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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (18/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Viernes 18 de febrero de 2022 El Peruano / Perú y el Gobierno de la República de Bolivia sobre Transferencia de Personas Condenadas y Menores Bajo Tratamiento Especial” suscrito el 3 de septiembre de 2018 en Cobija, Estado Plurinacional de Bolivia, y aprobado por Resolución Legislativa N° 31382 del 30 de diciembre de 2021. Artículo 2°.- El Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario o fi cial “El Peruano”, de conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley N° 26647, el texto íntegro del referido tratado y la fecha de su entrada en vigor. Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de febrero del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República CÉSAR LANDA ARROYO Ministro de Relaciones Exteriores 2040462-5 Decreto Supremo que ratifica el Protocolo Modificatorio al Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República de Bolivia DECRETO SUPREMO N° 007-2022-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que el “Protocolo Modi fi catorio al Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República de Bolivia” fue suscrito el 3 de septiembre de 2018 en Cobija, Estado Plurinacional de Bolivia, y aprobado por Resolución Legislativa N° 31383 del 30 de diciembre de 2021; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación interna del citado instrumento jurídico internacional; Estando al Informe (DGT) N° 042-2019; y, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 56° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley Nº 26647; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el “Protocolo Modi fi catorio al Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República de Bolivia” suscrito el 3 de septiembre de 2018 en Cobija, Estado Plurinacional de Bolivia, y aprobado por Resolución Legislativa N° 31383 del 30 de diciembre de 2021. Artículo 2°.- El Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario o fi cial “El Peruano”, de conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley N° 26647, el texto íntegro del referido tratado y la fecha de su entrada en vigor. Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de febrero del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República CÉSAR LANDA ARROYO Ministro de Relaciones Exteriores 2040462-6Decreto Supremo que ratifica el Acuerdo de Transporte Aéreo entre la República del Perú y la República Portuguesa DECRETO SUPREMO N° 008-2022-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que el “Acuerdo de Transporte Aéreo entre la República del Perú y la República Portuguesa” fue suscrito el 26 de febrero de 2019 en la ciudad de Lisboa, República Portuguesa, y aprobado mediante la Resolución Legislativa N° 31384 del 30 de diciembre de 2021; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación interna del citado instrumento jurídico internacional; Estando al Informe (DGT) N° 040-2019; y, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 56° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el primer párrafo del artículo 2 de la Ley Nº 26647; DECRETA:Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo de Transporte Aéreo entre la República del Perú y la República Portuguesa” suscrito el 26 de febrero de 2019 en la ciudad de Lisboa, República Portuguesa, y aprobado mediante la Resolución Legislativa N° 31384 del 30 de diciembre de 2021. Artículo 2°.- El Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario o fi cial “El Peruano”, de conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley N° 26647, el texto íntegro del referido tratado y la fecha de su entrada en vigor. Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de febrero del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República CÉSAR LANDA ARROYO Ministro de Relaciones Exteriores 2040462-7 Dan término a nombramiento de Director de la Oficina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Tumbes, departamento de Tumbes RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0108-2022-RE Lima, 15 de febrero de 2022VISTA:La Resolución Viceministerial N° 0438-2021-RE, que fi ja, entre otras fechas, el 1 de marzo de 2022, como la fecha en que el entonces Consejero en el Servicio Diplomático de la República Carlos Ernesto Ortega García deberá asumir funciones de su categoría en la Embajada del Perú en la República de El Salvador; CONSIDERANDO:Que, la Resolución Ministerial N° 0293-2019- RE, nombró al entonces Consejero en el Servicio Diplomático de la República Carlos Ernesto Ortega García, como Director de la Oficina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad