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74 NORMAS LEGALES Sábado 1 de enero de 2022 El Peruano / de manejo se vendrían realizando por más de doce (12) años, con el objetivo principal de conservar el recurso “vicuña” para el aprovechamiento de la fi bra a través de la esquila; y el aprovechamiento bajo la modalidad de semi cautiverio, ameritará la instalación de un cerco permanente, utilizándose para su instalación material rústico (rollizos de madera y mallas metálicas), los cuales no alterarían el paisaje o ecosistema. Finalmente, a fi rma las actividades descritas, ayudarían a promocionar y fortalecer el corredor turístico Vilcas Huamán - Vischongo, y promover el turismo local, regional e internacional de manera sostenible, los mismos que favorecerían de manera directa e indirecta a las poblaciones locales y/o comunidades aledañas del ámbito de in fl uencia del Área de Conservación Regional Bosque de Puya Raimondi - Titankayocc; Que, por Opinión Legal Nº 16-2021-GRA/GR-ORAJ- CALL de fecha 23 de setiembre de 2021, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ayacucho, recomienda reponer a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente para que previamente emita el proyecto de Ordenanza Regional y su posterior remisión a la Comisión de Recursos Naturales del Consejo Regional de Ayacucho para su conocimiento y análisis sobre la propuesta de la Adecuación de la Zoni fi cación del Área de Conservación Regional (ACR) Bosque de Puya Raimondi - Titankayocc, luego ser sometido al Pleno del Consejo Regional para la emisión de la Ordenanza Regional correspondiente, teniendo presente que el Gobierno Regional de Ayacucho debe contribuir a la protección del medio ambiente, velando por la protección y conservación de los recursos naturales, así como de los animales silvestres como la vicuña, el cóndor, el gato andino y otros animales silvestres, quienes se encontrarían amenazados por cazadores furtivos dentro del Área de Conservación Regional del Bosque Puya Raimondi - Titankayocc, siendo necesario dictar la norma correspondiente, e inclusive generar el turismo sostenible en dicha área. En este punto, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, mediante O fi cio Nº 742- 2021-GRA/GG-GRRNGMA de fecha 28 de setiembre de 2021, cumplió con absolver la subsanación deducida por la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, formulando el respectivo Proyecto de Ordenanza Regional sobre el particular; Que, el propósito del proyecto de Ordenanza Regional es la adecuación de la zoni fi cación del Área de Conservación Regional Bosque Puya Raimondi - Titankayocc, con una vigencia de cinco (5) años (2021 - 2026), con la fi nalidad de tener una mejor gestión del área natural y permitir el desarrollo de actividades de acuerdo a las normas de uso de cada una de las áreas zonifi cadas, en el marco normativo del artículo 15º de las “Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros de Áreas Naturales Protegidas de administración nacional”, aprobado Resolución Presidencial Nº 049-2014-SERNANP, el mismo que establece que la actualización del Plan Maestro es la oportunidad para actualizar la zoni fi cación del Área de Conservación Regional; cuyos objetivos especí fi cos son de incrementar la cobertura vegetal de los ecosistemas pajonal andino, matorral arbústico, titanka y los bosques relictos para que sigan cumpliendo sus roles biológicos, ecológicos y socioculturales para asegurar su estabilidad en el tiempo; incrementar la población de vicuña en el interior del Área de Conservación Regional; desarrollar condiciones para ecoturismo en el Área de Conservación Regional (Círculo turístico, señalización, lugares de descanso, centro de interpretación y fortalecimiento de capacidades de la población; reducir el impacto de la actividad ganadera existente; y generar cambios de actitud en la población local del distrito de Vischongo y de la provincia de Vilcas Huamán. Sobre el particular, para mejor ilustración, se tiene que en el actual Plan Maestro 2019 - 2024, está contemplado la zoni fi cación de cinco (5) zonas dentro del Área de Conservación Regional Bosque de Puya Raimondi - Titankayocc, los cuales son: Zona Silvestre (S), Zona de Recuperación (REC), Zona de Uso Especial (UE), Zona de Aprovechamiento Directo (AD), Zona de Uso Turístico y Recreativo (TR), con una super fi cie total de (6,272.39 Ha). Empero, en la nueva propuesta de adecuación de la zoni fi cación, se permitirá aprovechar de manera adecuada los recursos naturales presentes en la zona, tal es el caso de la “vicuña” (Vicugna vicugna), y de esta manera incrementar la población de esta especie al interior del ACR Bosque de Puya Raimondi - Titankayocc, los cuales servirán para el bene fi cio directo de la población local en el aprovechamiento de la fi bra de la vicuña; así mismo, la aprobación de la adecuación de la zoni fi cación no contraviene con los objetivos de creación del ACR Bosque de Puya Raimondi - Titankayocc; y por esta circunstancia, es necesario derogar la Ordenanza Regional Nº 021-2019-GRA/CR de fecha 31 de diciembre de 2019, y aprobar el nuevo “Plan Maestro de Adecuación de la Zoni fi cación del Área de Conservación Regional Bosque de Puya Raimondi - Titankayocc”, con una vigencia de cinco (5) años (2021 - 2026); Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; asimismo el artículo 38º del cuerpo legal acotado, establece que las Ordenanzas Regionales, norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de sus competencias; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, concordante con el artículo 158º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ayacucho, aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2012-GRA/CR, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Por lo que, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú; Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; Ley Nº 26821; Ley Nº 26834; Decreto Supremo Nº 038-2001-AG; Decreto Supremo Nº 016-2009-MINAM; Decreto Supremo Nº 008-2009-MINAM; Decreto Supremo Nº 023-2010-MINAM; Resolución Presidencial Nº 049-2014-SERNANP; y demás normas conexas; el Consejo Regional de Ayacucho con el voto aprobatorio por unanimidad de sus miembros, luego de la deliberación y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprueba la siguiente; ORDENANZA REGIONAL:Artículo Primero.- APROBAR el “PLAN MAESTRO DE ADECUACIÓN DE LA ZONIFICACIÓN DEL ÁREA DE CONSERVACIÓN REGIONAL BOSQUE DE PUYA RAIMONDI - TITANKAYOCC”, con una vigencia de cinco (5) años (2021 - 2026), con la fi nalidad de tener una mejor gestión del área natural y permitir el desarrollo de actividades de acuerdo a las normas de uso de cada una de las áreas zoni fi cadas; y que en calidad de anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DEROGAR la Ordenanza Regional Nº 021-2019-GRA/CR de fecha 31 de diciembre de 2019, que aprobó el Plan Maestro 2019 - 2024 del Área de Conservación Regional “Bosque de Puya Raimondi - Titankayocc”, conforme a los fundamentos precedentemente expuestos. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Ayacucho, implemente las gestiones técnicas, administrativas y fi nancieras que sean necesarias para la adecuación de la zoni fi cación del Plan Maestro del Área de Conservación Regional Bosque de Puya Raimondi - Titankayocc. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Ayacucho, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano, en el diario encargado de las publicaciones judiciales en la capital de la Región, y en