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45 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de marzo de 2022 El Peruano / Institucional de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas (www.gob.pe/acffaa). Regístrese, comuníquese y publíquese.RICARDO FRANCISCO RAMÍREZ MORENO Jefe 2046191-1 INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE Modifican la Res. Nº 006-2022-IPD/P mediante la cual se delegaron facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Instituto Peruano del Deporte durante el año fiscal 2022 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 034-2022-IPD/P Lima, 8 de marzo de 2022VISTO: Los Informes Nº 000028-2022-UL/IPD, Nº 000100-2022-UL/IPD, Nº 000147-2022-UL/IPD, Nº 000153-2022-UL/IPD y Nº 000233-2022-UL/IPD, emitidos por la Unidad de Logística; el Informe N° 000220-2022-UP/IPD, emitido por la Unidad de Personal; el Informe Nº 000011-2022-OGA/IPD y los Memorandos N° 000156-2022-OGA/IPD, N° 000245-2022-OGA/IPD, N° 000250-2022-OGA/IPD, N° 000370-2022-OGA/IPD y N° 000374-2022-OGA/IPD, emitidos por la O fi cina General de Administración; el Memorando Nº 000012-2022-GG/IPD emitido por la Gerencia General y los Informes Nº 000040-2022-OAJ/IPD y Nº 000118-2022-OAJ/IPD, emitidos por la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 7 de la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, el Instituto Peruano del Deporte (IPD) es el ente rector del Sistema Deportivo Nacional y un organismo público ejecutor, que cuenta con autonomía técnica, funcional y administrativa, constituyéndose, además, en un pliego presupuestal; Que, el literal p) del artículo 8 del Decreto Supremo N° 017-2004-PCM, Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del IPD, establece que son funciones y atribuciones del Presidente del IPD, entre otras, delegar el ejercicio de parte de sus atribuciones en funcionarios de la institución, con excepción de aquellas que le son exclusivas; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de la misma entidad; Que, mediante Resolución Directoral N° 0014-2021- EF/54.01 publicada en el diario o fi cial El Peruano el 26 de diciembre de 2021, se aprobó la Directiva N° 0005-2021- EF/54.01, “Directiva para la programación multianual de bienes, servicios y obras”, con el objeto de establecer disposiciones para que las Entidades del Sector Público u organización de la entidad programen sus necesidades de bienes, servicios y obras, por un periodo mínimo de tres (3) años, con la fi nalidad de lograr la previsión racional y trazabilidad de los bienes, servicios y obras que requieren para el cumplimiento de sus metas y objetivos estratégicos y operativos; Que, el artículo 25 del citado acto resolutivo dispone que, el Cuadro Multianual de Necesidades (CMN), es el producto fi nal de la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras (PMBSO), el cual contiene la programación de las necesidades priorizadas por la Entidad del Sector Público u organización de la entidad por un periodo mínimo de tres (03) años fi scales, para el cumplimiento de sus metas y objetivos estratégicos y operativos; Que, en cuanto a la aprobación del Cuadro Multianual de Necesidades, el numeral 24.2 del artículo 24 de la referida Resolución Directoral, precisa que es aprobado por el Titular de la Entidad u organización de la entidad, o funcionario a quien se le hubiera delegado dicha facultad, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la aprobación del PIA; Que, la O fi cina General de Administración, a través del Informe Nº 000100-2022-UL/IPD, y a fi n de dar cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 24.2 del artículo 24 de la Directiva N° 0005-2021-EF/54.01, “Directiva para la programación multianual de bienes, servicios y obras”, señala que resulta procedente, desde el punto de vista técnico, gestionar la modi fi cación de la Resolución de Presidencia Nº 006-2022-IPD/P, a fi n de que se incluya delegar en la Gerencia General, la facultad y atribución en materia de contrataciones del Estado de “aprobar las modi fi caciones del Cuadro Multianual de Necesidades- CMN”; Que, mediante Informe N° 000040-2022-OAJ/IPD, la O fi cina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable, señalando que se ha veri fi cado que las atribuciones que se proponen delegar vinculadas a la aprobación de las modi fi caciones del Cuadro Multianual de Necesidades, se encuentran acordes con lo establecido en la normativa vigente; por lo que, resulta viable la aprobación de la modi fi cación de la Resolución de Presidencia Nº 006-2022-IPD/P en dicho extremo; Que, en el marco de las citadas disposiciones legales y de acuerdo a lo recomendado por la Gerencia General mediante Memorando Nº 000012-2022-GG/IPD, resulta necesario incluir entre las facultades delegadas a la Gerencia General, la aprobación del Cuadro Multianual de Necesidades-CMN; Que, por otro lado, mediante Resolución N° 014- 2019-OSCE/PRE de fecha 29 de enero de 2019, se aprobó la Directiva N° 002-2019-OSCE/CD “Plan Anual de Contrataciones” y sus modi fi catorias, con el objeto de establecer disposiciones complementarias sobre el proceso de formulación, aprobación, publicación, modi fi cación, ejecución y seguimiento del Plan Anual de Contrataciones; siendo de obligatorio cumplimiento para todas las entidades de la Administración Pública; Que, en concordancia con el marco legal citado en el considerando precedente, la Unidad de Logística señaló mediante Informe Nº 000147-2022-UL/IPD que, “a fi n de gestionar la aprobación de las modi fi caciones del Plan Anual de Contrataciones en los plazos establecidos en la Directiva Nº 002-2019-OSCE/CD, es procedente gestionar la modi fi cación de la Resolución de Presidencia Nº 006-2022-IPD/P – Delegación de facultades en diversos funcionarios del IPD durante el año fi scal 2022, con la fi nalidad de delegar a la Gerencia General la facultad y atribución en materia de contrataciones del Estado – Aprobación del Plan Anual de Contrataciones y sus modi fi catorias”; Que, mediante Memorando Nº 000245-2022-OGA/ IPD, la O fi cina General de Administración traslada el Informe Nº 000147-2022-UL/IPD elaborado por la Unidad de Logística, no formulando observaciones para la prosecución del trámite de delegación de facultades para la Gerencia General; Que, mediante Informe N° 000118-2022-OAJ/ IPD, la O fi cina de Asesoría Jurídica emite opinión complementaria, señalando que, en mérito al marco normativo sobre la materia y conforme a lo indicado por la Unidad de Logística, resulta jurídicamente viable delegar a la Gerencia General del IPD la aprobación del Plan Anual de Contrataciones y sus modi fi caciones; Que, en el marco de las disposiciones legales en materia de contrataciones del Estado y de acuerdo a lo sustentado por la O fi cina General de Administración a través del Informe Nº 000147-2022-UL/IPD, resulta necesario incluir entre las facultades delegadas a la Gerencia General, la aprobación del Plan Anual de Contrataciones y sus modi fi caciones; Que, por otro lado, el numeral 9 del artículo 13 de la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, establece como función del Presidente del Instituto