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23 NORMAS LEGALES Sábado 30 de abril de 2022 El Peruano / EDUCACION Aprueban la extensión del horizonte temporal del Plan Estratégico Institucional – PEI del Ministerio de Educación, al 2026; quedando denominado como “Plan Estratégico Institucional - PEI del Ministerio de Educación, periodo 2019 - 2026” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 187-2022-MINEDU Lima, 28 de abril de 2022VISTOS, el Expediente N° UPP2021-INT-0202441, los Informes N° 00377-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP y N° 00496-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, y el O fi cio Múltiple N° 00178-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto; el O fi cio N° 00236-2022-MINEDU/SPE-OPEP de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, y el Informe N° 00462-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN como organismo de derecho público cuya fi nalidad es constituirse como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, el numeral 7.2 de la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional“, aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 026-2017-CEPLAN/PCD, modi fi cada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00009-2021/CEPLAN/PCD, dispone que las Políticas de Estado, en consonancia con la Visión de País, se concretan en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional – PEDN; las políticas nacionales, sectoriales y multisectoriales, en el marco de las Políticas de Estado y de conformidad con la Política General de Gobierno, se concretan en los planes estratégicos sectoriales - PESEM y los planes estratégicos multisectoriales – PEM; las políticas territoriales, a nivel regional y local, se concretan en los planes de desarrollo regional concertado - PDRC y planes de desarrollo local concertado – PDLC y las políticas institucionales en el marco de las políticas nacionales y territoriales según corresponda, se concretan en los planes estratégicos institucionales - PEI y los planes operativos institucionales – POI; Que, la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD, modi fi cada por las Resoluciones de Presidencia de Consejo Directivo N° 062-2017-CEPLAN/PCD, N° 00053-2018-CEPLAN/PCD, Nº 00016-2019/CEPLAN/PCD, Nº 00011-2020/CEPLAN/PCD y Nº 00013-2020/CEPLAN/PCD, tiene como objetivo establecer las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional – PEI y el Plan Operativo Institucional – POI, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua;Que, los numerales 4.1 y 4.2 de la citada Guía establecen que el PEI es un instrumento de gestión que defi ne la estrategia del Pliego para lograr sus objetivos, en un periodo mínimo de tres (3) años, a través de iniciativas diseñadas para producir una mejora en el bienestar de la población a la cual sirve; y que, para el planeamiento institucional, el Titular de la entidad conforma una Comisión de Planeamiento Estratégico bajo su liderazgo, en la cual participan tanto funcionarios de la Alta Dirección como aquellos a cargo de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, y otros órganos que el órgano resolutivo designe, dependiendo de la estructura organizacional de la entidad; Que, el numeral 5.7 de la referida Guía dispone que el Pliego remite su PEI por correo electrónico al CEPLAN, el cual veri fi ca y valida la metodología, la consistencia y coherencia del PEI con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y la Política General de Gobierno, y emite un informe técnico, el cual contiene la Evaluación de Diseño del PEI; asimismo, se dispone que luego de contar con dicho informe, el Titular del Pliego emite el acto resolutivo de aprobación del PEI y dispone su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 675-2018-MINEDU, se conforma la Comisión de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio Educación, de carácter permanente, encargada de la aplicación del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; así como el Equipo Técnico de Planeamiento Estratégico Institucional del MINEDU, el cual tiene por función asistir a la Comisión en la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional (PEI) y Plan Operativo Institucional (POI); Que, con Resolución Ministerial N° 737-2018-MINEDU, se aprueba el Plan Estratégico Institucional – PEI del Ministerio de Educación para el periodo 2019 – 2022; el mismo que fue actualizado con las Resoluciones Ministeriales N° 253-2020-MINEDU y N° 180-2021-MINEDU, siendo esta última la que aprueba la extensión del Horizonte Temporal del Plan Estratégico Institucional – PEI del Ministerio de Educación, al 2024; quedando denominado como “Plan Estratégico Institucional – PEI del Ministerio de Educación, periodo 2019 – 2024; Que, mediante O fi cio Múltiple N° D000002-2022- CEPLAN-DNCP, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN comunica a los sectores que, con la fi nalidad de facilitar la elaboración y el registro del POI Multianual 2023-2025, ha visto por conveniente permitir la ampliación del periodo de vigencia del Plan Estratégico Institucional – PEI y del Plan Estratégico Sectorial Multianual – PESEM, para dar cobertura al periodo de la mencionada programación multianual; Que, conforme a lo establecido en el literal a) del artículo 30 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, es función de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica formular, proponer y evaluar el plan estratégico sectorial multianual y el plan estratégico institucional, así como las políticas y los planes de corto, mediano y largo plazo, en el marco de sus competencias y en concordancia con la normatividad vigente; Que, mediante O fi cio Múltiple N° 00178-2021-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica solicita a los órganos y programas del Ministerio de Educación, responsables de las metas del PEI, establecer metas al 2025 y 2026, con el fi n de alinear el horizonte temporal del PEI con la Política General de Gobierno para el periodo 2021-2026; Que, con O fi cio N° 00014-2022-MINEDU/SPE, la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación solicita al CEPLAN, emitir opinión técnica sobre la propuesta de ampliación del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2019 – 2026 del Ministerio de Educación, que se sustenta en el Informe N° 00377-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, elaborado por la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto;