Lince para el año 2021 (PADSC-2021-LINCE) alineado al Plan de la Región de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana, el mismo que fue validado por el Equipo de Evaluación de Planes CORESEC-LM, en concordancia a la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, modi fi catorias, reglamento y directivas del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) y solicita se valide y rati fi que a través de una Ordenanza Municipal; Que, mediante Informe N° 006-2021-MDL-GSC/ CODISEC-ST e Informe N°009-2021-MDL-GSC/CODISEC-ST, el Responsable de la Secretaría Técnica del CODISEC- Lince, comunica que se han absuelto las observaciones formuladas por la Comisión de Seguridad Ciudadana y, en concordancia con la normatividad sobre la materia, solicita que se emita la Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2021 propuesto por el CODISEC, conforme lo señala el Acta de la Sesión Ordinaria N° 06 del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana, de fecha 25 de junio de 2021; Que, mediante O fi cio N° 0014-2021-MDL-GSC/ CODISEC-ST, de fecha 04 de junio de 2021, el Responsable de la Secretaría Técnica del CODISEC-Lince, reitera la solicitud de emitir la Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2021 propuesto por el CODISEC; Que, con O fi cio N° 000202-2021-CG/OC2156, de fecha 27 de setiembre de 2021, la Contraloría General de la República, solicita que: “Se adopten las acciones preventivas y correctivas que correspondan, en el marco de sus competencias y obligaciones en la gestión institucional, con el objeto de asegurar la continuidad del proceso, el resultado o el logro de los objetivos de la Aprobación del plan de acción distrital de seguridad ciudadana y ejecución del presupuesto asignado al programa presupuestal 0030 – reducción de delitos y faltas que afectan la seguridad ciudadana”; Que, a través del Memorando N° 133-2021-MDL-GM, de fecha 29 de setiembre de 2021, la Gerencia Municipal, solicita a la Secretaria General, que la Comisión de Seguridad Ciudadana, revalúe el presente caso; Que, en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha 19 de octubre del año 2021, la Secretaria Técnica del CODISEC – Lince, presentó y expuso ante los miembros del Concejo Municipal de Lince, el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2021 para la aprobación respectiva, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se APROBÓ POR MAYORÍA la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL DISTRITO DE LINCE Artículo 1.- APROBAR, EL PLAN DE ACCION DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL DISTRITO DE LINCE (PADSC-2021-Lince), propuesto por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Lince – CODISEC-Lince) cuyo texto en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2.- ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Seguridad Ciudadana en su condición de Responsable de la Secretaría Técnica del CODISEC Lince, además de informar trimestralmente al Pleno de Concejo Municipal de Lince, sobre la implementación y cumplimiento de actividades programadas en el presente plan.Artículo 3.- DISPONER, que la asignación y previsión presupuestal que irrogue la ejecución del Plan de Acción aprobado en la presente ordenanza, será de responsabilidad de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, en tanto que la ejecución presupuestal será responsabilidad de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Gerencia de Administración y Finanzas y demás unidades orgánicas involucradas. Queda establecido que no alcanzan responsabilidad a los regidores, estos aspectos económicos fi nancieros. Artículo 4.- ENCARGAR, a la Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza y su anexo en el Portal Institucional. Artículo 5.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comunique, publíquese y cúmplase.VICENTE AMABLE ESCALANTE Alcalde 2005580-1 Aprueban el Código de Ética y Conducta, que incluye la Política de Integridad y Anticorrupción de la Municipalidad Distrital de Lince DECRETO DE ALCALDIA Nº 010-2021-MDL Lince, 19 de octubre de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE VISTO: El Memorando N° 100-2021-MDL-GM, de fecha 18 de agosto de 2021, de la Gerencia Municipal; el Informe N° 545-2021-MDL-GAF-SGRH, de fecha 06 de octubre de 2021, emitido por la Subgerencia de Recursos Humanos; el Informe N° 224-2021-MDL-GAF, de fecha 06 de octubre de 2021, emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas; el Informe N° 124-2021-MDL/GPP/SPIM, de fecha 13 de octubre de 2021, de la Subgerencia de Planeamiento, Inversiones y Modernización; el Informe N° 01392-2021-MDL-GPP, de fecha 13 de octubre de 2021, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 425-2021-MDL-GAJ, de fecha 18 de octubre de 2021, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N° 30305, Ley de la Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que, los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución Política, regulan las actividades y funcionamiento del sector público, así como a las normas técnicas referidas a los sistemas administrativos del Estado, que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio; Que, la lucha contra la corrupción es un mandato constitucional que se desprende de los artículos 39°, 41° y 44° de la Constitución Política del Perú, lo que ha sido rea fi rmado en el Acuerdo Nacional suscrito el 22 de julio de 2002, que establece como Política de Estado la afi rmación de un Estado e fi ciente y transparente (política 24), así como la promoción de la ética y la transparencia y