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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (28/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 108

108 NORMAS LEGALES Jueves 28 de abril de 2022 El Peruano / que promueve la autonomía económica de las mujeres en su diversidad, para la generación de servicios y herramientas de apoyo a la gestión de emprendimientos liderados por mujeres y su articulación con mercados nacionales e internacionales, que tiene como propósito: a) Empoderar y promover la autonomía económica de las mujeres en su diversidad. b) Generar servicios y herramientas de apoyo a la gestión de emprendimientos liderados por mujeres. c) Articular emprendimientos con servicios, programas y proyectos de estado, vinculados al fomento y desarrollo empresarial. d) Promover el encadenamiento productivo y comercial de emprendimientos liderados por mujeres, en mercados nacionales e internacionales en coordinación con las entidades públicas y privadas competentes. Artículo 2. La Red se encuentra conformada por mujeres Emprendedoras y Empresarias en su diversidad, lideresas de asociaciones empresariales y de emprendimiento de Lima Metropolitana, designadas expresamente en cada uno de los distritos que se encuentran dentro de su jurisdicción. Artículo 3. Promover la conformación de redes distritales de Mujeres Emprendedoras y Empresarias en los distritos de Lima Metropolitana, cuya función incluye designar a dos (2) representantes que formarán parte de la Red Metropolitana. Artículo 4. Son funciones de la Red de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de Lima Metropolitana: a) Proponer la agenda anual de la mesa multiactor y realizar seguimiento a sus acciones. b) Promover y difundir los derechos económicos de las mujeres, para su empoderamiento y autonomía económica, visibilizando su participación en el desarrollo económico local. c) Congregar a las representantes de las Redes Distritales de Emprendedoras y Empresarias de la Ciudad de Lima Existentes y Acreditadas. d) Tener participación y representación activa en los espacios participativos de toma de decisiones a nivel local. Artículo 5. Crear la Mesa Multiactor de la Red de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de Lima Metropolitana, adscrita a la Gerencia de la Mujer e Igualdad, como un espacio técnico responsable de: a) Generar los instrumentos, programas, planes, proyectos y/o actividades necesarias que respondan a las necesidades planteadas por la Red de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de Lima Metropolitana. b) Promover, desarrollar y fomentar la sostenibilidad de la Red de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de Lima Metropolitana. c) Brindar soporte técnico para facilitar servicios de capacitación y asistencia técnica para la gestión y desarrollo empresarial, fl ujo de información de la demanda de mercado y gestión de recursos fi nancieros para el apalancamiento de proyectos orientados al empoderamiento y autonomía económica de las mujeres Emprendedoras y Empresarias de la ciudad de Lima. Artículo 6. La Mesa Multiactor de la Red de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de Lima Metropolitana estará conformada por: 1. El Alcalde Metropolitano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, quien presidirá la mesa multiactor, o por quien este delegue. 2. El/La regidor/a metropolitano/a presidente de la Comisión Metropolitana de Participación Vecinal, Mujer e Igualdad. 3. El/La regidor/a metropolitano/a presidente de la Comisión Metropolitana de Turismo y PYME. 4. El/La regidor/a metropolitano/a presidente de la Comisión Metropolitana de Comercialización y Defensa al Ciudadano. 5. La/ el Gerenta/e Metropolitana/o de Mujer e Igualdad de la Municipalidad Metropolitana de Lima, será la o el secretario técnico. 6. La/ el Gerenta/e Metropolitana/o de Desarrollo Económico de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 7. La/ el Gerenta/e Metropolitana/o de Desarrollo Social de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 8. La/ el Gerenta/e Metropolitana/o de Participación Vecinal. 9. Dos Representantes de La Red Metropolitana de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de Lima Metropolitana. 10. Un representante de la Cámara de Comercio de Lima. 11. Un representante de la Dirección de Promoción y Desarrollo de la Autonomía Económica de las Mujeres de Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. 12. Un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. 13. Un representante del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo – PNUD. 14. Un representante de la Dirección General De Desarrollo Empresarial del Ministerio de la Producción. Artículo 7. Son funciones de la mesa multiactor: a) Apoyar el crecimiento del empresariado liderado por mujeres ofreciendo herramientas y recursos destinados a consolidar la red de mujeres emprendedoras y empresarias, a través de esfuerzos multiactor para el fortalecimiento del encadenamiento productivo y comercial, en la generación de oportunidades de participación en mercados regionales, nacionales e internacionales, declarando que la igualdad es buena para los negocios. b) Impulsar y acompañar los procesos de creación, crecimiento y consolidación de emprendimientos económicos liderados por mujeres, ofertando conocimientos especializados para la gestión de sus empresas, mediante planes de negocio, registrar sus marcas, y gestionar recursos fi nancieros. c) Favorecer a aquellas mujeres emprendedoras y empresarias que, por falta de orientación no acceden a nichos de mercados en procura de convertirse en líderes de su sector. · Promover y gestionar mejor acceso a mercados y redes que permiten potenciar las empresas lideradas por mujeres ofreciendo información sobre servicios fi nancieros y no fi nancieros. d) Formular, en base a las recomendaciones de la Red de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Ciudad de Lima un plan de acción para el funcionamiento, fortalecimiento y sostenibilidad de los emprendimientos y empresas liderados por mujeres de la Ciudad de Lima. e) Promover la formalización de emprendimientos empresariales liderados por mujeres, en coordinación con las instancias públicas y privadas correspondientes. f) Coordinar y concertar con otras instancias, servicios de capacitación, asistencia técnica, educación fi nanciera, acceso a servicios fi nancieros, acceso a nuevos nichos de mercado regional, nacional e internacional. g) Crear e implementar un sistema de información de la oferta y demanda de productos, bienes y servicios en el mercado local, regional y nacional. h) Elaborar un programa anual de capacitación para el desarrollo de emprendimientos económicos liderados por mujeres y gestión empresarial. i) Elaborar un informe anual de cumplimiento el cual debe ser elevado al Concejo Metropolitano de Lima el 19 de noviembre de cada año, con ocasión de conmemorarse el Día Internacional de la Mujer Emprendedora. j) Coadyuvar la búsqueda de espacios físicos y digitales para la venta de los productos, visibilizando los emprendimientos que tengan como base productos nacionales. · Otras funciones que se considere necesarias para el empoderamiento y autonomía económica de las mujeres. Artículo 8. Encargar a la Gerencia de la Mujer e Igualdad, en coordinación con las Gerencias de Desarrollo Económico y Participación Vecinal, realizar las acciones siguientes: