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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (31/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de agosto de 2022 El Peruano / conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Aprobado por la Resolución Nº 0942-2021-JNE, del 14 de diciembre de 2021. 2 Aprobado por Decreto Legislativo Nº 635, promulgado el 3 de abril de 1991 y publicado el 8 de abril del mismo año. 3 Aprobado por la Resolución Nº 0069-2022-JNE, publicada el 5 de febrero de 2022 en el diario o fi cial El Peruano. 4 Aprobado con la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2100594-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Prorrogan beneficio tributario aprobado mediante Ordenanza Nº 394/MLV DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013-2022/MLV La Victoria, 29 de agosto de 2022EL ALCALDE DE LA MUNCIPALIDAD DE LA VICTORIA; VISTOS: el Informe Nº 097-2022-GSAT/MLV de la Gerencia de Servicios y Administración Tributaria, el Informe Nº 777-2022-SGROCRYEC-GSAT/MLV de la Subgerencia de Registro, Orientación al Contribuyente, Recaudación y Ejecutoria Coactiva, y el Informe Nº 396-2022-GAJ/MLV der la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, las municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 39º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; asimismo, el artículo 42º de la norma citada prescribe mediante el dispositivo legal acotado se establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del Concejo Municipal;Que, mediante Ordenanza Nº 394/MLV se aprobó el Bene fi cio Tributario, que otorga bene fi cios tributarios para el pago de obligaciones municipales (predial y arbitrios) publicado el 30 de abril de 2022 en el Diario Ofi cial “El Peruano”; asimismo en su Tercera Disposición Complementaria y Finales faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza, así como para determinar y aprobar la prórroga de su vigencia de ser el caso; Que, a través del Informe Nº 097-2022-GSAT/MLV la Gerencia de Servicios y Administración Tributaria y el Informe Nº 777-2022-SGROCRYEC-GSAT/MLV de la Subgerencia de Registro, Orientación al Contribuyente, Recaudación y Ejecutoria Coactiva, sustentan que mediante Decreto de Alcaldía se prorrogue la Ordenanza Nº394/MLV hasta el 30 de setiembre de 2022, con la fi nalidad de facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias a los vecinos de la jurisdicción; Que, el Informe Nº 396-2022-GAJ/MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica opina de manera favorable respecto a lo sustentado por la Gerencia de Servicios y Administración Tributaria; opinión que es compartida por la Gerencia Municipal mediante el proveído Nº 2473-2022-GM/MLV; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas, de conformidad con lo establecido en el artículo 20º, numeral 6 y el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y contando con las visaciones de la Gerencia Municipal, Secretaría General, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Servicios de Administración Tributaria; SE DECRETA:Artículo 1º.- Prorrogar hasta el 30 de setiembre de 2022 el bene fi cio tributario aprobado mediante Ordenanza Nº 394/MLV. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones y demás áreas correspondientes garantizar el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Encargar a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano, a la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones la publicación en el portal institucional www.munilavictoria.gob.pe Regístrese, publíquese y cúmplase.LUIS ALBERTO GUTIÉRREZ SA LVATIERRA Alcalde 2100596-1 Prorrogan la Ordenanza Nº 390/MLV que establece beneficios para el pago de multas administrativas en el distrito de La Victoria DECRETO DE ALCALDÍA Nº 014-2022/MLV La Victoria, 29 de agosto de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA; VISTOS: el Informe Nº 1190-2022-SGFC-GFC/MLV de la Subgerencia de Fiscalización y Control, el Memorando Nº 298-2022-GFC/MLV de la Gerencia de Fiscalización y Control; CONSIDERANDO: Que, las municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política