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90 NORMAS LEGALES Domingo 25 de diciembre de 2022 El Peruano / compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para contribuir y promover el desarrollo integral y sostenible de la región. Asimismo, el literal a) del artículo 53º prescribe en cuanto a las funciones de los gobiernos regionales en materia Ambiental y Ordenamiento Territorial, “formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia ambiental y ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales”; Que, los artículos II y IV del Título Preliminar del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 012-2019-GRH-CR, modi fi cado por Ordenanza Regional Nº 022-2020-GRH- CR, disponen que, “El Consejo Regional, es el órgano representativo del departamento de Huánuco, encargado de realizar las funciones normativas, fi scalizadoras y de control político y constituye el máximo órgano deliberativo”; y “La función normativa del Consejo Regional, se ejerce mediante la aprobación, derogación, modi fi cación e interpretación de normas de carácter regional, que regulan o reglamentan los asuntos y materias de competencia del Gobierno Regional”; Que, mediante Resolución Legislativa Nº 26185, se aprueba la Convención Marco de las Naciones Unidades sobre el Cambio Climático, suscrita por el Perú en la ciudad de Río de Janeiro, el 12 de junio de 1992, la cual tiene por objeto la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera en un nivel que impida interferencias antropogénicas peligrosas en el sistema climático, señalando que este nivel debería lograrse en un plazo su fi ciente que permita que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático para asegurar que la producción de alimentos no se vea amenazada y permitir que el desarrollo económico prosiga de manera sostenible; Que, con Decreto Supremo Nº 065-2004-PCM, se aprobó la Estrategia Nacional de Desarrollo Rural, cuyo objetivo es formular la Política de Desarrollo Rural para impulsar el desarrollo humano en el espacio rural de los criterios de sostenibilidad económica, social y ambiental, equidad y democratización de las decisiones locales; Que, el Acuerdo de París, adoptado en la Vigésima Primera Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidades sobre el Cambio Climático, suscrito por el Perú, el 22 de abril de 2016, y rati fi cado por el Decreto Supremo Nº 058-2016-RE, alienta a las partes a que adopten medidas para aplicar y apoyar, mediante pagos basados en resultados, el marco establecido en las orientaciones y decisiones pertinentes ya adoptadas en el ámbito de la Convención respecto a los enfoques de política y los incentivos positivos para reducir las emisiones debidas a la deforestación y la degradación de los bosques. Asimismo, el Perú asumió el compromiso de presentar, renovar y llevar a cabo medidas para implementar las denominadas Contribuciones Previstas y Determinadas a Nivel Nacional, las que consideran reducir el 20% de las emisiones de GEI proyectadas al 2030 y un 10% adicional condicionado a la cooperación internacional; correspondiendo dos terceras partes de ello al sector de Uso del Suelo, Cambio del Uso del Suelo y Silvicultura; Que la Estrategia Nacional sobre Bosques y Cambio Climático (ENBCC), aprobada mediante Decreto Supremo Nº 007-2016-MINAM, tiene como objetivo reducir la pérdida y degradación de los bosques en el Perú, y por ende las emisiones de gases de efecto invernadero vinculadas al sector de uso del suelo, cambio del uso del suelo y silvicultura (USCUSS), y mejorar la resiliencia del paisaje forestal y de la población que depende de esos ecosistemas, con especial énfasis en los pueblos indígenas y campesinos, para reducir su vulnerabilidad frente al cambio climático, para lo cual plantea la elaboración de hojas de rutas regionales; Que, la gestión de los recursos forestales y del territorio, se realiza de manera compartida entre el Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, siendo ambas funciones importantes para la reducción de las emisiones por uso del suelo, cambio de uso y silvicultura, debido a la conversión de tierras forestales o de protección para uso agrícola y otras actividades; siendo éste, el mayor porcentaje de los sectores reportados en el inventario nacional de gases de efecto invernadero; Que, en el año 2017, el Gobierno Regional Huánuco, se incorporó al Grupo de Trabajo de Gobernadores por el Clima y los Bosques (GCF-TF), que es una colaboración única entre 38 gobiernos subnacionales de 10 países, con el objetivo de promover enfoques jurisdiccionales para el desarrollo bajo en emisiones y reducción de la deforestación, bajo la premisa de que estos gobiernos provean oportunidades relevantes para la innovación política y de liderazgo; asimismo, el 2019 el Gobierno Regional Huánuco, en el marco de la decimoprimera reunión anual del GCF-TF y la Alianza de los Gobiernos Andino Amazónicos, rati fi có la importancia de la Declaración de Río Branco, que tiene como objetivo reducir la deforestación en estados y provincias miembros en un 80% para el año 2020, formalizando así su compromiso de reducir la deforestación y fomentar alianzas que contribuyan a la construcción de programas jurisdiccionales robustos que permitan transiciones a gran escala e integradas para el desarrollo sostenible; Que, a través de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 216-2019-GRH/CR de fecha 04 de marzo de 2019, se declaró prioritaria la elaboración en forma participativa de una estrategia regional para promover el desarrollo rural bajo en emisiones en la región Huánuco bajo el enfoque de producción, protección e inclusión y su plan de inversión, con el objeto de reducir la deforestación y degradación de los bosques, ordenándose la conformación inmediata de un grupo de trabajo regional para conducir su formulación con propuestas articuladas a las políticas de desarrollo de la región Huánuco en el ámbito rural, priorizando acciones necesarias a escala regional para implementar la Estrategia Nacional de Bosques y Cambio Climático; Que, la Estrategia Regional de Desarrollo Rural Bajo en Emisiones - ERDRBE y su plan de inversión, tiene por objeto mejorar la calidad de vida de la población, con énfasis en la población rural e indígena, reduciendo el impacto negativo causado por la deforestación y degradación de los bosques amazónicos de la región; y, siendo necesario por ello, incrementar la productividad, competitividad y sostenibilidad de las actividades económicas y fortalecer la conservación de los bosques, para reducir la deforestación y se mejore la calidad de vida de la población; Que, mediante Informe Nº 2089-2022-GRH-GRRNGA/ SGGA de fecha 28 de junio de 2022, el Sub Gerente de Gestión Ambiental, hace suyo el Informe Técnico Nº 05-2022-GRH-GRRNGA/SGGA/YGPA del Especialista Ambiental de la Sub Gerencia de Gestión Ambiental, en el que emite opinión técnica favorable para la aprobación de la Estrategia Regional de Desarrollo Rural Bajo en Emisiones - ERDRBE, y su plan de inversión; Que, con Informe Nº 400-2022-GRH/GRPPAT/SGPE de fecha de recepción 05 de septiembre de 2022, el Sub Gerente de Planeamiento Estratégico, hace suyo el Informe Nº 032-2022-GRH-GRPPAT/SGPE-EBL del Plani fi cador de la Sub Gerencia de Planeamiento Estratégico, documento en el que concluye que la Estrategia Regional de Desarrollo Rural Bajo en Emisiones se articula a los objetivos y acciones estratégicas regionales del Plan de Desarrollo Regional Concertado Huánuco al 2033, en la temática ambiental, económica y gobernanza; Que, según Informe Nº 000112-2022-GRH/GRDE de fecha 28 de septiembre de 2022, complementado con el Informe Técnico Nº 000010-2022-GRH/GRDE de fecha 11 de octubre de 2022, la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, reformula la propuesta normativa que Aprueba y Declara de Interés Regional la Estrategia Regional de Desarrollo Rural Bajo en Emisiones de la Región Huánuco al 2030 y su Plan de Inversión; Que, a través del Informe Legal Nº 001205-2022- GRH/GRAJ de fecha 12 de octubre de 2022, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, emite opinión legal favorable para que a través de Ordenanza Regional se Apruebe y Declare de Interés Regional la Estrategia Regional de Desarrollo Rural Bajo en Emisiones de la Región Huánuco al 2030 y su Plan de Inversión, ya que cumple con los requisitos formales para tal fi n y no contraviene los preceptos legales establecidos;