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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (28/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 106

106 NORMAS LEGALES Jueves 28 de abril de 2022 El Peruano / Artículo 2. Aprobar el Plano de Zoni fi cación de una parte de la Zona de Reglamentación Especial ZRE-4 Corredor Av. Unger – “Asentamiento Humano Francisco Bolognesi”, que como Anexo Nº 02 forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 3. Aprobar las Especi fi caciones Normativas de una parte de la Zona de Reglamentación Especial ZRE-4 Corredor Av. Unger – “Asentamiento Humano Francisco Bolognesi”, en concordancia con la normativa vigente para la cali fi cación RDM de la Ordenanza Nº 1015, que como Anexo Nº 03 forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 4. Disponer que el Índice de Usos para las Actividades Urbanas de una parte de la Zona de Reglamentación Especial ZRE-4 Corredor Av. Unger – “Asentamiento Humano Francisco Bolognesi” se ajusta a lo dispuesto en la Ordenanza N° 933 para el Área de Tratamiento Normativo I, permitiéndose actividades comerciales de nivel local. Artículo 5. Encargar a la Secretaría General del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, así como disponer su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima, al igual que los anexos que forman parte de este dispositivo legal (www.munlima.gob.pe).y del Instituto Metropolitano de Plani fi cación. Artículo 6. Disponer que el Instituto Metropolitano de Plani fi cación – IMP de la municipalidad Metropolitana de Lima, efectúe las modi fi caciones del Plano de Zoni fi cación de los Usos del Suelo aprobadas en la presente Ordenanza. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única. Garantícese la estabilidad y vigencia del Plano de Zonifi cación y Especi fi caciones Normativas que se aprueban mediante la presente Ordenanza, disponiéndose que los mismos, dentro de dos años sean evaluados conjuntamente por la Municipalidad Distrital de Comas y la Municipalidad Metropolitana de Lima, pudiendo ser reajustados en lo pertinente. Durante dicho período, se suspenden los Cambios Especí fi cos de Zoni fi cación salvo que excepcionalmente se presenten solicitudes con cali fi cación de Interés Local o de Interés Metropolitano. POR TANTO Regístrese, comuníquese y cúmplase.MIGUEL ROMERO SOTELO Teniente AlcaldeEncargado del Despacho de Alcaldía 2061641-3 Declaran inaplicable la Ordenanza N° 1814 que aprobó la Anexión al Área Urbana, Asignación de Zonificación y Reajuste de Zonificación del distrito de Lurín ORDENANZA N° 2464-2022 Lima, 21 de abril de 2022EL TENIENTE ALCALDE ENCARGADO DEL DESPACHO DE ALCALDÍA POR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, con Acuerdo de Concejo N° 100-2022 de 31 de marzo de 2022, se autorizó el viaje del Alcalde Metropolitano de Lima, Jorge Vicente Martín Muñoz Wells, del 15 al 24 de abril de 2022, para que participe como huésped distinguido del Programa de Invitación de la Fundación Corea, que se llevará a cabo en Corea, los días 17 al 23 de abril de 2022. Asimismo, se encargó al Teniente Alcalde, Miguel Eugenio Romero Sotelo, el despacho de la Alcaldía durante la ausencia del titular de la entidad, en el periodo indicado; Que, estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según Artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 168-2021-MMLCMDUVN, de fecha 20 de octubre de 2021; el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DECLARA INAPLICABLE LA ORDENANZA N° 1814, PUBLICADA EN EL DIARIO EL PERUANO EL 27 DE SETIEMBRE DEL 2014, QUE APRUEBA LA ANEXIÓN AL ÁREA URBANA, ASIGNACIÓN DE ZONIFICACIÓN Y REAJUSTE DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE LURÍN Artículo 1. Declarar inaplicable la Ordenanza N° 1814 que aprueba la Anexión al Área Urbana, Asignación de Zonifi cación y Reajuste de Zoni fi cación del distrito de Lurín, en cumplimiento a lo resuelto por la Corte Superior de Justicia de Lima Cuarta Sala Especializada en lo Civil, en mérito a la Sentencia emitida vía Resolución N° 24 de 20 de julio de 2018, en el expediente N° 41105-2014 (Ref.Sala N°00968-2017-0) interpuesto por María Cecilia Fernández Bouroncle y otro, respecto de la Parcela 12 ubicada frente a la Calle A, cuyo dominio obra inscrito en la Partida N° 42253103 del Registro de Predios de Lima, con una extensión super fi cial de 57,600 metros cuadrados y Parcela B-80 inscrito en la Partida N° 42198617 del Registro de Predios de Lima, con una extensión super fi cial de 50,000 metros cuadrados, por tanto, en el marco de la Ordenanza N° 620 por el cual se emite la Ordenanza N° 1117 que aprueba la Zoni fi cación de Los Usos del Suelo de la Cuenca Baja del Río Lurín, que comprende los distritos de Cieneguilla y parte de Lurín y Pachacamac, que forman parte de las Áreas de Tratamiento Normativo I, III y IV de Lima Metropolitana, para las parcelas antes señaladas se retoma la cali fi cación normada en el Artículo 11, Zona de Reglamentación Especial – ZRE, que como Anexo Nº 01 forma parte de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera. Disponer que el Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, efectúe las modi fi caciones del Plano de Zoni fi cación de los Usos del Suelo, aprobadas en la presente Ordenanza. Segunda. Encargar a la Procuraduría Pública de la Municipalidad Metropolitana de Lima, una vez culminado el procedimiento señalado en el artículo precedente, que ponga en conocimiento del órgano jurisdiccional el cumplimiento del Mandato del Proceso Judicial noti fi cado a la Comuna Metropolitana con la Resolución N° 16 de 15 de abril de 2019, mediante el cual el Séptimo Juzgado Constitucional de Lima, en mérito a la Sentencia emitida vía Resolución N° 24 del 20 de julio del 2018 por la Cuarta Sala Especializada en lo Civil de Lima. Tercera. Encargar a la Secretaría General del Concejo la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación su publicación, incluidos el anexo, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación. Cuarta. La presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. POR TANTO Regístrese, comuníquese y cúmplase.MIGUEL ROMERO SOTELO Teniente AlcaldeEncargado del Despacho de Alcaldía 2061641-4