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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (26/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 76

76 NORMAS LEGALES Sábado 26 de febrero de 2022 El Peruano / GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Ordenanza Regional que modifica el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo con Enfoque Multianual del Gobierno Regional Piura, aprobado con Ordenanza Regional Nº 447-2019/GRP-CR y aprueba el inicio del Proceso de Presupuesto Participativo Regional Año 2023 ORDENANZA REGIONAL Nº 469-2022/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura;POR CUANTO:De conformidad con lo establecido en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú modi fi cada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, la Ley de bases de la Descentralización – Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867 y sus modi fi catorias – Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y demás normas complementarias; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27783 - Ley Bases de Descentralización, en su artículo 17º, re fi riendo a la participación ciudadana, establece textualmente en el numeral “17.1 que los Gobiernos Regionales y Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública. (…)”; Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, modi fi cada con Ley Nº 29298, señala en su artículo 1º, que el proceso del presupuesto participativo es un mecanismo de asignación equitativa, racional, efi ciente, e fi caz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado-Sociedad Civil. Para ello los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de sus presupuestos, así como en la vigilancia y fi scalización de la gestión de los recursos públicos; Que, la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 60º establece funciones específicas de los Gobiernos Regionales y entre ellas la de formular, aprobar y evaluar las políticas en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades de su competencia; y, promover la participación ciudadana en la planificación, administración y vigilancia de los programas de desarrollo e inversión social en sus diversas modalidades, brindando la asesoría y apoyo que requieran las organizaciones de base involucradas; Que, el artículo 22º del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que el proceso presupuestario comprende las fases de Programación Multianual, Formulación, Aprobación, Ejecución y Evaluación Presupuestaria, las que se encuentran reguladas genéricamente por la presente ley y complementariamente por las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público y por las Directivas que emita la Dirección General de Presupuesto Público; Que, con Resolución Directoral Nº007-2010-EF/76.01, de fecha 12 de abril de 2010, se aprueba el Instructivo Nº001-2010-EF/76.01, denominado “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados”, que establece mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales; y en su numeral 2.2, establece como Roles del Consejo Regional en el Presupuesto Participativo: aprobar las normas complementarias que se requieran para llevar a cabo el proceso; fi scalizar el desarrollo oportuno de cada una de las fases del proceso, y velar por el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos por el Gobierno Regional; Que, la Directiva Nº 001-2021-EF/50.01, “Directiva de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria” aprobada con Resolución Directoral Nº 0005-2021EF/50.01, establece las disposiciones técnicas para que las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, así como los organismos públicos y empresas no fi nancieras de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales programen y formulen su presupuesto institucional con una perspectiva multianual, orientado al logro de los resultados priorizados establecidos en las leyes anuales de presupuesto, los resultados sectoriales y los objetivos estratégicos institucionales y sujeto a la disponibilidad de recursos para los períodos correspondientes a las mencionadas fases del proceso presupuestario; Que, con Ordenanza Regional Nº 447-2019/GRP- CR de fecha 28 de noviembre de 2019, se aprobó el Reglamento del Presupuesto Participativo Regional con enfoque Multianual del Gobierno Regional Piura para el ejercicio 2020, el mismo que consta de tres (03) títulos, treinta y siete (37) artículos y cinco (05) Disposiciones Complementarias y Finales; Que, mediante Informe Nº 026-2021/GRP-410100, de fecha 06 de diciembre de 2021, La Sub Gerencia Regional de Planeamiento, Programación e Inversión Pública, informa que en Sesión Ordinaria Nº 02-2021 CCR de fecha 26 de noviembre de 2021, el Consejo de Coordinación Regional (CCR) aprobó por unanimidad las modi fi caciones del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo con Enfoque Multianual e inicio del Proceso de Presupuesto Participativo Regional Año 2023, precisando respecto a la modi fi cación del Reglamento, lo siguiente: “1. Que el Gobierno Regional a través de sus órganos, adopte medidas extraordinarias, aplicando las nuevas tecnologías para organizar y ejecutar el Presupuesto Participativo Regional, a fi n de enfrentar el periodo de emergencia sanitaria en un contexto de pandemia y post pandemia por COVID 19, de tal forma que no se afecte la implementación, garantizando a la vez el derecho a la participación ciudadana y la salud pública de los servidores y funcionarios públicos (…) 2. Corresponde incorporar medidas en materia de género para un mejor alineamiento con la Política Nacional de Igualdad de Género (…); Que, con Informe Nº 1495-2021/GRP-460000, de fecha 30 de diciembre de 2021, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica concluye y recomienda que, en atención a la normatividad vigente y en base al Acuerdo del Consejo de Coordinación Regional, esta O fi cina Regional de Asesoría Jurídica opina que es competencia del Consejo Regional la aprobación de la modi fi cación del Reglamento del Presupuesto Participativo Regional con enfoque Multianual e inicio del Proceso de Presupuesto Participativo Regional año 2023 del Gobierno Regional Piura; Que, mediante Dictamen Nº 02-2022/GRP-CR- CPPTyATyCCNALyD, de fecha 04 de febrero del 2022, la Comisión de Plani fi cación, Presupuesto, Tributación y Acondicionamiento Territorial y la Comisión de Constitución, Normas, Asuntos Legales y Descentralización, recomienda aprobar las modi fi caciones del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo con Enfoque Multianual e inicio del Proceso de Presupuesto Participativo Regional Año 2023; Que, estando a lo acordado y aprobado, en Sesión Extraordinaria Nº 04 - 2022, celebrada el 11 de febrero del 2022, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modi fi cada por Ley Nº 27680, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, y sus modi fi catorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: