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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (29/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 84

84 NORMAS LEGALES Viernes 29 de octubre de 2021 El Peruano / emisión de informe legal correspondiente y prosecución del trámite respectivo; Que, por Informe Nº 958 – 2020 – GRC / GAJ de fecha 12 de noviembre de 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica, considera procedente contar con un Plan Regional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción del Callao 2020 – 2021 – PRAC, para materializar e implementar la Política Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción y de esta forma coadyuvar con el cumplimiento de los objetivos nacionales planteados para la erradicación de la corrupción en todas su formas; Que, el Numeral 17.1 del Artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción”; Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones otorgadas al Gobernador Regional por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867; el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL “PLAN REGIONAL DE INTEGRIDAD Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN DEL CALLAO 2020 – 2021 – PRAC” Artículo 1º.- Aprobar, con E fi cacia Anticipada al 11 de junio de 2020, el Plan Regional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción del Callao 2020 – 2021 – PRAC, fecha en que la Comisión Regional Anticorrupción del Callao – CRAC en Sesión Ordinaria Nº 02 – 2020 aprobó dicho Plan, el mismo que consta de XI Títulos y formatos de Fichas Técnicas del indicador, el mismo que como Anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo 2º.- El Plan Regional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción del Callao 2020 – 2021 – PRAC, será obligatorio cumplimiento para todas las entidades públicas en la jurisdicción de la Región Callao, de acuerdo a sus competencias y en lo que fuere aplicable. Artículo 3º.- Todas las instituciones públicas de la jurisdicción territorial de la Región Callao, quedan obligadas a desarrollar sus propios planes de integridad institucional y lucha contra la corrupción, sin perjuicio de adoptar, del presente Plan Regional, las acciones que les fuera directamente de su competencia, con la fi nalidad de incluirlas en sus planes operativos institucionales, presupuestarias y ejecutarlas oportunamente. Artículo 4º.- Otorgar a la Comisión Regional Anticorrupción del Callao – CRAC, la atribución de monitorear y supervisar el estricto desarrollo y cumplimiento del presente Pla Regional de Integridad en todas las instituciones públicas en la jurisdicción de la Región Callao. Artículo 5º.- ENCARGAR, a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Portal Institucional www.regioncallao.gob.pe. y en el Portal WEB del Estado Peruano. Artículo 6º.- ENCARGAR, a la O fi cina de Trámite Documentario y Archivo del Gobierno Regional del Callao, notifi car la presente Ordenanza Regional, a los miembros que conforman la Comisión Regional Anticorrupción del Callao – CRAC, para su conocimiento y fi nes. Artículo 7º.- DISPONER, que la presente Ordenanza Regional sea publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” y en un diario de circulación regional. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase.DANTE MANDRIOTTI CASTRO Gobernador 2005865-1GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Declaran de necesidad pública e interés regional el proyecto “Creación de banda ancha para la conectividad integral y desarrollo social de la Región de La Libertad” ORDENANZA REGIONAL N° 000013-2021-GRLL-CR “ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS REGIONAL EL PROYECTO CREACIÓN DE BANDA ANCHA PARA LA CONECTIVIDAD INTEGRAL Y DESARROLLO SOCIAL DE LA REGIÓN LA LIBERTAD” EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO:El Consejo Regional de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de Descentralización, Ley N° 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modi fi catorias, y demás normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO:En Sesión Extraordinaria de fecha martes 19 de octubre del 2021, el Dictamen de la Comisión Ordinaria de Transporte y Comunicaciones del Gobierno Regional de La Libertad recaído en el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a “Declarar de necesidad pública e interés regional el proyecto creación de banda ancha para la conectividad integral y desarrollo social de la Región La Libertad”, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 188° de la Constitución Política del Perú, establece que la descentralización es una forma de organización, democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país, y que el proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan un adecuada asignación de competencias y transferencias de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, por mandato constitucional consagrado en el artículo 191° concordante con el artículo 192° de la Carta Magna, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo promueven el desarrollo y la economía regional, fomentando las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales, relacionado con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, es el órgano normativo y fi scalizador