NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (28/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 68
TEXTO PAGINA: 39
39 NORMAS LEGALES Martes 28 de setiembre de 2021 El Peruano / • Cerrar el turno ordinario por el plazo de tres meses para el ingreso de procesos de corrupción de funcionarios del 4º Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito y Provincia de Puno; al vencimiento del plazo se deberá abrir nuevamente el turno. • Abrir el turno ordinario por el plazo de tres meses para el ingreso de procesos de corrupción de funcionarios en su función como Juzgado de Investigación Preparatoria al Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio del Distrito Judicial de Puno; al vencimiento del plazo se deberá cerrar nuevamente el turno. • Disponer que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puno, en coordinación con la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial, realice las adaptaciones en el Sistema Integrado Judicial para el ingreso de expedientes según lo especi fi cado. • Facultar a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puno, en cuanto sea de su competencia, adoptar las acciones y medidas administrativas necesarias para el adecuado cumplimiento de lo indicado. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la O fi cina de Control de la Magistratura, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puno; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 1995664-3 Prorrogan funcionamiento del Juzgado Transitorio Especializado de Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Cusco y dictan diversas medidas administrativas Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000312-2021-CE-PJ Lima, 22 de septiembre del 2021 VISTO: El O fi cio Nº 000268-2021-P-UETI-CPP/PJ cursado por el señor Gustavo Álvarez Trujillo, Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal. CONSIDERANDO:Primero. Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cusco solicita el cierre de turno al 8º Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios; y abrir el turno al Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio para delitos de corrupción de funcionarios, en función de investigación preparatoria. Segundo. Que, el 8º Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito y Provincia de Cusco, alcanzó un 138% del cumplimiento del estándar de producción esperado al mes de evaluación; por otro lado, el Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio del Distrito y Provincia de Cusco, alcanzó solo un 63% del estándar esperado de producción de expedientes durante el periodo evaluado, lo cual representa una baja producción de expedientes resueltos. Tercero. Que, la carga máxima de un órgano jurisdiccional es el 70% más de su estándar, y considerando que la carga máxima para un Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios corresponde a 280 procesos principales, por lo que el mencionado 8º Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en delitos de Corrupción de Funcionarios se encuentra en sobrecarga, incluso sin considerar los ingresos de los meses restantes del presente año; por lo que se determina la necesidad de tomar acciones administrativas de apoyo en la descarga procesal. Cuarto . Que, considerando que los órganos jurisdiccionales transitorios ubicados en cada uno de los Distritos Judiciales tienen como principal función apoyar en la descarga procesal a los órganos jurisdiccionales permanentes; por tanto, bajo ese contexto, el funcionamiento de estos órganos jurisdiccionales se realiza comúnmente con turno cerrado, en atención a la naturaleza por la cual fueron creados; sin embargo, la normativa vigente determina factible la solicitud presentada por la Corte Superior de Justicia de Cusco, considerando el turno abierto por un plazo de tres meses, pues el nivel de ingresos de la especialidad permite proyectar que en ese periodo se alcanzaría la cantidad aprobada por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa Nº 327-2019-CE-PJ. Quinto . Que, la subespecialidad penal de delitos de corrupción de funcionarios está encargada de tramitar procesos que tienen naturaleza compleja, caracterizándose por la amplia cantidad de imputados, gran cantidad de medios e instrumentales que comprenden el material probatorio, numerosas diligencias preliminares y/o los diversos actos de investigación que se deben actuar en este etapa. Estas condiciones inciden en la labor de los magistrados, quienes, además, tienen el deber de controlar adecuadamente los requerimientos fi scales, las solicitudes de las demás partes procesales y la dirección de las audiencias; por lo que, corresponde extender la vigencia del Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio, en dicho distrito judicial, por un plazo de seis meses, debiéndose monitorear el avance en la atención de la carga que asumirá. Sexto . Que, por lo expuesto en el Informe Nº 073-2021-MYE-ST- UETI-CPP/PJ, emitido por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la Secretaria Técnica de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, resulta necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Sétimo. Que, el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 1151- 2021 de la quincuagésima tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 8 de setiembre de 2021, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán, sin la intervención del señor Consejero Arias Lazarte por tener que asistir a una reunión programada con anterioridad; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Prorrogar, a partir del 1 de octubre de 2021 y por el periodo de seis meses, el funcionamiento del Juzgado Transitorio Especializado de Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Cusco. Artículo Segundo.- Disponer, a partir del 1 de octubre de 2021, las siguientes medidas administrativas en el Distrito Judicial de Cusco: