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50 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de agosto de 2022 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 562- MSI, Ordenanza que aprueba incentivos tributarios en el distrito de San Isidro DECRETO DE ALCALDÍA N° 023-2022-ALC/MSI San Isidro, 26 de agosto del 2022LA TENIENTE ALCALDESA ENCARGADA DEL DESPACHO DE ALCALDIA VISTOS: El Informe N° 027-2022-1100-GR/MSI de la Gerencia de Rentas y el Informe N° 172-2022-04.0.0-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos 194° y 195°, numeral 3, de la Constitución Política del Perú reconocen que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo competentes para administrar sus rentas, y de acuerdo con el artículo 69° de Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 y modi fi catorias, son rentas municipales, entre otros, los tributos creados por ley a su favor, los arbitrios, multas y las demás que determine la ley; Que, los artículos 3°, 6° y 68° del TUO de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF, prescriben que las Municipalidades perciben ingresos tributarios por los impuestos municipales, como el impuesto predial, así como por las contribuciones y tasas que determinen los Concejos Municipales, estando que las Municipalidades podrán imponer, entre otras, las tasas por servicios públicos o arbitrios; Que, a su vez, el artículo 41° del TUO del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y modi fi catorias, establece que excepcionalmente, los Gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren, y en el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo; Que, en este contexto, por Ordenanza N° 562-MSI, publicada el 14 de mayo de 2022, se expide la Ordenanza que aprueba incentivos tributarios en el distrito de San Isidro, por el pago del Impuesto Predial correspondiente al periodo 2022, mediante la condonación de deudas tributarias relacionadas al Impuesto Predial y Arbitrios, multas tributarias y sus intereses moratorios, y costas y gastos de cobranza coactiva; estableciendo en su Primera Disposición Complementaria Transitoria y Final que tendrá vigencia desde el día siguiente de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano” hasta el 31 de mayo de 2022; Que, asimismo, mediante la Octava Disposición Complementaria Transitoria y Final de la Ordenanza N° 562-MSI, se faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para su adecuada aplicación, así como la prórroga de su vigencia; en concordancia con el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades que indica que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas; Que, en este contexto, por Decretos de Alcaldía N° 015 y Nº 018-2022-ALC/MSI publicados el 31 de mayo y el 30 de junio de 2022, respectivamente, se prorrogó, hasta el último día hábil del mes de agosto de 2022, la vigencia de la Ordenanza N° 562-MSI; Que, por su parte, acorde con sus funciones previstas en el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad de San Isidro, aprobado por Ordenanza N° 505-MSI y modi fi catoria, con el informe del visto, la Gerencia de Rentas señala que desde la entrada en vigencia de la Ordenanza Nº 562-MSI se viene alcanzando un mayor nivel de recaudación de los tributos, por lo que propone la tercera prórroga, hasta el último día hábil del mes de octubre de 2022, de la vigencia de la Ordenanza N° 562-MSI; Que, por tales consideraciones, de conformidad con la facultad de establecer normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, prevista en la Ley Orgánica de Municipalidades, y de dictar disposiciones para la prórroga del plazo de vigencia de la Ordenanza N° 562-MSI, establecida en la Octava Disposición Complementaria Transitoria y Final de la misma norma municipal; corresponde aprobar, mediante Decreto de Alcaldía, la tercera prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 562-MSI, según la propuesta formulada por la Gerencia de Rentas; Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Rentas y Gerencia de Asesoría Jurídica, a través de los documentos del visto; y, En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20° y los artículos 39° y 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 y modi fi catorias, y la Octava Disposición Complementaria Transitoria y Final de la Ordenanza N° 562-MSI; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR, hasta el último día hábil del mes de octubre de 2022, la vigencia de la Ordenanza N° 562-MSI, Ordenanza que aprueba incentivos tributarios en el distrito de San Isidro; prorrogada mediante los Decretos de Alcaldía N° 015 y Nº 018-2022-ALC/MSI. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y sus Subgerencias, y la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, de acuerdo a sus competencias. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto en el diario Ofi cial El Peruano y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación en el portal institucional de la Municipalidad de San Isidro: www.munisanisidro.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PATRICIA LAZO DEL CARPIO Teniente AlcaldesaEncargada del Despacho de Alcaldía 2100046-1 PUBLICACIÓN VIRTUAL DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico pgaconsulta@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES