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58 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de febrero de 2022 El Peruano / Nº 000186-2022/GAJ/RENIEC (27ENE2022) y la Hoja de Elevación Nº 000068-2022/GAJ/RENIEC (27ENE2022) de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil; Que conforme lo dispuesto en el artículo 183º de la Constitución Política del Perú es competencia funcional del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, entre otros, mantener actualizado el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales y emitir el documento que acredite su identidad; Que el artículo 98° del Decreto Supremo N° 015- 98-PCM, Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, señala la facultad de la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los servicios que considere pertinente; Que en el marco de su política social orientada a atender las necesidades de documentación de la población, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, desde el año 2003 viene emitiendo resoluciones jefaturales que establecen la gratuidad para la obtención del documento nacional de identidad, las mismas que han bene fi ciado a aquellos grupos poblacionales vulnerables que se encuentran en situación de pobreza y extrema pobreza, los adultos mayores, los pueblos indígenas, las personas con discapacidad, los niños, niñas y adolescentes, entre otros; Que a través del numeral 30.3 del artículo 30° de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, para realizar modi fi caciones presupuestarias a nivel institucional en favor del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC), hasta por el monto de S/ 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos a los que hace referencia el artículo 53° del Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto, en el marco del Programa Presupuestal 079: Acceso de la Población a la Identidad a cargo del RENIEC, previo cumplimiento de las acciones que debe efectuar el RENIEC; Que entre los compromisos asumidos por el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - RENIEC, se encuentran los siguientes: Acción 1: Incrementar la Cobertura del DNI. Meta: a) Trámite gratuito de 165,000 DNI (Inscripciones por primera vez), b) Actualización de 3,000 DNI de madres adolescentes usuarias del Programa JUNTOS; Acción 2: Mejora de la Oportunidad de la Identi fi cación y reapertura de puntos de atención. Meta: c) 60% de los trámites de DNI realizados en IPRESS con ORAS y CNVe, son elaborados dentro de los 5 días posteriores al nacimiento, d) 115 ORAS reaperturadas y operativas en el periodo del 01 de febrero al 31de marzo de 2022, e) 135 ORAS reaperturadas y operativas en el periodo del 01 de abril al 24 de junio de 2022; Acción 3: Actualización de aplicativos informáticos y otros. Meta: f) Cinco (05) actualizaciones y dos (02) medios de remisión de información del padrón nominal y CNV implementados, g) Cincuenta (50) OREC automatizadas; Que en ese contexto, la Gerencia de Operaciones Registrales mediante el documento de vistos, señala que para el cumplimiento de las metas establecidas para la Acción 1: Incrementar la Cobertura del DNI, se deberá autorizar la gratuidad de trámites de 165,000 procedimientos en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales – RUIPN y la consecuente expedición del documento nacional de identidad – DNI, por primera vez de menores y mayores de edad que habiten en todos los distritos del Perú, en todas las O fi cinas de Reniec (O fi cinas Registrales, O fi cinas Registrales Auxiliares Agencias y Puntos de Atención), incluyendo trámites por desplazamiento y campañas de itinerancia; y la actualización de DNI de 3,000 madres adolescentes que se encuentren en el Padrón del Programa nacional de apoyo a los más pobres JUNTOS, adolescentes mayores de 14 hasta los 19 años, igualmente en todas las O fi cinas de Reniec; Que la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, a través de los documentos de vistos señala que la gratuidad planteada por la Gerencia de Operaciones Registrales, es factible de ser fi nanciada con cargo a los recursos presupuestales por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios considerados en el Presupuesto Institucional del pliego 033: Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el cual se deberá priorizar para el cumplimiento de las metas establecidas en la Acción 1; Que de igual forma, la Gerencia General mediante el documento de vistos, emite opinión favorable respecto a lo solicitado por la Gerencia de Operaciones Registrales; Que teniendo en cuenta lo opinado por los órganos competentes, la Gerencia de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable la emisión de la resolución jefatural correspondiente; Que se hace necesario hacer de conocimiento lo dispuesto en la presente resolución jefatural a la ciudadanía; y, Estando a la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 086-2021-JNAC/RENIEC (04MAY2021) y su modi fi catoria; y a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, modi fi cado en parte por el Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la gratuidad de 165,000 procedimientos en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales – RUIPN y la consecuente expedición del documento nacional de identidad – DNI, por primera vez a los menores y mayores de edad que habiten en todos los distritos del Perú, en todas las O fi cinas de RENIEC (O fi cinas Registrales, O fi cinas Registrales Auxiliares Agencias y Puntos de Atención), incluyendo trámites por desplazamiento y campañas de itinerancia, durante el año 2022, de acuerdo a las metas establecidas por la Gerencia de Operaciones Registrales. Artículo Segundo.- Autorizar la gratuidad de 3,000 procedimientos de actualización en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales – RUIPN y la consecuente expedición del documento nacional de identidad a las madres adolescentes que se encuentren en el Padrón del Programa Nacional de Apoyo a las más Pobres - JUNTOS, adolescentes mayores de 14 hasta los 19 años, en todas las o fi cinas del RENIEC (O fi cinas Registrales, O fi cinas Registrales Auxiliares, Agencias y Puntos de Atención), durante el año 2022, de acuerdo a las metas establecidas por la Gerencia de Operaciones Registrales. Artículo Tercero.- Los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en la presente resolución jefatural, serán con cargo a los recursos presupuestarios que se le asignará a la Gerencia de Operaciones Registrales para el año 2022, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural y a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión del contenido de la misma para la publicidad a la población. Regístrese, publíquese y cúmplase.CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN Jefa Nacional 2035461-1