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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (02/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de febrero de 2022 El Peruano / PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Disponen el cumplimiento obligatorio de diversas medidas por parte de los jueces de todos los niveles y del personal jurisdiccional y administrativo de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada en el periodo comprendido del 1 al 15 de febrero de 2022 Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada Presidencia de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000066-2022-P-CSNJPE-PJ Lima, 31 de enero de 2022ANTECEDENTES:I. La Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada -en adelante CSN- emitió la Resolución Administrativa N.º 000008-2022-P-CSNJPE-PJ, de fecha 06 de enero de 2022 en mérito a la Resolución Administrativa N.º 000001-2022-CE-PJ emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 05 de enero de 2022, que estableció medidas para el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y administrativos, a partir del 06 de enero de 2022 hasta que se emita una nueva disposición autoritativa del Órgano de Gobierno del Poder Judicial. II. El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N.º 000020-2022-CE-PJ, de fecha 31 de enero de 2022, estableció medidas para el funcionamiento de órganos jurisdiccionales y administrativos para el periodo del 01 al 15 de febrero de 2022. FUNDAMENTOS: El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial atendiendo al contexto actual de pandemia del COVID-19 en el país, mediante Resolución Administrativa N.º 000020-2022-CE-PJ adoptó medidas preventivas para resguardar la salud de magistrados y personal jurisdiccional y administrativo, así como de los usuarios del sistema judicial, de consonancia con las normas emitidas por el Poder Ejecutivo. En ese orden de ideas, con la fi nalidad de asegurar la adecuada continuación y acceso a la prestación de los servicios que brinda esta CSN, así como salvaguardar la salud y bienestar de los jueces, personal jurisdiccional, administrativo y usuarios del sistema judicial; es menester que esta Presidencia, ejecute las medidas dispuestas por el Consejo Ejecutivo con las adaptaciones propias en función a las características de nuestra Corte: 1. Sobre el trabajo presencial diario: se debe continuar con la suspensión del trabajo presencial diario para los órganos jurisdiccionales y administrativos de la CSN, desde el 01 al 15 de febrero de 2022. 2. Sobre el régimen general de trabajo en la modalidad mixta: la Resolución Administrativa N.º 000020-2022-CE-PJ del Consejo Ejecutivo establece un régimen general basado en la modalidad de trabajo remoto para los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, pero también faculta a los Presidentes de las Cortes Superiores del país, establecer la modalidad de trabajo presencial exclusivamente en las áreas que así lo requieran. En tal sentido, tomando en consideración que: a) esta Corte Superior Nacional tiene a su cargo los casos más complejos que versan sobre graves delitos cometidos en el marco de una organización criminal, así como casos de terrorismo y de violaciones a los derechos humanos, por lo que, estos procesos, no solo requieren de una mayor cantidad de tiempo para su procesamiento, sino que también deben estar disponibles para los magistrados la profusa información. Asimismo, en la CSN existen despachos que llevan adelante juicios o audiencias con el Código de Procedimientos Penales de 1940 y el Código Procesal Penal de 2004, que demandan en muchos casos, la plani fi cación de audiencias en horarios de la mañana y la tarde, b) los magistrados de la CSN cuentan con despachos privados que garantizan las medidas de bioseguridad establecidas para conjurar los riesgos de contagio generados por la pandemia provocada por la COVID-19, c) la CSN cuenta con un total de 51 magistrados, de los cuales más de una tercera parte está realizando trabajo remoto por presentar una comorbilidad personal, d) es necesario guardar el debido distanciamiento social, utilizando los equipos de bioseguridad que se requieran para el cumplimiento de las funciones, a fi n de evitar las aglomeraciones en el ambiente laboral y respetar el distanciamiento sanitario; e) las vacaciones programadas de magistrados, personal jurisdiccional y administrativo se desarrollarán desde el 01 al 15 de febrero de 2022 1, f) apreciando la dinámica funcional y la necesidad de servicio en el contexto de la emergencia sanitaria, y g) con el objeto de mantener una óptima gestión de los procesos jurisdiccionales, corresponde fi jar la modalidad de trabajo mixto, para magistrados y personal jurisdiccional y administrativo, el cual iniciará a partir del día martes 01 de febrero de 2022. Dicha modalidad de trabajo se desarrollará con el siguiente detalle: a) Los magistrados y personal jurisdiccional y administrativo (que no sean vulnerables) asistirán tres (03) días a la semana (lunes, miércoles y viernes) en la modalidad presencial, en el horario desde las 08:00 hasta las 13:00 horas. En el caso de los magistrados, deberán registrar sus ingresos y salidas en los registros de asistencia diaria establecidos para tal fi n, conforme lo prevé la Resolución Administrativa N.º 000415-2021-P-CSNJPE-PJ de fecha 12 de noviembre de 2021, mientras que los servidores judiciales, lo deberán realizar en el Sistema de Control de Asistencia y Permanencia (SICAPE), conforme lo prevé la Resolución Administrativa N.º 000379-2021-P-CSNJPE-PJ de fecha 26 de octubre de 2021. Dicha jornada se deberá completar con tres (03) horas de trabajo remoto. b) Esta modalidad mixta se complementa con dos (02) días de trabajo remoto (martes y jueves) efectivizándose en el horario de ocho horas diarias, conforme a los estipulado en la Versión N.º 4 del Reglamento “ Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial ”, aprobado mediante Resolución Administrativa N.º 000408-2020-CE-PJ de fecha 30 de diciembre de 2020. Los magistrados y servidores judiciales deberán presentar sus informes de labores en el Sistema de Control de Asistencia y Permanencia (SICAPE), conforme se señala en la Resolución Administrativa N.º 000415-2021-P-CSNJPE-PJ de fecha 12 de noviembre de 2021 y la Resolución Administrativa N.º 000379-2021-P-CSNJPE-PJ de fecha 26 de octubre de 2021, respectivamente. c) Como excepción, por razones de servicio y de atención al usuario judicial, el siguiente personal realizará trabajo presencial diario de lunes a viernes de 08:00 a 17:00 horas (con la hora de refrigerio desde las 13:00 hasta las 14:00 horas): a) jefes, responsables de área y servidores en cargos de dirección; b) personal de Presidencia y de Secretaría General; c) personal de Administración 2; d) los encargados de Mesa de Partes, e) personal de descarga; y f) otros de manera excepcionalísima, para lo cual el jefe inmediato deberá remitir la lista de servidores a la O fi cina de Administración de la CSN a efectos de veri fi car su asistencia y puntualidad, así como su dotación de equipos de protección personal. 3. En el caso de los servidores que realizan resguardo, seguridad y vigilancia deberán prestar dichos servicios en consonancia con el horario establecido con su jefe