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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (20/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 59

59 NORMAS LEGALES Sábado 20 de agosto de 2022 El Peruano / N° DOCUMENTOS Y/O INFORMACIÓN A PRESENTAR 16Plan progresivo de contratación docente detallado por programa semipresencial y/o a distancia (dentro de un plan general o propio para las modalidades), aprobado por la autoridad competente, que tiene como mínimo un periodo de implementación de cinco (5) años. Indica como mínimo: (i) Objetivos.(ii) Metas o resultados que se quieran alcanzar.(iii) Cronograma especí fi co. (iv) Presupuesto total y desagregado.(v) Número de docentes contratados y ordinarios por categoría, roles, grado académico y, si corresponde por sede y fi lial, que se incorporará. (vi) Responsables. (vii) J ustifi cación del número de docentes planteados en concordancia con el MV3 del indicador 7. 17Documento, aprobado por la autoridad competente (puede ser dentro del Plan de Capacitación institucional, actualizado) donde se detalle: (i) Estrategias de capacitación: Mínimamente se orienta a la capacitación en metodologías de uso de las TIC, el manejo de entornos virtuales de aprendizaje, el fomento de nuevos enfoques metodológicos y pedagógicos en dichos entornos y la capacidad para mejorar los recursos pedagógicos y didácticos. Este es diseñado de acuerdo con los roles que se proponen, el modelo educativo, la propuesta pedagógica y los sistemas que se usarán. Mínimamente alcanza a los docentes vinculados con los entornos de aprendizajes no presenciales de todos los programas semipresenciales y/o a distancia, por sede y fi lial, de corresponder. (ii) Programas de desarrollo académico para los docentes vinculados a entornos no presenciales de aprendizaje: (programas de movilidad e intercambio, de actualización, participación en congresos, pasantías, investigación, entre otros). 18Formato de licenciamiento SD2 que detalle el personal del (las) área(s) (evidenciándose que se cubren las funciones del órgano) y, si corresponde, por sede y fi lial. El formato debe estar fi rmado por el representante de la universidad. 19ROF o documento afín (de ser el caso actualizado) donde se detalle la estructura del (las) área(s) responsable(s), así como sus funciones. Este documento debe estar aprobado por la autoridad competente. Entre las funciones, de acuerdo con el Modelo Educativo, del (las) área (s) incluye como mínimo lo relacionado a: (i) Adaptación de los contenidos de los cursos para entornos no presenciales de aprendizaje, de ser el caso, en conjunto con los docentes. (ii) Producción y difusión de materiales didácticos.(iii) Capacitación y apoyo a docentes y estudiantes, en el uso de los entornos no presenciales de enseñanza. (iv) Gestión y mantenimiento del hardware y software necesarios. En caso la universidad decida tercerizar procesos, el órgano se encargará de su supervisión, de fi niendo estándares mínimos de calidad. (v) Seguimiento, evaluación y mejora continua de los procesos asociados a los entornos no presenciales de aprendizaje, articulados con los procesos de gestión de la calidad a nivel institucional. De corresponder, se establece cómo opera tanto a nivel sede como a nivelde las fi liales. 20Curriculum vitae documentado de los responsables que conforma(n) el (las) área(s). 22Plan de gestión de la calidad actualizado o especi fi co donde se establezca políticas o estrategias internas de aseguramiento de la calidad para los programas bajo modalidad semipresencial y/o a distancia, involucrando al o la(s) área(s) organizacional(es) responsable(s) del desarrollo, seguimiento, monitoreo y mejora de los procesos de enseñanza-aprendizaje en entornos no presenciales de enseñanza y las áreas de gestión académica de los programas semipresenciales y/o a distancia. Incluye indicadores para medir la calidad de los distintos componentes de los programas semipresenciales y/o a distancia y estrategias de autoevaluación de los programas. 27 Curriculum vitae documentado del personal. 32Informe que evidencie la disponibilidad y continuidad del sistema de pagos virtuales. 34En caso de ofrecer programas a distancia, informe que evidencie la disponibilidad y continuidad de los sistemas de matrícula y registro académico u otro sistema para la realización de todos los procedimientos académicos-administrativos que requieran los estudiantes desde su admisión hasta su graduación y titulación. 37Contratos de arrendamiento o licencia de implementación de recursos no presenciales, en caso aplique, de por lo menos un (01) año.N° DOCUMENTOS Y/O INFORMACIÓN A PRESENTAR 40Informe descriptivo del estado actual de la Infraestructura, equipamiento y mobiliario que usarán los programas por local. Este debe contener, como mínimo: (i) Análisis de ocupabilidad de cada local que sustente porcentaje de utilización actual de la infraestructura existente y la capacidad que tendría para recibir a los estudiantes de los nuevos programas. (ii) Memoria descriptiva de los servicios de internet que acredite que se cuentan con la conectividad su fi ciente para el desarrollo de los entornos no presenciales de aprendizaje. Debe garantizarse la exclusividad de los servicios a fi n de asegurar su continuidad. Se evidencia su accesibilidad desde todos los espacios formativos y de estudio para el uso de las TIC. 41Formato de Licenciamiento SD3 donde se especi fi ca cada laboratorio y taller según cada programa de estudios. Los formatos debes estar fi rmados por el representante de la universidad. Debe describirse: (i) Denominación de cada ambiente.(ii) Ubicación, área y aforo.(iii) Equipamiento, mobiliario y softwares de los que disponen en cada laboratorio y taller declarado. Formato SD4. Solo incluir los Softwares que se hacen uso en los ambientes. (iv) Cronograma u horario de atención de cada ambiente, indicando el programa de ser el caso o si es de uso compartido. (v) Descripción de estos ambientes y las actividades que se realizan. 42Informe descriptivo de las aulas, laboratorios y talleres que harán uso los programas. El cual debe incluir: (i) Agrupamiento de talleres y laboratorios por tipología.(ii) Sustento de la pertinencia de la infraestructura de cada taller y laboratorio con relación a los programas académicos vinculados. (iii) Sustento de la pertinencia del equipamiento, software y mobiliario con relación a los programas académicos vinculados. (iv) Sustento de la capacidad de atención de cada taller y laboratorio con relación a los programas académicos vinculados. (v) Sustento del aforo de cada aula, laboratorio y taller de acuerdo al tipo de enseñanza de los programas académicos. 43Protocolos de seguridad de los laboratorios y talleres que detallan el proceso de identi fi cación y valoración de peligros y riesgos de acuerdo con las actividades especí fi cas que albergan cada uno. 44De corresponder, plan de implementación progresiva de los laboratorios y talleres a ser aplicados a partir del tercer año de los programas académicos, aprobado por la autoridad competente. Dicho plan debe proyectarse cumpliendo con toda la normativa relacionada a seguridad en edi fi caciones. Este debe incluir: (i) Detalle de actividades a desarrollar.(ii) Cronograma (considerando hitos y metas por meses y años).(iii) Presupuesto.(iv) Responsables.(v) Impacto de la adecuación e implementación en la infraestructura existente del local. 49Presupuesto Institucional detallado por CBC y por programa semipresencial y/o a distancia (por local de ser el caso) aprobado por la autoridad competente. El documento debe incluir, como anexo, el sustento de ingresos y gastos y el sustento técnico de la proyección, que incluya la estimación de estudiantes, tarifas, tasa de deserción y la estrategia que llevará a cabo para lograr los gastos proyectados. Artículo 2.- Modi fi cación de diversos artículos del Reglamento del procedimiento de licenciamiento institucional, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD Modifícase el numeral 30.1 del artículo 30; los numerales 31.1, 31.5, 31.6 y 31.7 del artículo 31; y, el numeral 40.6 del artículo 40 del Reglamento del procedimiento de licenciamiento institucional, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD, en los siguientes términos: “Artículo 30.- Documentación y/o información a presentar por las universidades 30.1 La solicitud de modi fi cación de licencia institucional se presenta en físico y en formato digital (hoja de cálculo o formato de texto, según corresponda) ante la Mesa de Partes de la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite documentario, y contiene la siguiente documentación y/o información debidamente foliada, en copia simple, en el orden que se detalla, y según corresponda a cada uno de los escenarios detallados en el artículo 31 del presente Reglamento: