TEXTO PAGINA: 13
13 NORMAS LEGALES Sábado 30 de abril de 2022 El Peruano / a. Como representante del ámbito del Gobierno Regional de Lima de los Usuarios de Agua de Uso Agrario al Gerente de la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Cañete, debiendo haberse consignado al Presidente de la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Cañete Clase “A”. b. Como representante del ámbito del Gobierno Regional de Lima, por las Universidades, al Docente Principal de la Facultad de Ciencias Agrarias de la Universidad Nacional de Cañete, debiendo ser el Director de la Escuela Profesional de Agronomía de la Universidad Nacional de Cañete. Que, conforme al numeral 212.1 del artículo 212° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Legal de Visto, estima legalmente viable recti fi car el error material incurrido en el artículo 1º de la Resolución Jefatural Nº 0113-2022-ANA; Con el visado del Director de la Dirección de Plani fi cación y Desarrollo de los Recursos Hídricos, del Director de la O fi cina de Asesoría Jurídica y del Gerente General; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua; el Decreto Supremo Nº 020-2021-MIDAGRI, que creó el Consejo de Recursos Hidricos de Cuenca Interregional Mala – Omas – Cañete – Topará; SE RESUELVE: Artículo 1.- Recti fi cación: Rectificar el error material incurrido en la Resolución Jefatural Nº 0113-2022-ANA, debiendo consignarse que los representantes del ámbito del Gobierno Regional de Lima ante el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Mala-Omas-Cañete-Topara, de los Usuarios de Agua de Uso Agrario es el Presidente de la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Cañete Clase A y el representante de la Universidades es el Director de la Escuela Profesional de Agronomía de la Universidad Nacional de Cañete, conforme al siguiente detalle: Estamentos que componen al Consejo (Art. 3 del D.S. Nº 020-2021-MIDAGRI)Gobierno Regional de Lima Gobierno Regional de Ica Gobierno Regional Gerente Regional de Desarrollo EconómicoPresidenteGerente Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente Autoridad Nacional del AguaDirector de Autoridad Administrativa del Agua Cañete Fortaleza Gobiernos LocalesAlcalde de la Municipalidad Distrital de TomasAlcalde de la Municipalidad Distrital de Chavín Usuarios de Agua de Uso AgrarioPresidente de la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Cañete Clase “A”Presidente de la Comisión de Usuarios del Sub Sector Hidráulico Quebrada Topará Usuarios de Agua de Uso No AgrarioSub Gerente de Gestión Social de Compañía Eléctrica El Platanal S.A. – CELEPSA Jefe Corporativo de Asuntos Legales Mineros de Nexa Resources Perú S.A.A. Usuarios de Agua con fi nes poblacionalesPresidente de la Junta Administrativa (JASS) Santa MaríaPresidente de la Junta Administrativa (JASS) Buenavista-Pauna-Topará Colegios ProfesionalesPresidente del Comité Local Cañete-Yauyos del Colegio de Ingenieros del Perú – CD Lima UniversidadesDirector de la Escuela Profesional de Agronomía de la Universidad Nacional de Cañete Comunidades CampesinasPresidente de la Comunidad Campesina TomasPresidente de la Comunidad Campesina de ChavínArtículo 2.- Disposición: Mantener subsistente en todo lo demás que contiene la Resolución Jefatural Nº 0113-2022-ANA, de fecha 18 de abril de 2022. Artículo 3.- Noti fi cación: Notifi car el contenido de la presente Resolución Jefatural a los miembros del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Mala – Omas – Cañete - Topará identi fi cados en el artículo 1° de la presente Resolución Jefatural, así como a la Dirección de Plani fi cación y Desarrollo de los Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua. Artículo 4.- Publicación: Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el portal institucional de la entidad: www.gob.pe/ana el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFONSO PABLO HUERTA FERNANDEZ JefeAutoridad Nacional del Agua 2063107-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Designan Coordinador de la Unidad Territorial Amazonas del Programa Nacional Cuna Más RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 000412-2022-MIDIS/PNCM-DE San Isidro, 29 de abril del 2022VISTO:El Memorando Nº 606-2022-MIDIS/PNCM-UGTH de fecha 20 de abril de 2022, de la Unidad de Gestión del Talento Humano; y el Informe n°000953 -2022-MIDIS/PNCM-UAJ de fecha 21 de abril de 2022, emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva nº 835-2018-MIDIS/PNCM de fecha 28 de agosto de 2018 se designa al señor Richar García Díaz, en el cargo de Jefe de la Unidad Territorial Amazonas del Programa Nacional Cuna Más; Que, mediante Carta s/n de fecha 20 de abril de 2022, el señor Richar García Díaz presenta renuncia al referido cargo; Que, mediante Memorando Nº 606-2022-MIDIS/ PNCM-UGTH de fecha 20 de abril de 2022, la Unidad de Gestión del Talento Humano comunica la propuesta para designar al señor Olegario Collantes Culqui, a partir del 3 de mayo de 2022, en el cargo de Coordinador de la Unidad Territorial Amazonas, conforme al Cuadro de Puestos de la Entidad aprobado por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 91-2021-SERVIR-PE y al Manual de Per fi les de Puestos del Programa, aprobado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 386-2020-MIDIS/PNCM; Que, mediante Informe N°000953-2022-MIDIS/ PNCM-UAJ de fecha 21 de abril de 2022, la Unidad de Asesoría Jurídica considera jurídicamente viable la referida designación; Con el visado de conformidad, de acuerdo a sus competencias, de la Unidad de Gestión del Talento Humano y de la Unidad de Asesoría Jurídica; De conformidad, con lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 105-2021-MIDIS, que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional Cuna Más; la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 91-2021-SERVIR-PE que aprueba el Cuadro de Puestos de la Entidad