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63 NORMAS LEGALES Viernes 12 de agosto de 2022 El Peruano / apelación” en los procesos de todas las materias que ingresan como apelación sin efecto suspensivo desde los Juzgados de Paz Letrados hacía los Juzgados Especializados o Mixtos que asuman su competencia. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Informática en coordinación con la Subgerencia de Estadística de la Gerencia General del Poder Judicial realice las adaptaciones en el Sistema Integrado Judicial, para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura, Programa Presupuestal Nº 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”, Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia del país; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2094951-7 Disponen implantación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Tacna, que atienden procesos de la especialidad Civil bajo el alcance de la Oralidad Civil Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000298-2022-CE-PJ Lima, 11 de agosto del 2022VISTO:El O fi cio Nº 000107-2022-P-CT-EJE-PJ cursado por el señor Consejero Héctor Enrique Lama More, Presidente de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial. CONSIDERANDO:Primero. Que, el señor Presidente de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial, mediante O fi cio Nº 000107-2022-P-CT-EJE- PJ, solicita a este Órgano de Gobierno la aprobación del pedido de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Tacna, respecto a la implantación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) en la especialidad Civil - Litigación Oral en dicha sede judicial; así como la propuesta para la fecha de puesta a producción e inauguración, en el marco de lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 000033-2022-CE-PJ, que aprueba la implantación del Expediente Judicial Electrónico en la citada especialidad en la Corte Superior de Justicia de Tacna. Segundo. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa Nº 000039-2021-CE-PJ amplió el plazo de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico (EJE) para el periodo 2021-2023, de conformidad a lo sustentado en el Informe Nº 001-2021-ST-CT-EJE-PJ, elaborado por la Secretaria Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, documento en el cual se veri fi ca las acciones ejecutadas y el avance en el cumplimiento de las metas programadas en el correspondiente Plan Operativo Institucional (POI), permitiendo incorporar nuevos servicios en bene fi cio de los justiciables y de los órganos jurisdiccionales, con la fi nalidad de facilitar la labor jurisdiccional, brindar funcionalidad al trabajo remoto de jueces/zas y servidores/as; así como facilitar el acceso a la justicia a las partes procesales, permitiendo tener procesos transparentes, seguros y céleres. Tercero. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa Nº 000024-2022-CE-PJ, aprobó el “Plan Anual de Actividades 2022 de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico - EJE”, el cual comprende acciones organizadas en dos grupos: I) Procesos jurisdiccionales se ejecutan en medios virtuales y con menor desplazamiento de usuarios y elevada disposición al uso de las Tecnologías de Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos jurisdiccionales y administrativos; y II) E fi caz soporte de los procesos de decisión e información para los servicios judiciales que brinda el Poder Judicial. Cuarto. Que, la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico desde su conformación al mes de agosto de 2022, a través de su Secretaría Técnica, ha venido desarrollando actividades de implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en treinta y uno Cortes Superiores de Justicia, concretado en cuatrocientos setenta y cinco órganos jurisdiccionales que ya disponen de los bene fi cios del expediente judicial electrónico, en las especialidades Laboral - Nueva Ley Procesal del Trabajo, Contencioso Administrativo subespecialidades Tributario, Aduanero y Temas de Mercado, Civil sub especialidad Comercial y Oralidad Civil, Familia subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar; así como, Penal en la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada para la etapa intermedia. Quinto. Que, en cumplimiento a lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa Nº 00033-2022-CE-PJ, la Secretaria Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico ha elaborado el Informe Nº 052-2022-ST-CT-EJE-PJ, teniendo como sustento el O fi cio Nº 000793-2022-GI-GG-PJ de la Gerencia de Informática de la Gerencia General, mediante el cual se informa respecto a las acciones de implantación del Expediente Judicial Electrónico en la especialidad Civil - Litigación Oral en la Corte Superior de Justicia de Tacna, para su puesta a producción. Por su parte, la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación de la Gerencia General mediante Ofi cio Nº 000070-2022-GSJR-GG-PJ remite el documento denominado Diagnóstico Situacional en el marco de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) en la Corte Superior de Justicia de Tacna, el cual contiene la propuesta de órganos jurisdiccionales a considerarse en la implantación del Expediente Judicial Electrónico en la Corte Superior de Justicia de Tacna para la especialidad Civil - Litigación Oral; así como la conformación de la Mesa de Partes Física para la atención de ingresos de documentos en los órganos jurisdiccionales de la citada propuesta, manifestando que se propone una ventanilla con tres estaciones de trabajo para la Sede Central - Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral de la Corte Superior de Justicia de Tacna, debiéndose precisar que las primeras acciones para su ejecución priorizarán el uso de la Mesa de Partes Electrónica para la presentación de denuncias y escritos. Sexto. Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Tacna mediante O fi cio Nº 000779-2022-P-CSJTA-PJ da conformidad a la propuesta del alcance para la implantación del Expediente Judicial Electrónico en la especialidad Civil - Litigación Oral, y mediante O fi cio Nº 001357-2022-P-CSJTA-PJ formaliza la solicitud de implantación del Expediente Judicial Electrónico en la citada especialidad en su respectiva Corte Superior, y propone como fecha de entrada en funcionamiento del Expediente Judicial Electrónico el día 15 de agosto, y como fecha para la inauguración el 19 de agosto del año en curso. Sétimo. Que, existiendo la necesidad de continuar con las implantaciones del Expediente Judicial Electrónico como herramienta de transformación digital y medida inmediata de dar sostenibilidad al acceso a la justicia; y estando en ejecución las actividades correspondientes al Plan Operativo Institucional del Expediente Judicial Electrónico y Plan de Actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, se propone continuar la implantación del Expediente Judicial