NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (17/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 88
TEXTO PAGINA: 72
72 NORMAS LEGALES Viernes 17 de setiembre de 2021 El Peruano / GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Constituyen el Comité de Promoción de la Inversión Privada del PEMS - AUTODEMA RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 318-2021-GPA/GR VISTOEl Informe N° 012-2021-GRA/PEMS-GDEGT-SGPIP emitido por el Sub Gerente de Promoción de la Inversión Privada de AUTODEMA, el O fi cio N° 45-2021-GRA/ GRPIP emitido por el Gerente Regional de Promoción de la Inversión Privada del Gobierno Regional de Arequipa, el O fi cio N° 49-2021-GRA/PEMS-GE/GDEGT-SGPIP, el Informe N° 1119-2021-GRA/ORAJ, y; CONSIDERANDO Que, el Decreto Legislativo N° 1362, que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, en el numeral 7.3 del artículo 7°, regula lo siguiente: “Artículo 7. Comité de Promoción de la Inversión Privada (…)7.3 La designación de los miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada se efectúa mediante Resolución Ministerial, Resolución del Gobernador Regional, Resolución de Alcaldía, o resolución del titular, según se trate de Ministerios, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales u otra entidad pública habilitada por ley, respectivamente. Dichas resoluciones se publican en el Diario O fi cial El Peruano y se comunican al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas. (…)” Que, el numeral 8.3 del artículo 8° del Decreto Legislativo N° 1362, que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, regula lo siguiente: “Artículo 8. Organismos Promotores de la Inversión Privada (…)8.3 Tratándose de Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, las facultades del Organismo Promotor de la Inversión Privada se ejercen a través del Comité de Promoción de la Inversión Privada. El órgano máximo de estos Organismos Promotores de la Inversión Privada es el Consejo Regional o el Concejo Municipal, respectivamente. (…)” Que, los numerales 17.1 y 17.6 del artículo 17° del Decreto Supremo N° 240-2018-EF, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, preceptúa lo siguiente: “Artículo 17. Comité de Promoción de la Inversión Privada 17.1 El CPIP de un Ministerio o de otras entidades públicas habilitadas mediante ley expresa que pertenezcan o se encuentren adscritas al Gobierno Nacional, es un órgano colegiado integrado por tres (03) funcionarios de la Alta Dirección o titulares de órganos de línea o asesoramiento de la entidad, los cuales ejercen sus funciones conforme a la Ley y el presente Reglamento. (…) 17.6 Tratándose de Ministerios que tengan a su cargo dos o más sectores, estos pueden contar con más de un CPIP en función al número de sectores a su cargo. Los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales designan uno o más CPIP considerando las materias, complejidad de los proyectos y las economías de escala dentro de su entidad. (el subrayado es nuestro) (…)” Que, a través del Informe N° 012-2021-GRA/PEMS- GDEGT-SGPIP de fecha 25 de enero de 2021, el Sub Gerente de Promoción de la Inversión Privada de AUTODEMA Eco. Manuel Huamani Pacheco, solicitó se efectúe el trámite ante el Gobierno Regional respecto de la conformación del Comité de Promoción de la Inversión Privada de la Autoridad Autónoma de Majes. Que, con el O fi cio N° 45-2021-GRA/GRPIP de fecha 21 de abril de 2021, el Gerente Regional de Promoción de la Inversión Privada del Gobierno Regional de Arequipa adjuntó el Informe N° 005-2021-GRA/GRPIP/UPAOV, el cual concluyó que la conformación del Comité de Promoción de la Inversión Privada de la Autoridad Autónoma de Majes se encuentra enmarcada en lo regulado por el Decreto Legislativo N° 1362 y su reglamento, opinando por la pertinencia del mismo, recomendando la participación de dicha Gerencia en las determinaciones que tome el Comité para cuyo caso designará un funcionario representante. Que, a través del O fi cio N° 49-2021-GRA/PEMS-GE/ GDEGT-SGPIP el Gerente Ejecutivo de AUTODEMA Ing. Napoleón Segundo Ocsa Flores requirió la emisión de la Resolución Regional respectiva que formalice el Comité de Inversiones de AUTODEMA. Que, estando al sustento legal expuesto y especí fi camente de acuerdo a lo regulado por el inciso 17.6 del artículo 17° del Decreto Supremo N° 240-2018-EF, se encuentra sustentado que los Gobiernos Regionales pueden designar uno o más Comités de Promoción de la Inversión Privada dentro de su Entidad. Siendo que para el caso se cuenta con el requerimiento efectuado por el Sub Gerente de Promoción de la Inversión Privada de AUTODEMA Eco. Manuel Huamani Pacheco contenido en el Informe N° 012-2021-GRA/PEMS-GDEGT-SGPIP. Y con el pronunciamiento de parte del Gerente Regional de Promoción de la Inversión Privada del Gobierno Regional de Arequipa contenido en el Ofi cio N° 45-2021-GRA/GRPIP. Que, con Informe N° 1115-2021-GRA/ORAJ emitido por la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica y de conformidad con lo prescrito en la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Decreto Supremo N° 004-2019-JUS que aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General, Ordenanza Regional N° 010-AREQUIPA y con las facultades conferidas por Ley; SE RESUELVEArticulo 1º.- Constituir el Comité de Promoción de la Inversión Privada del PEMS-AUTODEMA con las funciones y responsabilidades previstas en el Decreto Legislativo N° 1362 que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 240-2018-EF, Comité que estará conformado por los siguientes integrantes: TITULARES:• Gerente de Desarrollo Económico y Gestión Territorial del PEMS-AUTODEMA, quien lo preside. • Gerente de Gestión de Recursos Hídricos del PEMS- AUTODEMA, Primer Miembro. • Directora Sectorial de la Gerencia Regional de Promoción de la Inversión Privada del Gobierno Regional de Arequipa, Segundo Miembro. SUPLENTES:• Sub Gerente de Acondicionamiento Territorial del PEMS-AUTODEMA. • Gerente de Desarrollo del Proyecto Especial Majes Siguas II Etapa. • Asesor de la Gerencia Ejecutiva.