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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ENERO DEL AÑO 2022 (01/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 68

68 NORMAS LEGALES Sábado 1 de enero de 2022 El Peruano / ORGANISMOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional de la Amazonía Peruana (UNAP) UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA AMAZONÍA PERUANA RESOLUCIÓN DEL CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 157-2021-UNAP Iquitos, 5 de noviembre de 2021VISTO:El O fi cio Nº 1185-2021-OGPP-UNAP, presentado el 19 de octubre de 2021, por el jefe de la O fi cina General de Plani fi cación y la opinión legal contenida en el Informe Nº 270-2021-OAJ-UNAP, de fecha 04 de noviembre de 2021, del jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, el artículo 8º de la Ley Universitaria, Ley Nº 30220 establece que el Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la precitada Ley y demás normas aplicables. Esta autonomía se mani fi esta en los siguientes regímenes: Normativo, De gobierno, Académico, Administrativo y Económico; Que, mediante Resolución de Asamblea Universitaria Nº 003-2021-AU-UNAP, se aprobó la reforma del Estatuto de la Universidad Nacional de la Amazonía Peruana, cuya Tercera Disposición Transitoria establece que, en un plazo no mayor a noventa (90) días de aprobado el Estatuto se elaboran los documentos de gestión; asimismo, mediante Resolución Rectoral Nº 0606-2021-UNAP, del 30 de junio de 2021, se prorroga el plazo para la elaboración del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional de la Amazonía Peruana (UNAP), hasta el 31 de diciembre de 2021; Que, con Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, se aprueban los Lineamientos de Organización del Estado, con la fi nalidad que las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fi n de responder a las necesidades públicas, en bene fi cio de la ciudadanía; el mismo que fue modi fi cado mediante Decreto Supremo Nº 131- 2018-PCM, incorporándose, entre otras la Décimo Tercera Disposición Complementaria Final, que señala “Universidades Públicas”.- La conformación de unidades de organización de administración interna se rige por los criterios y reglas en materia organización establecidos en los presentes Lineamientos. En el caso de la conformación de la estructura de enseñanza, se rige por lo dispuesto en la Ley Universitaria y en las normas que sobre la materia establezca el Ministerio de Educación y la SUNEDU, en el marco de sus competencias. El Ministerio de Educación, como rector nacional en la materia, elabora los Lineamientos para la formulación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de las universidades públicas, en concordancia con lo dispuesto en la Ley Universitaria y los presentes Lineamientos. Se aprueban mediante resolución ministerial, previa opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública. Los Lineamientos para la formulación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de las universidades públicas, a los que se re fi ere el párrafo anterior, incluyen la veri fi cación posterior aleatoria de su cumplimiento; Que, asimismo mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 003-2018-PCM/SGP, se aprueba la Directiva Nº 001-2018-SGP, Directiva que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado, y tiene por fi nalidad generar predictibilidad en el sustento y evaluación de los proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU, se aprueba los “Lineamientos para la Formulación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de las universidades públicas”, teniendo como objetivos establecer criterios y reglas especiales y fl exibles para la formulación del Reglamento de Organización y Funciones de las universidades públicas, a fi n de que desarrollen sus estructuras orgánicas; así como las funciones generales y especí fi cas de cada una de sus unidades de organización que la componen, a fi n que contribuyan en el desarrollo de los objetivos y las estrategias de la universidad pública, regulándose la verifi cación posterior contemplada en la Décimo Tercera Disposición Complementaria Final de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y modi fi cado por Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM; Que, con O fi cio Nº 1185-2021-OGPP-UNAP, de fecha 19 de octubre de 2021, el jefe de la O fi cina General de Plani fi cación, remite el proyecto del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la UNAP que incluyó la Estructura Orgánica y el Informe Técnico sustentatorio, precisando que sea derivado a la Dirección General de Educación Superior Universitaria (DIGESU) para la opinión respectiva; Que, la directora general de la Dirección General de Educación Superior Universitaria del Ministerio de Educación, mediante O fi cio Nº 01201-2021-MINEDU/ VMGP-DIGESU, recepcionada el 03 de noviembre de 2021, remite el Informe Nº 0206 -2021-MINEDU-VMGP/DIGESU-DICOPRO, de la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, donde concluye que la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) elaborada por la Universidad Nacional de la Amazonía Peruana cumple con lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU, recomendando remitir a esta Casa de Estudios Superiores, para conocimiento y fi nes; Que, mediante Informe Nº 270-2021-OAJ-UNAP, de fecha 04 de noviembre de 2021, el jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica, emite informe de validación de la legalidad de las funciones asignadas a las unidades de organización establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y sugiere su aprobación por el Consejo Universitario; Que, entre las atribuciones del Consejo Universitario, el Estatuto de la UNAP en su cláusula b. del artículo 108º señala “dictar el reglamento general y especí fi co de elecciones y otros reglamentos internos especiales, así como vigilar su cumplimiento”; Que, el Consejo Universitario en su sesión extraordinaria realizada 05 de noviembre de 2021, de acuerdo a sus atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220 y el Estatuto, acuerdan por mayoría aprobar el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional de la Amazonía Peruana (UNAP); Que, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional de la Amazonía Peruana (UNAP), constituye el instrumento normativo que regula la organización de la Institución, comprende su naturaleza y jurisdicción de aplicación, funciones generales y especí fi cas de sus órganos y unidades orgánicas; Estando al acuerdo del Consejo Universitario; y,En uso de las atribuciones que con fi eren la Ley Nº 30220 y el Estatuto de la UNAP, aprobado con Resolución de Asamblea Universitaria Nº 003-2021-AU-UNAP y su modi fi catoria aprobado con Resolución de Asamblea Universitaria Nº 004-2021-AU-UNAP; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional de la Amazonía Peruana (UNAP), que consta de dos (2) títulos, siete (7) capítulos, desarrollada en ciento