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29 NORMAS LEGALES Sábado 30 de abril de 2022 El Peruano / Que, de acuerdo al Informe Legal Nº 146-2022- JUS/PRONACEJ-UAJ, de fecha 28 de abril de 2022, la Unidad de Asesoría Jurídica considera que la designación propuesta se encuentra dentro del marco legal vigente; por lo que, resulta viable que la Dirección Ejecutiva emita el acto resolutivo mediante el cual se resuelva designar al señor Jasef Shapiama Tuanama en el puesto de confi anza de Jefe de Seguridad del Centro Juvenil de Medio Cerrado de Pucallpa; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal p) del artículo 8 del Manual de Operaciones del PRONACEJ, la Dirección Ejecutiva tiene como función: “Designar, encargar funciones, puestos y remover al personal de confi anza”; Con los vistos de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, la Unidad de Gestión de Seguridad Integral de Centros Juveniles y la Unidad de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Centros Juveniles, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 247-2021-JUS; y la Resolución Ministerial Nº 261-2021-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al señor Jasef Shapiama Tuanama en el cargo de con fi anza de Jefe de Seguridad del Centro Juvenil de Medio Cerrado de Pucallpa. Artículo 2.- Disponer que la Unidad de Gestión de Recursos Humanos realice las acciones administrativas que resulten necesarias, en mérito a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional del Programa Nacional de Centros Juveniles (www.pronacej.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSA MAVILA LEÓN Directora EjecutivaPrograma Nacional de Centros Juveniles 2062973-1 PRODUCE Modifican la Res. N° 026-2022-ITP/DE, que delegó facultades en diversas autoridades del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN RESOLUCIÓN EJECUTIVA N° 062-2022-ITP/DE Lima, 28 de abril 2022VISTOS:El Memorando Nº 1053-2022-ITP/OPPM, sustentado en el Informe Nº 40-2022-ITP/COOPERACION, ambos de fecha 3 de marzo de 2022, de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Memorando Nº 1416-2022-ITP/OA de fecha 28 de marzo de 2022, de la O fi cina de Administración; el Informe Nº 148-2022-ITP/OAJ de fecha 12 de abril de 2022; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo Nº 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 1451, se crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), en cuyo artículo 1 establece que es un Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público interno, el cual tiene a su cargo la coordinación, orientación, concertación y cali fi cación de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica-CITE; Que, son principios del Derecho Administrativo la celeridad y simplicidad, así como la aplicación de los procedimientos y trámites que se desarrollan en la administración pública, dirigidos a la desconcentración de procedimientos decisorios, con la fi nalidad de garantizar una gestión e fi ciente en la entidad; Que, el artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala que los actos de administración interna se orientan a la e fi cacia y e fi ciencia de los servicios y a los fi nes permanentes de las entidades; Que, los numerales 78.1 y 78.2 del artículo 78 del referido dispositivo legal establecen que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad, con excepción de las atribuciones esenciales del órgano que justi fi can su existencia, las atribuciones para emitir normas generales, para resolver recursos administrativos en los órganos que hayan dictado los actos objeto de recurso, y las atribuciones a su vez recibidas en delegación; Que, mediante Resolución Ejecutiva Nº 026-2022-ITP/ DE de fecha 22 de febrero de 2022, el Director Ejecutivo del ITP delegó facultades a diversos órganos de la entidad; Que, mediante Memorando Nº 1053-2022-ITP/ OPPM, sustentado en el Informe Nº 40-2022-ITP/COOPERACIÓN, ambos de fecha 3 de marzo de 2022, la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización (en adelante la OPPM), solicitó i) otorgar a la O fi cina de Administración las facultades necesarias para fi rmar documentos en la etapa de ejecución de recursos no reembolsables provenientes de fondos concursables y ii) efectuar precisiones a la delegación de facultades otorgadas a su O fi cina; Que, mediante Informe Nº 99-2022-ITP/OAJ de fecha 10 de marzo de 2022, la O fi cina de Asesoría Jurídica, en atención a la solicitud efectuada por la OPPM, concluyó que i) resulta necesario se coordine con la O fi cina de Administración sobre la necesidad de delegar facultades para fi rmar documentos en la etapa de ejecución de recursos no reembolsables provenientes de fondos concursables; ii) resulta factible efectuar las precisiones a las facultades que se le delegaron a la OPPM; Que, con Memorando Nº 1416-2022-ITP/OA de fecha 28 de marzo de 2022, la O fi cina de Administración indicó que luego de efectuar coordinaciones con la OPPM, solicita evaluar si resulta pertinente delegarle facultades para i) gestionar los actos previos para la adquisición de bienes y servicios para la ejecución de recursos no reembolsables, fi nanciados con fondos concursables ii) suscribir los contratos para la adquisición de bienes y servicios para la ejecución de recursos no reembolsables, fi nanciados con fondos concursables; Que, mediante el Informe Nº 148-2022-ITP/OAJ de fecha 12 de abril de 2022, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluyó que las modi fi caciones, solicitadas por la OPPM y la O fi cina de Administración, a la Resolución Ejecutiva Nº 026-2022-ITP/DE, resultan viables; Con los vistos de la Secretaría General y de la O fi cina de Asesoría Jurídica, en lo que corresponde a sus funciones; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 1451, que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, el Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del ITP; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car la Resolución Ejecutiva Nº 026- 2022-ITP/DE, mediante la cual el Director Ejecutivo delegó facultades a diversos Órganos de ITP, a fi n incorporar en su artículo 4, referido a las facultades delegadas en el/la Jefe/a de la O fi cina de Administración, el siguiente numeral: