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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2022 (09/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 62

62 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de marzo de 2022 El Peruano / Oncológica (SEG96); iii) Traumatología y Ortopedia Infantil (SEG101); iv) Oncología Preventiva (SEG104); y v) Cuidados Intensivos y Emergencias Cardiovasculares (SEG106). Con Titulo de segunda especialidad profesional en la subespecialidad de: ii) Ortopedia Oncológica (SEG96); iii) Traumatología y Ortopedia Infantil (SEG101); iv) Oncología Preventiva (SEG104); y v) Cuidados Intensivos y Emergencias Cardiovasculares (SEG106). 16 Presentado mediante RTD N° 073028-2021 del 21 de diciembre del 2021. 17 La Universidad señaló en el documento “TRANS-SEGEN-UPCH-2021- CU-0980”, que su Unidad de Posgrado y Especialización y, su O fi cina Universitaria de Gestión de la Calidad, han realizado una revisión a detalle de la denominación de los títulos de las setenta (70) segundas especialidades involucradas en la presente SMLI, debido a que contenían errores en algunas denominaciones de los títulos de segunda especialidad profesional que otorga la Facultad de Medicina. 18 Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD.Artículo 31.- Supuestos de modi fi cación de licencia institucional (…) 31.4 De la misma forma que el procedimiento de licenciamiento institucional, los procedimientos de modi fi cación de licencia previstos en el presente artículo son de evaluación previa y se encuentran sujetos al silencio administrativo negativo. 2046244-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Expresan reconocimiento y felicitación a integrantes de la Secretaría Técnica del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000075-2022-CE-PJ Lima, 7 de marzo del 2022VISTO:El O fi cio N° 000003-2022-P-ETIIOC-PJ cursado por el señor Héctor Enrique Lama More, Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil. CONSIDERANDO:Primero. Que, el señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil pone en conocimiento de este Órgano de Gobierno, la necesidad de expresar reconocimiento y felicitación a los integrantes del citado Equipo Técnico por haber cumplido con las metas trazadas en su plan de actividades del año 2021. Segundo. Que, asimismo, mediante Informe N° 000063-2021-ST-ETIIOC-CE-PJ la Secretaría del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil concluye que, a pesar de las di fi cultades presentadas en el año 2021, se ha cumplido con las metas trazadas en su plan de actividades; lo cual se ha logrado al seguir trabajando usando los medios de comunicación telefónica y de redes sociales; así como los medios tecnológicos para poder estar en contacto con las Cortes Superiores de Justicia, supervisando y monitoreando virtualmente, para de esta manera cumplir con el fortalecimiento de la institución. Asimismo, que el referido Equipo Técnico ha logrado resultados satisfactorios en el presente año, dentro de los cuales se encuentra la implementación del modelo de la oralidad civil en diez Cortes Superiores de Justicia; así como también se realizaron visitas de monitoreo a las Cortes Superiores implementadas con su módulo; y se realizaron actividades de capacitación. Del mismo modo, se emitieron veinte programas de oralidad en los procesos civiles y se elaboraron tres boletines informativos del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, entre otras actividades. Tercero. Que, estando a lo expuesto por el señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil y teniendo en consideración que es política de este Órgano de Gobierno reconocer el desempeño de jueces/zas y servidores/as de este Poder del Estado, en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales y/o administrativas, conforme a lo previsto en el artículo 233° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; así como en el ejercicio de la facultad conferida en el artículo 82°, inciso 26), del mismo cuerpo legal, que determina como una de las funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, adoptar acuerdos y medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia, corresponde emitir el acto administrativo correspondiente. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 072- 2022 de la cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 3 de febrero de 2022, realizada con la participación de los señores y señora Barrios Alvarado, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo y Espinoza Santillán, sin la intervención de la señora Medina Jiménez por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Expresar reconocimiento y felicitación a los siguientes integrantes de la Secretaría Técnica del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, por su labor y compromiso en el fortalecimiento institucional: Nombre y Apellidos Cargo Renato Emmanuel Arista VillanuevaSecretario Técnico del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil Omar Wilfredo Massa DueñasGestor Administrativo del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil Jackeline Milagros Cubas PashanasiResponsable del Componente de Capacitación y Normativo Rosario Alejandra Velásquez AlvaIntegrante del Componente de Capacitación y Normativo Raúl Lennyn Sánchez ToribioResponsable del Componente de Monitoreo y Evaluación Elizabeth Nancy Huamán TolentinoIntegrante del Componente de Monitoreo y Evaluación Lucy Montenegro RojasAsistente del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Equipo Técnico institucional de Implementación de la Oralidad Civil; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2046117-1