Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2022 (09/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 46

46 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de marzo de 2022 El Peruano / Peruano del Deporte “[a]ceptar las donaciones […] de personas naturales, jurídicas, instituciones nacionales o extranjeras”; Que, el artículo 1 de la Directiva N° 0004-2021- EF/54.01, “Directiva para la gestión de almacenamiento y distribución de bienes muebles”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 0011-2021-EF/54.01 y sus modi fi catorias, establece que la misma tiene por objeto “establecer los procedimientos y actividades para la organización y gestión del almacenamiento, las operaciones de asignación y el traslado de bienes muebles a los usuarios fi nales”; Que, el numeral 9.4 del artículo 9 de la Directiva N° 0006-2021-EF/54.01 “Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 0015-2021-EF/54.01 y sus modi fi catorias, establece que “[l]a decisión del donatario por la cual se acepta la donación es emitida, mediante resolución, por el Titular de la Entidad u Organización de la Entidad, o al funcionario que se delegue. Dicha resolución contiene como mínimo la descripción del bien mueble, su valor y dispone la incorporación del bien mueble al patrimonio, así como la suscripción del Acta de Entrega – Recepción, conforme al Anexo N° 02”; Que, las disposiciones normativas de habilitación para la delegación de facultades prevista en el TUO de la Ley N° 27444 y el Reglamento de Organización y Funciones del IPD señalados supra, guardan concordancia con las Directivas N° 0006-2021-EF/54.01 y N° 0004-2021-EF/54.01, vinculadas al Sistema Nacional de Abastecimiento; por lo que, en aplicación del marco normativo expuesto en los considerandos precedentes, resulta viable incluir en la modi fi cación de delegación de facultades para la Gerencia General, la aceptación de bienes en donación; Que, por otro lado, el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, establece que “[e]l Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos —en lo sucesivo, el Sistema— establece, desarrolla y ejecuta la política de Estado respecto del servicio civil; y, comprende el conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades del sector público en la gestión de los recursos humanos”; Que, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 040-2014- PCM, Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, establece que “[c]ada Entidad contará con una O fi cina de Recursos Humanos, o la que haga sus veces, la cual podrá ser otro órgano de apoyo de aquella y se encuentra a cargo de un directivo cuya función principal consiste en el cumplimiento de actividades especializadas en recursos humanos […]”; Que, al respecto, la O fi cina General de Administración a través del Informe N° 000220-2022-UP/IPD concluye que “[considera] viable incluir la delegación de facultades contenidos en los literales b), c) y d) del numeral 2.5 del artículo 2° de la Resolución de Presidencia No 006-2022-IPD/P, para la Unidad de Personal”, recomendando continuar con el trámite de modi fi cación de la Resolución de Presidencia N° 006-2022-IPD/P; Que, mediante Informe N° 000118-2022-OAJ/ IPD, la O fi cina de Asesoría Jurídica emite opinión complementaria, señalando que, en mérito al marco normativo sobre la materia y conforme a lo indicado por la Unidad de Personal, resulta jurídicamente viable delegar a la Unidad de Personal las facultades contenidas en los literales b), c) y d) del numeral 2.5 del artículo 2° de la Resolución de Presidencia Nº 006-2022-IPD/P; Que, en el marco de las disposiciones legales en materia de personal y de acuerdo a lo sustentado por la Ofi cina General de Administración y la O fi cina de Asesoría Jurídica, resulta necesario incluir para la Unidad de Personal del Instituto Peruano del Deporte, las facultades contenidas en los literales b), c) y d) del numeral 2.5 del artículo 2° de la Resolución de Presidencia Nº 006-2022-IPD/P, “Delegan facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Instituto Peruano del Deporte”; De conformidad a las facultades previstas en la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte y sus modi fi catorias; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; el Decreto Supremo N° 018-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte; el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano del Deporte, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2004 y sus modi fi catorias; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Directiva N° 0005-2021-EF/54.01, “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras”, aprobado por Resolución Directoral N° 0014-2021-EF/54.01; la Directiva N° 002-2019-OSCE/CD, “Plan Anual de Contrataciones”, aprobada por Resolución N° 014-2019-OSCE/PRE y sus modi fi catorias; la Directiva N° 0004-2021-EF/54.01, “Directiva para la gestión de almacenamiento y distribución de bienes muebles”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 0011-2021-EF/54.01 y sus modi fi catorias; y la Directiva N° 0006-2021-EF/54.01, “Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento”, aprobada por Resolución Directoral N° 0015-2021-EF/54.01; y, Contando con el visto de la Unidad de Logística, de la Unidad de Personal, de la O fi cina General de Administración, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi cación de delegación de facultades Modi fi car los artículos 1, 2 y 4 de la Resolución de Presidencia Nº 006-2022-IPD/P, “Delegan facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Instituto Peruano del Deporte”, de fecha 07 de enero de 2022; el mismo que queda redactado como se detalla a continuación: “Artículo 1.- Delegación a la Gerencia General Delegar en el/la Gerente General del Instituto Peruano del Deporte, las siguientes facultades y atribuciones: 1.1. En materia presupuestalAprobar y/o formalizar las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional y programático que correspondan al Titular del Pliego, así como las que se requieran en el período de regularización. 1.2. En materia administrativa Aprobar, modi fi car, derogar directivas, manuales o cualquier otro instrumento normativo que regule los actos de administración interna, con la fi nalidad de optimizar las actividades de todas las unidades de organización del Instituto Peruano del Deporte, salvo aquellas que por norma expresa le corresponda a alguna unidad de organización. Tratándose de materias técnico-deportivas, el instrumento que corresponda será aprobado y/o contará con la previa conformidad del Presidente del Instituto Peruano del Deporte a propuesta de los órganos de línea, en el marco de sus competencias y conforme a la normativa vigente. 1.3. En materia de contrataciones del Estadoa) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades – CMN y sus modi fi caciones. b) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones del Instituto Peruano del Deporte y sus modi fi caciones. 1.4. En materia de aceptación de donacionesAceptar las donaciones a las que hace referencia el numeral 9 del artículo 13 de la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte. Artículo 2.- Delegación a la jefatura de la O fi cina General de Administración Delegar en el/la Jefe(a) de la O fi cina General de Administración del Instituto Peruano del Deporte, las siguientes facultades y atribuciones: