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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (18/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Viernes 18 de febrero de 2022 El Peruano / mayo de 2021, solicitando la cancelación de su título correspondiente; Que, mediante O fi cio N° 981-2021-JUS/CN, la Presidencia del Consejo del Notariado remite a la Secretaría General, el Informe N° 100-2021-JUS/CN/ST/REGISTRO, de la Secretaría Técnica del Consejo del Notariado, con los respectivos antecedentes, a fi n de tramitar la emisión de la resolución de cancelación de título del citado Notario, documentación que se complementa con el Memorando N° 22-2022-JUS/CN; Que, de la documentación remitida, también obran el Acta de Sesión de Junta Directiva del Colegio de Notarios de Ayacucho, de fecha 02 de julio de 2021, por medio del cual se acordó nombrar a dicho colegio como administrador de los archivos notariales del notario fallecido; así como las actas de cierre de los registros; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal a) del artículo 21 del Decreto Legislativo N° 1049, modi fi cado por el Decreto legislativo N° 1232, el notario cesa por causal de muerte, por lo que, habiendo operado dicha causal, resulta necesario expedir la Resolución Ministerial de cancelación de título de Notario; Que, en estos términos, corresponde cancelar, por causal de muerte, el título del Notario del señor HONORATO ZENON OSORIO ALVARADO, del distrito de Sivia, provincia de Huanta, departamento de Ayacucho, Distrito Notarial de Ayacucho, emitido mediante Resolución Ministerial N° 243-2006-JUS, quien modificó su nombre por HONORATO ZENON PEÑA MARTINEZ, conforme a lo señalado en los considerandos precedentes; Con los vistos de la Presidencia del Consejo del Notariado y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado; el Decreto Legislativo N° 1232, Decreto Legislativo que modi fi ca diversos artículos y Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE:Artículo 1.- Cancelar, por causal de muerte, el título de Notario del distrito de Sivia, provincia de Huanta, departamento de Ayacucho, Distrito Notarial de Ayacucho, otorgado al señor HONORATO ZENON OSORIO ALVARADO mediante Resolución Ministerial N° 243-2006-JUS, quien modi fi có su nombre por HONORATO ZENON PEÑA MARTINEZ, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución al Consejo del Notariado y al Colegio de Notarios de Ayacucho, para los fi nes que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÁNGEL FERNANDO YLDEFONSO NARRO Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2040468-1 RELACIONES EXTERIORES Decreto Supremo que ratifica el Acuerdo entre la República del Perú y la República de Chile para Fortalecer la Lucha contra la Trata de Personas, el Tráfico Ilícito de Migrantes y Delitos Conexos DECRETO SUPREMO N° 005-2022-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que el “Acuerdo entre la República del Perú y la República de Chile para Fortalecer la Lucha contra la Trata de Personas, el Trá fi co Ilícito de Migrantes y Delitos Conexos” fue suscrito el 7 de julio de 2017 en la ciudad de Lima, República del Perú, y aprobado mediante la Resolución Legislativa N° 31387 del 30 de diciembre de 2021; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación interna del citado instrumento jurídico internacional; Estando al Informe (DGT) N° 035-2018; y, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 56° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el primer párrafo del artículo 2 de la Ley Nº 26647; DECRETA:Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo entre la República del Perú y la República de Chile para Fortalecer la Lucha contra la Trata de Personas, el Trá fi co Ilícito de Migrantes y Delitos Conexos” suscrito el 7 de julio de 2017 en la ciudad de Lima, República del Perú, y aprobado mediante la Resolución Legislativa N° 31387 del 30 de diciembre de 2021. Artículo 2°.- El Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario o fi cial “El Peruano”, de conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley N° 26647, el texto íntegro del referido tratado y la fecha de su entrada en vigor. Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de febrero del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República CÉSAR LANDA ARROYO Ministro de Relaciones Exteriores 2040462-4 Decreto Supremo que ratifica el Protocolo Modificatorio al Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Bolivia sobre Transferencia de Personas Condenadas y Menores Bajo Tratamiento Especial DECRETO SUPREMO N° 006-2022-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que el “Protocolo Modi fi catorio al Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Bolivia sobre Transferencia de Personas Condenadas y Menores Bajo Tratamiento Especial” fue suscrito el 3 de septiembre de 2018 en Cobija, Estado Plurinacional de Bolivia, y aprobado por Resolución Legislativa N° 31382 del 30 de diciembre de 2021; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación interna del citado instrumento jurídico internacional; Estando al Informe (DGT) N° 043-2019; y, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 56° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley Nº 26647; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el “Protocolo Modificatorio al Acuerdo entre el Gobierno de la República del