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57 NORMAS LEGALES Martes 9 de agosto de 2022 El Peruano / de la Superintendencia Adjunta de Cooperativas y de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley General y la Ley Nº 30822; RESUELVE:Artículo Primero.- Excluir del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público y de las Centrales, y declarar la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Señor de Soccllaccasa - Abancay , por las causales y fundamentos detallados en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- En aplicación del artículo 9 del Reglamento de Regímenes Especiales, la publicación de la presente resolución conlleva a la continuidad de las prohibiciones contenidas en la Resolución SBS Nº 01958-2022 3, que dispuso el sometimiento al régimen de intervención COOPAC Sr. de Soccllaccasa, estando por tanto prohibido: a. Iniciar contra la Cooperativa de Ahorro y Crédito Señor de Soccllaccasa - Abancay en disolución, procesos judiciales o administrativos para el cobro de acreencias a su cargo. b. Perseguir la ejecución de resoluciones judiciales dictadas contra la Cooperativa de Ahorro y Crédito Señor de Soccllaccasa - Abancay en disolución. c. Constituir gravámenes sobre alguno de los bienes de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Señor de Soccllaccasa - Abancay en disolución, en garantía de las obligaciones que le conciernen. d. Hacer pagos, adelantos o compensaciones, o asumir obligaciones por cuenta de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Señor de Soccllaccasa - Abancay en disolución, con los fondos o bienes que le pertenezcan y se encuentren en poder de terceros. e. Constituir medida cautelar contra los bienes de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Señor de Soccllaccasa - Abancay en disolución. Artículo Tercero.- Designar al señor Waldo Frank Chevarria Lupu, identi fi cado con DNI Nº 42458305, y a la señora Rosa María Francesca Luna Aliaga, identi fi cada con DNI Nº 43604595 , como administradores temporales, principal y alterna, respectivamente, para que, en representación de esta Superintendencia, realicen los actos necesarios para llevar adelante la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Señor de Soccllaccasa - Abancay; así, dichas atribuciones incluyen, pero no se limitan a las siguientes facultades que serán ejercidas, en caso corresponda: 1. Inscribir la resolución que declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Señor de Soccllaccasa - Abancay en disolución en el Registro Público correspondiente. 2. Tomar inmediata posesión, para su administración, de la totalidad de los bienes de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Señor de Soccllaccasa - Abancay en disolución, suscribir las actas que contengan la transferencia de estos bienes, ordenando que se les entreguen los títulos, valores, contratos, libros, archivos, cualquier otro documento y cuanto fuere de propiedad de esta. 3. Elaborar, desde el inicio del proceso de disolución, el estado de situación fi nanciera, así como el estado de resultados y otro resultado integral correspondiente, de conformidad con las disposiciones pertinentes emitidas por esta Superintendencia. 4. Disponer la realización de un inventario de todos los activos de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Señor de Soccllaccasa - Abancay en disolución, incluyendo el de los correspondientes documentos de sustento, debiendo elaborarse el respectivo listado, uno para la Cooperativa de Ahorro y Crédito Señor de Soccllaccasa - Abancay en disolución, otro para el liquidador designado por el Poder Judicial, cuando corresponda, y otro para esta Superintendencia. 5. Disponer la valorización de todos los activos de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Señor de Soccllaccasa - Abancay en disolución. 6. Elaborar la relación de acreedores de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Señor de Soccllaccasa - Abancay en disolución, con indicación del monto, naturaleza de las acreencias y preferencia de que gozan, de conformidad con el artículo 10 del Reglamento de Regímenes Especiales. 7. Mantener los recursos líquidos de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Señor de Soccllaccasa - Abancay en disolución en cooperativas de ahorro y crédito o empresas de operaciones múltiples del sistema fi nanciero clasi fi cadas en las categorías “A” o “B”, según las normas vigentes sobre la materia. 8. Recibir de los socios las amortizaciones y/o cancelaciones de los créditos otorgados y servicios prestados, según corresponda. 9. Continuar las acciones para una efectiva y oportuna recuperación de los créditos otorgados por la Cooperativa de Ahorro y Crédito Señor de Soccllaccasa - Abancay en disolución. 10. Realizar las acciones necesarias para formalizar las garantías otorgadas a la Cooperativa de Ahorro y Crédito Señor de Soccllaccasa - Abancay en disolución y levantar los gravámenes, previa cancelación de la deuda o la celebración de la transacción judicial o extrajudicial, cualquiera sea el caso. 11. Entregar la posesión de la totalidad de los bienes, libros, archivos y demás documentación de propiedad de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Señor de Soccllaccasa - Abancay en disolución al liquidador designado por el Poder Judicial cuando corresponda. Mediante acta, se deja constancia del inventario de lo entregado. 12. Efectuar los demás actos administrativos y laborales que requieran resolverse en forma inmediata como parte de la administración de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Señor de Soccllaccasa - Abancay en disolución. 13. Publicar todos los actos y documentos que de acuerdo con el Reglamento de Regímenes Especiales deban ser exhibidos o comunicados al público, así como aquellos que por norma especial o por instrucción de la PUBLICACIÓN VIRTUAL DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico pgaconsulta@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES