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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (17/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 76

76 NORMAS LEGALES Viernes 17 de setiembre de 2021 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Aprueban el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2019 - 2024 Ampliado (modificado) RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 235/2021-MDL Lurigancho, 6 de agosto de 2021VISTO:El Informe Nº 090-2021-MDL/GPP emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto e Informe Nº 384-2021-MDL/GAJ emitida por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305, en concordancia con lo previsto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la autonomía política consiste en la capacidad de dictar normas de carácter obligatorio en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción, la autonomía económica consiste en la capacidad de decidir sobre su presupuesto y los destinos de los gastos y las inversiones con la participación activa de la sociedad civil, la autonomía administrativa es la capacidad de organizarse de la manera que más convenga a sus planes de desarrollo social; Que, el Artículo 13º numeral 13.1) del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público señala que el Presupuesto constituye el instrumento de gestión del Estado para el logro de resultados a favor de la población, a través de la prestación de servicio y logro de metas de coberturas con e fi ciencia por parte de las Entidades. Asimismo, es la expresión cuanti fi cada, conjunta y sistemática de los gastos a atender durante el año fi scal, por cada una de las Entidades del Sector Público y re fl eja los ingresos que fi nancian dichos gastos. Que, el Artículo 1º del Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico establece que la presente Ley tiene por fi nalidad la creación y regulación de la organización y del funcionamiento del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, orientados al desarrollo de la plani fi cación estratégica como instrumento técnico de gobierno y gestión para el desarrollo armónico y sostenible del país y el fortalecimiento de la gobernabilidad democrática en el marco del Estado constitucional de derecho; Que, con Informe Nº 190-2021-MDL-GPP-SGGT la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica da cuenta del O fi cio Nº D002144-2021-PCM-SGD remitido por la Secretaría del Gobierno Digital – SEGDI de la Presidencia de Consejo de Ministros – PCM en virtud del cual considera necesidad de iniciar, continuar y actualizar el reporte de cumplimiento digital cuyo principal compromiso sería el de incorporar como objetivo del Plan Estratégico Institucional (en adelante PEI) la transformación digital. Que, con Informe Nº 090-2021-MDL/GPP la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto informa en el marco de la Guía para el Planeamiento Institucional, modi fi cada por resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 016-2019/CEPLAN/PCD, presentó al Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) el Proyecto del Plan Estratégico Institucional (PEI) ampliado para el Período 2019 – 2024 Ampliado (Modi fi cado), incorporando la AEI.09.08 Implementación del Proyecto de transformación digital de la Municipalidad a fi n de contar con un informe técnico como requisito para la aprobación del mismo;Que, con Informe Nº 384-2021-MDL/GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica informa que con Informe Técnico Nº D000215-2021-CEPLAN-DNCPPEI, la Coordinadora de los Sistemas Administrativos Transversal CEPLAN, valida el Plan Estratégico Institucional (PEI) Ampliado (Modi fi cado) 2019 -2024 de la Municipalidad de Lurigancho, ha sido modi fi cado en aplicación de las orientaciones que establece la Directiva de Actualización de Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y la Guía para el Planeamiento Institucional; veri fi cando y validando el proyecto presentado a CEPLAN. Precisa que mediante Ofi cio Nº D000410-2021-CEPLAN-DNCP, la Directora Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico comunicar continuar con los trámites correspondientes para su aprobación mediante acto resolutivo disponiendo su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la Entidad. Que, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN/PCD, se aprobó la Guía para el Planeamiento Institucional (en adelante “la guía”) la misma que fue modi fi cada por Resolución de Concejo Directivo Nº 00053-2018-CEPLAN/PCD y Nº 00016-2019-CEPLAN/PCD para ajustarse a los cambios normativos de los Decretos Legislativos Nº 1432, 1439 y 1440 y los Decretos Supremos Nº 029 y 056-2018, que establecen pautas para la elaboración, implementación, seguimiento, evaluación y mejora continua de las políticas y planes institucionales de las entidades en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora de las políticas del Estado. En uso de las facultades conferidas en el Artículo 20º, numeral 6) de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Primero.- APROBAR el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2019 – 2024 Ampliado (modi fi cado), incorporando lo siguiente: Código OEI/AEIDenominación de OEI/AEINombre del Indicador Acciones Estratégicas del OEI.09 AEI.09.08Implementación del proceso de transformación digital de la MunicipalidadPorcentaje de implementación del proceso de transformación digital de la Municipalidad Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y demás instancias administrativas correspondientes, el cumplimiento de la presente Resolución. Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Lurigancho. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VICTOR A. CASTILLO SANCHEZ Alcalde 1992497-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Prorrogan plazo para acogerse a los beneficios otorgados mediante Ordenanza N° 587-MPL DECRETO DE ALCALDÍA N° 015-2021-MPL Pueblo Libre, 13 de setiembre de 2021 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE