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47 NORMAS LEGALES Domingo 13 de marzo de 2022 El Peruano / de la Municipalidad Distrital Punta Negra (www. munipuntanegra.gob.pe) y a la Secretaría General e Imagen Institucional su difusión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JULIA IBET TATAJE TABOADA Alcalde 2047476-1 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Aprueban incorporación de dos procedimientos administrativos referidos a Licencia provisional de Funcionamiento para bodegas y Licencia de Funcionamiento para cambio de giro, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad de San Luis, a fin de adecuarse a disposiciones del D.S Nº 200-2020-PCM ORDENANZA Nº 327-MDSL/C San Luis, 28 de febrero de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de San Luis, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTOS: El Informe Nº 025-2022-SGDEL/GPES de la Sub Gerencia de Desarrollo Empresarial y Licencias, Memorándum Nº 162-2022-GPEP-MDSL de la Gerencia de Planeamiento Estratégico y Presupuesto, el Informe Nº 073-2022-MDSL/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 012-2022-MDSL-GM de la Gerencia Municipal y el Proveído Nº 134-2022-MDSL-AL del Despacho de Alcaldía y; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú reconoce en sus artículos 194º y 195º la autonomía política, económica y administrativa a los Gobiernos Locales en los asuntos de su competencia, y que promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los concejos municipales ejercen sus funciones de Gobierno, mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; concordante con el artículo 40 del mismo cuerpo de leyes que señala que las ordenanzas, “son los normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa”; Que, mediante Ordenanza Nº 278-MDSL, de fecha 11 de septiembre del año 2019, se aprobaron los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad relacionados a licencias de funcionamiento e inspecciones técnicas de seguridad en edi fi caciones, de la Municipalidad Distrital de San Luis, requisitos y costos de los derechos de tramitación fueron rati fi cados por Acuerdo de Concejo Nº 235 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, de fecha 17 de octubre de 2019;Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1497, establece medidas para promover y facilitar condiciones regulatorias que contribuyan a reducir el impacto en la economía peruana por la emergencia sanitaria producida por el COVID – 19, cuyo artículo 2 modi fi ca los artículos 2, 3 y los numerales 8.1 y 8.2 del artículo 8 de la Ley Nº 28976, con el fi n de propiciar la recuperación económica del país mediante la reducción de exigencias administrativas para la obtención de la licencia de funcionamiento; Que, la Ley Nº 28976 - Ley Marco de Licencia de Funcionamiento establece el marco jurídico aplicable al procedimiento para el otorgamiento de licencia de funcionamiento expedida por las municipalidades; Que, con Decreto Supremo Nº 200-2020-PCM, se aprueban doce (12) procedimientos administrativos estandarizados, que comprende once (11) procedimientos para la licencia de funcionamiento y uno (1) para el otorgamiento de la licencia provisional de funcionamiento de bodegas. Para tal efecto, el Artículo 3º de la norma en comento aprueba veinte (20) tablas ASME-VM modelo, con los fl ujos óptimos para la adecuada tramitación de los procedimientos estandarizados. Del mismo modo, el numeral 5.1 del Artículo 5º de la misma norma, establece que las municipalidades distritales deberán incorporar en sus TUPA los procedimientos administrativos estandarizados de licencia de funcionamiento y de licencia provisional de funcionamiento para bodegas; Que, este proceso comprende la sustitución o reemplazo de la información de los procedimientos administrativos que cada municipalidad hubiese aprobado y/o modi fi cado en su TUPA en forma previa a la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, encontrándose obligada a utilizar la información prevista en los Anexos Nº 01 y 02; Que, en el artículo 18º de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, se dispone que, para el caso de los gobiernos locales, toda Incorporación de Procedimientos Administrativos el TUPA debe ser aprobados a través de Ordenanza; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 53.7 del Artículo 53º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado mediante D.S. 004-2019-JUS, Mediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas, siguiendo lo previsto en el numeral anterior, se pueden aprobar los derechos de tramitación para los procedimientos estandarizados, que son de obligatorio cumplimiento por parte de las entidades a partir de su publicación en el Diario O fi cial, sin necesidad de realizar actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos; Que, el numeral 12 del artículo 20 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de San Luis, aprobado con mediante la Ordenanza Nº 289-MDSL/C, publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” con fecha 06.02.2020, establece como funciones de la Gerencia de Planeamiento Estratégico y Presupuesto la de “Formular y evaluar los documentos de Gestión Institucional: (…) Texto único de Procedimientos Administrativos”; Que, con Informe Nº 025-2022-MDSL-SGDEL- GPES, de la Sub Gerencia de Desarrollo Empresarial y Licencias, en el marco de lo establecido en el Decreto Supremo Nº 200-2020-PCM, que aprobó los doce (12) procedimientos administrativos estandarizados, que comprende once (11) procedimientos para la licencia de funcionamiento y uno (01) para el otorgamiento de la licencia provisional de funcionamiento para bodegas, por lo que, en el marco de lo indicado, remite el proyecto de Ordenanza que aprueba INCORPORAR en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipal Distrital de San Luis los procedimientos de Licencia provisional de Funcionamiento para bodegas y Licencia de Funcionamiento para cambio de giro; Que, Memorándum Nº 162-2022-MDSL-GPEP de la Gerencia de Planeamiento Estratégico y Presupuesto, informa que la propuesta de incorporación en el TUPA de la Municipalidad, de los dos (02) procedimientos administrativos para la licencia de funcionamiento, tiene