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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (17/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 83

83 NORMAS LEGALES Viernes 17 de setiembre de 2021 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la indicada ley mediante decretos de alcaldía, asimismo el artículo 42º re fi ere que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 057/MDMP se otorgó, por un periodo de tres meses, contados a partir de su publicación en el Diario El Peruano, bene fi cios para el trámite del certi fi cado de jurisdicción en el Distrito de Mi Perú, facultándose al alcalde para que mediante decreto de alcaldía prorrogue la vigencia y/o dicte las disposiciones complementarias o reglamentarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación de la indicada ordenanza; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 001-2021- MDMP, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 12 de marzo del 2021, se prorrogó por un periodo de seis meses, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 057-2020-MDMP; Que, mediante Informe Nº 189-2021-MDMP/GODU, la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano, teniendo en cuenta el Informe Nº 224-2021-MDMP/GODU-SGOPC de la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, señala que la campaña que vienen realizando para la emisión de certi fi cados de jurisdicción, que les permite a los pobladores del Distrito de Mi Perú realizar el cambio de jurisdicción ante la SUNARP, ha tenido gran acogida, en ese sentido solicita se otorgue una nueva prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 057/MDMP, hasta el 31 de diciembre del 2021; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Legal Nº 337-2021/MDMP/GAJ, luego del correspondiente análisis del caso, opina por la viabilidad de aprobar mediante el decreto de alcaldía correspondiente, la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 057/MDMP hasta el 31 de diciembre del 2021; Estando a lo expuesto y lo dispuesto en el artículo 20º, numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR, hasta el 31 de diciembre del 2021, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 057-2020-MDMP, prorrogada inicialmente su vigencia mediante Decreto de Alcaldía Nº 001-2021-MDMP, con la cual se otorga bene fi cios para el trámite del certi fi cado de jurisdicción en el Distrito de Mi Perú, según los considerandos expuestos. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano a través de la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente decreto de alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, con dirección electrónica: http://munimiperu.gob.pe Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JADE ELISA VEGA VEGA Alcaldesa 1992395-1MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO Ordenanza que regula el procedimiento para regularización de la licencia, conformidad de obra y declaratoria de edificación de construcciones existentes en el distrito de Ilo ORDENANZA MUNICIPAL Nº 718 -2021-MPI Ilo, 10 de agosto de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO, POR CUANTO:El Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria de fecha 05 de agosto del 2021, por unanimidad aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA REGULARIZACIÓN DE LA LICENCIA, CONFORMIDAD DE OBRA Y DECLARATORIA DE EDIFICACIÓN DE CONSTRUCCIONES EXISTENTES EN EL DISTRITO DE ILO Artículo 1: FINALIDAD Apruébese el Programa de Regularización de los procedimientos de habilitaciones urbanas y edi fi caciones en la jurisdicción del Distrito de Ilo, que hayan sido ejecutadas, sin licencia de habilitación urbana y/o edifi cación, hasta el día de la publicación de la presente norma, de acuerdo a los procedimientos establecidos en la normativa urbanística y municipal vigente. Artículo 2: OBJETO DE LA ORDENANZA Establecer un procedimiento especial y simpli fi cado dentro de un periodo extraordinario para la formalización de las edi fi caciones existentes, cumpliendo con los requisitos y normativa que se mencionan en este mismo dispositivo, incentivando con ello la formalidad de las edifi caciones con el fi n de mejorar la calidad de vida de los habitantes del Distrito de Ilo, fomentando el valor de los predios a través de: o Formalización de todas las edi fi caciones de uso residencial y sus variantes. o Flexibilizar la aplicación de las normas técnicas yo Lograr el crecimiento urbano ordenado y formal del Distrito Artículo 3: BASE LEGAL Constitución Política del Perú, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 28607, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 y, que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Ley Orgánica de Municipalidades, Art. 79º, Numeral 3, ítems 3.6 y 3.6 2 que dice es función especí fi ca y exclusiva de las Municipalidades Distritales el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos, licencias y realizar la fi scalización de la construcción, remodelación o demolición de inmuebles y declaratoria de fábrica. Así mismo el Art 9 inc. 8, señala que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modi fi car o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, según estén establecidos en los planes y normas sobre la materia; Ley Nº 29090, que aprueba la Regulación de Habilitaciones urbanas y Edi fi caciones modi fi cada por la Ley Nº 29300, Ley N 29476, Ley Nº 29566 y Decreto Supremo Nº 029-2019-VIVIENDA, que tienen por objeto establecer la regulación jurídica de los procedimientos administrativos para la obtención de las licencias de