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119 NORMAS LEGALES Jueves 28 de abril de 2022 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Modifican el Cronograma del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2023 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2022-ALC-MDLP La Perla, 19 de abril de 2022EL ALCALDE DE MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA VISTOS:El Informe Nº 036-2022-GPPM/MDLP emitido por la Gerencia de Plani fi cación, Presupuesto y Modernización con fecha 12 de abril de 2022, Informe Nº 302-2022-GAJ/MDLP emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica con fecha 13 de abril de 2022, Memorándum Nº 437-2022-GM- MDLP emitido por Gerencia Municipal con fecha 18 de abril de 2022; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 30305 – “Ley de Reforma Constitucional”, precisa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, los artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anualmente bajo responsabilidad, conforme a Ley; Que, el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, expresa que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”; Que, asimismo, el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece como atribución del Alcalde “Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas”; Que, el artículo 17º numeral 17.1 de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, determina que los Gobiernos Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos en la Gestión Pública; Que, el artículo 53º de la mencionada ley, señala que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley materia y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción. El presupuesto participativo forma parte del sistema de plani fi cación; Que, la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo, reglamentada por Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, señala en su Artículo 3º que dicho proceso tiene como fi nalidad recoger las aspiraciones y necesidades de la sociedad para considerarlas en su presupuesto y promover su ejecución a través de programas y proyectos prioritarios, de modo que les permita alcanzar los objetivos estratégicos de desarrollo humano, integral y sostenible; Que, el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 aprobado mediante Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01 publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 10 de abril de 2010, contiene orientaciones para el desarrollo del proceso de Presupuesto Participativo basado en resultados; Que, en la citada norma, se señala que el Rol del Alcalde en el Proceso del Presupuesto Participativo es la de organizar las actividades del proceso participativo, haciéndolas de conocimiento público; Que, mediante Ordenanza Nº 003-2022-MDLP, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 20 de marzo del 2022, se aprueba la Ordenanza que Reglamenta el Proceso del Presupuesto Participativo del Distrito de La Perla; Que, el artículo cuarto de la Ordenanza Nº 003-2022- MDLP, faculta al Alcalde de la Municipalidad Distrital de La Perla, para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones reglamentarias y complementarias para la adecuación y aplicación de la citada norma. Que, mediante Acta de reunión del Equipo Técnico del Presupuesto Participativo de la Municipalidad Distrital de La Perla de fecha 01 de abril del 2022, se acuerda encargar a la presidenta del dicho equipo, que recae en la Gerencia de Plani fi cación, Presupuesto y Modernización, iniciar las coordinaciones y acciones necesarias para dar inicio al Presupuesto Participativo 2023, solicitando para eso, proyecte la modi fi cación de la Ordenanza Nº 003- 2022-MDLP mediante Decreto de Alcaldía; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 003-2022-SA se prorroga el Estado de Emergencia Sanitaria declarado por el Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, prorrogada por Decretos Supremos Nº 020-2020-SA, Nº 027-2020-SA, Nº 031-2020-SA, Nº 009-2021-SA y Nº 025-2021-SA, a partir del 2 de marzo de 2022, por un plazo de ciento ochenta (180) días calendario; Que, mediante Informe Nº 036-2022-GPPM/MDLP emitido por la Gerencia de Plani fi cación, Presupuesto y Modernización con fecha 12 de abril de 2022 informa que se están realizando las coordinaciones para dar inicio a las actividades del Proceso del Presupuesto Participativo 2023, Basado en Resultados del Distrito de La Perla. Que, el Reglamento que regula el Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de La Perla para el año fi scal 2023, aprobado por Ordenanza Nº 003-2022-MDLP, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 20 de marzo del 2022, en el artículo cuarto faculta al Alcalde de la Municipalidad Distrital de La Perla, para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones reglamentarias y complementarias para la adecuación y aplicación de la citada ordenanza. Por tanto, solicita se apruebe el Proyecto de Decreto de Alcaldía que modi fi ca el Cronograma de Actividades, aprueba la Matriz de Evaluación de Priorización de los Proyectos, dispone el número de miembros representantes de la sociedad civil organizada y aprueba la Ficha de Inscripción al Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2023; Que, mediante Informe Nº 302-2022-GAJ/MDLP emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica con fecha 13 de abril de 2022 concluye opinando por la Procedencia de Aprobar el Proyecto de Decreto de Alcaldía que modi fi ca el Cronograma de Actividades, Aprueba la Matriz de Evaluación de Priorización de Proyectos y el Número de Miembros Representantes de la Sociedad Civil Organizada y Aprueba la Ficha de Inscripción al Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resulatdos-2023, propuesto por la Gerencia de Plani fi cación, Presupuesto y Modernización. Asimismo, recomienda disponer a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información, la publicación y difusión del Decreto de Alcaldía que se menciona en el párrafo precedente, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital La Perla, y encargar a la Secretaria General publicar el mencionado Decreto de Alcaldía y su anexo en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, mediante Memorándum Nº 437-2022-GM- MDLP emitido por Gerencia Municipal con fecha 18 de abril de 2022 remite los actuados administrativos a Secretaria General a fi n de emitir el Decreto de Alcaldía correspondiente, por contar con opinión técnica y legal de las áreas competentes;