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60 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de febrero de 2022 El Peruano / GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de sociedades de auditoría ACUERDO REGIONAL Nº 002-2022-GRSM/CR Moyobamba, 24 de enero de 2022POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N° 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por Ley N° 27902 y Ley N° 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización – Ley Nº 27680, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en el artículo 192º en su numeral 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, mediante O fi cio N°000786-2021-CG/GAD, emitido por el Gerente de Administración de la Contraloría General de la República, mediante el cual solicita realizar la transferencia fi nanciera de la retribución económica por los periodos 2021 y 2022, en el marco de la Información que el titular o representante legal de la Entidad debe presentar para designar una Sociedad de Auditoria mediante Concurso Público de Méritos, sustentado en la Ley N° 30742 – Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control y en la R.C. N° 237-2021-CG de fecha 04 de noviembre 2021 que aprueba el Tarifario de Sociedades de Auditoria. Que, la Ley N°30742 “Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control” (en adelante La Ley), tiene como objeto establecer las normas y disposición requeridas para el fortalecimiento de la Contraloría General de la república y del Sistema Nacional de Control, con la fi nalidad de modernizar, mejorar y asegurar el ejercicio oportuno, efectivo y e fi ciente del control gubernamental, así como de optimizar sus capacidades orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción. Que, así, el artículo 3 de la Ley, modi fi ca diversos artículos de la Ley 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República entre ellos el artículo 20 en los términos siguientes: Artículo 20.- Las Sociedades de auditoria, para efectos de esta ley, son las personas jurídicas cali fi cadas e independientes en la realización de labores de control posterior externo, que son designadas previo concurso público de méritos y contratadas por la Contraloría General de la república para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados fi nancieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados a las mismas. Que, las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la o fi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. Las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo de consejo regional se publican en el diario o fi cial El Peruano (…). Que, mediante Informe N° 002-2022-GRSM/GRPYP de fecha 11 de enero de 2022, emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, mediante el cual emite su opinión respecto a transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, sugiere a su Despacho continuar con los trámites pertinentes a fi n de solicitar audiencia ante el Consejo Regional para sustentar o exponer el estado situacional de la Transferencia Financiera a la Contraloría General de la República, de tal manera que en dicha Sesión, el Consejo Regional acuerde aprobar la Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, por el importe solicitado de NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 SOLES (S/.986,292,00) en el presente ejercicio fi scal. Que, mediante Memorando N° 1403-2021-GRSM/ ORA de fecha 28 de diciembre de 2021, emitido por el Jefe de la O fi cina Regional de Administración, mediante el cual solicita a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, emitir el informe previo favorable para la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República y elevar al Consejo Regional para su respectiva aprobación y posterior publicación en el diario ofi cial El Peruano. Que, mediante Informe Legal N° 016-2022-GRSM/ ORAL, de fecha 12 de enero del 2022 la O fi cina Regional de Asesoría Legal, Opina Favorablemente por la procedencia de la emisión de un Acuerdo Regional que apruebe la transferencia fi nanciera con cargo al presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría; debiendo proseguirse con el trámite correspondiente, remitiéndose al Consejo Regional de San Martín para la emisión del Acuerdo Regional y posteriormente sea publicado en el diario o fi cial El Peruano. Que, mediante Memorando Nº 021-2022-GRSM/ GGR la Gerencia General Regional remite al Consejo Regional de San Martin, el expediente administrativo sobre la Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la Republica indicando que la O fi cina Regional de Asesoría Legal, opina favorablemente por la procedencia de la emisión de un Acuerdo Regional que apruebe la transferencia fi nanciera con cargo al presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría; por el importe de NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 SOLES (S/.986,292,00) en el presente ejercicio fi scal, conforme a los detalles señalados en el Informe Nº 002-2022-GRSM/ GRPYP. Que, de conformidad con lo establecido con el artículo 39º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, de conformidad con lo establecido con el literal f) del artículo 24° del Reglamento de Consejo Regional “Convocar a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Consejo Regional de acuerdo al reglamento”,