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63 NORMAS LEGALES Sábado 1 de enero de 2022 El Peruano / de Gestión de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración, la Unidad de Abastecimiento de la O fi cina de Administración, la Dirección de Evaluación Ambiental; y, se autorice y delegue a la Procuraduría Pública, determinadas funciones asignadas a el/la Titular de la Entidad; Con el visado de la Gerencia General y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Supremo N° 082-2019-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; el Decreto Supremo N° 344-2018-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo N° 304-2012-EF; la Resolución Directoral N° 0003-2021-EF-54.01, que aprueba la Directiva N° 0001-2021-EF-54.01 “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras”; y, en uso de las atribuciones conferidas por los Literales e) y t) del Artículo 16° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-MINAM; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Delegar las siguientes facultades en la Gerencia General del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, durante el Año Fiscal 2022: 1.1. Facultades en materia presupuestal1.1.1. Aprobar la formalización de las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático a que se re fi ere el Artículo 40° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, previo informe técnico favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto. 1.1.2. Emitir los documentos de gestión interna para la ejecución y racionalización del gasto que permita un manejo adecuado de los recursos asignados por toda fuente de fi nanciamiento durante la ejecución presupuestaria del Año Fiscal. 1.1.3. Aprobar las modi fi caciones del Plan Operativo Institucional del OEFA siguiendo los procedimientos establecidos para dicho fi n. 1.2. Facultades en materia de Contrataciones del Estado: 1.2.1. Resolver los recursos de apelación interpuestos en los procedimientos de selección cuyo valor estimado o valor referencial sea igual o menor a cincuenta (50) Unidades Impositivas Tributarias, dentro del marco normativo que regula las contrataciones del Estado. 1.3. Facultades en materia administrativa: 1.3.1. Conformar y/o modi fi car la conformación de comités, grupos de trabajo y/o similares al interior de la Entidad; salvo aquellos donde la norma exija, para cualquiera de sus miembros, el reconocimiento de requisitos o per fi les, así como, designaciones especiales que requieran ser aprobados por el Titular de la Entidad. 1.3.2. Aprobar y/o modi fi car el Plan de Comunicaciones y el Plan de Estrategia Publicitaria de la Entidad. 1.3.3. Aprobar y/o modi fi car el Manual de Identidad Visual de la Entidad. 1.3.4. Suscribir, en representación del OEFA, todo tipo de convenios de cooperación interinstitucional, así como sus respectivas adendas, sean modi fi catorias o resolutorias, que correspondan o coadyuven en la gestión administrativa interna de la Entidad, con excepción de aquellos que por norma expresa deban ser suscritos por el Titular de la Entidad. 1.3.5. Designar y dejar sin efecto la designación de los Fedatarios Institucionales del OEFA. 1.3.6. Designar a los/as responsables titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora 1311: ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL - OEFA. 1.3.7. Aprobar y/o modi fi car el Plan de Gobierno Digital de la Entidad. 1.3.8. Aprobar y/o modi fi car la Política de Protección de Datos Personales y/o Políticas de Privacidad del OEFA vinculadas a la implementación de la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales. 1.3.9. Aprobar y/o modi fi car las Políticas especí fi cas de Seguridad de la Información del OEFA vinculadas a la implementación de la Norma Técnica Peruana “NTP ISO/IEC 27001:2014 Tecnología de la Información. Técnicas de Seguridad. Sistemas de Gestión de Seguridad de la Información. Requisitos. 2ª Edición”. 1.3.10. Aprobar y/o modi fi car las Políticas contables y su actualización, previo informe técnico favorable de la Ofi cina de Administración. 1.3.11. Aprobar el Plan Anual de Trabajo Archivístico de la Entidad, disponer su remisión al Archivo General de la Nación, y remitir el Informe Técnico de Evaluación de Actividades Archivísticas Ejecutadas (ITEA) durante el año al mencionado ente rector. 1.3.12. Suscribir y presentar, en representación del OEFA, el formato de solicitud de autorización previa para publicidad estatal por radio o televisión al Jurado Electoral Especial correspondiente. 1.3.13. Suscribir y presentar, en representación del OEFA, el formato de reporte posterior de la Publicidad Estatal difundida a través de medios distintos a la radio o la televisión al Jurado Electoral Especial correspondiente. 1.3.14. Aprobar la designación del árbitro por parte de la Entidad; tanto en el arbitraje institucional, como en el ad hoc. Artículo 2°.- Delegar las siguientes facultades en la O fi cina de Administración del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, durante el Año Fiscal 2022: 2.1. Facultades en materia de Contrataciones del Estado: 2.1.1. Aprobar y/o modi fi car el Cuadro Multianual de Necesidades del OEFA, en el marco de lo establecido en las reglas previstas en la normatividad del Sistema Nacional de Abastecimiento. 2.1.2. Aprobar el Plan Anual de Contrataciones y sus modi fi catorias, así como supervisar periódicamente su ejecución, en el marco de lo establecido en las reglas previstas en la normatividad del Sistema Nacional de Abastecimiento. 2.1.3. Aprobar: (i) los expedientes de contratación; (ii) las bases administrativas; y, (iii) la cancelación de los procedimientos de selección; incluyendo aquellos referidos a las contrataciones directas en los supuestos previstos en los Literales a), b), c), e), f), g), h), i), j), k), l) y m) del Numeral 27.1 del Artículo 27° del TUO de la LCE. 2.1.4. Aprobar las contrataciones directas en los supuestos previstos en los Literales e), g), j), k), l) y m) del Numeral 27.1 del Artículo 27° del TUO de la LCE. 2.1.5. Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales en el caso de bienes o servicios hasta por el límite del veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original, siempre que se cuente con la asignación presupuestaria necesaria. Dicha autorización debe tener como objeto la contratación de bienes y servicios provenientes de los procedimientos de selección, así como los correspondientes a las contrataciones directas en los supuestos previstos en los Literales a), e), f), g), h), i), j), k), l) y m) del Numeral 27.1 del Artículo 27° del TUO de la LCE. 2.1.6. Autorizar la reducción de prestaciones en el caso de bienes o servicios hasta por el límite del veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original. Dicha