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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 2022 (13/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 58

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Domingo 13 de marzo de 2022 El Peruano / sean susceptibles de incorporación al patrimonio de las entidades del Sector Público que se encuentran bajo el ámbito del Sistema Nacional de Abastecimiento; Que, mediante Carta de Donación (Documento Simple N° 172588-2021) de 10 de diciembre de 2021, los señores Gabriel Andrés Chang Chang y Rafael del Águila Gabancho, apoderados del Banco Pichincha Perú, expresan a la Municipalidad Metropolitana de Lima, su voluntad de donar un vitral emplomado que contiene la obra artística diseñada por el arquitecto Pablo Emiliano Mora Ordóñez; Que, se trata de un vitral emplomado, para que esté ubicado en la Pinacoteca Municipal “Ignacio Merino”, sito en Jr. Ru fi no Torrico, cuadra 11, Plaza Francia, Cercado de Lima, el cual se encuentra valorizado en USD $ 10,000.00 (Diez Mil 00/100 dólares americanos), cuyos detalles se describen en el cuadro seguido; propuesto en donación por el Banco Pichincha Perú: CANTIDAD TIPO DE BIENCARACTERÍSTICAS DEL BIENESTADO VALOR 1 VitralVitral emplomado, que consta de 4 divisiones: 256.4 cm de alto por 90.5 cm de ancho. 257.3 cm de alto por 90.5 cm de ancho. 256.6 cm de alto por 92.5 cm de ancho. 255.7 cm de alto por 92.5 de ancho.Nuevo 10,000 USD Que, a través del Informe N° D000007-2022-MML- GC-SPCAVMB de 13 de enero de 2022, la Subgerencia de Patrimonio Cultural, Artes Visuales, Museos y Bibliotecas remite el Informe N° D000001-2022-MML-GC-SPCAVMB-EPMIM de 12 de enero de 2022, de la Responsable de la Pinacoteca Municipal “Ignacio Merino”, con el cual, entre otros, concluye: i) Dar conformidad a la propuesta de donación de un vitral emplomado, toda vez que se ha recibido por parte de la empresa donante la documentación requerida para dar inicio al trámite de aceptación de donación; y, ii) Aceptar la donación de un vitral emplomado, a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima el que estará ubicado en la Pinacoteca Municipal “Ignacio Merino”, Jr. Ru fi no Torrico 1176 en el distrito del Cercado de Lima; valorizado en 10,000 USD, cuyo cambio a soles al 12 de enero de 2022, según cotización del Banco Central de Reserva del Perú sería S/ 38,900.00 (Treinta y Ocho Mil Novecientos con 00/100 Soles); Que, con Memorando N° D000060-2022-MML-GP de 25 de enero de 2022, la Gerencia de Plani fi cación remite el Informe N° D000011-2022-MML-GP-SCTI de 25 de junio de 2021, elaborado por la Subgerencia de Cooperación Técnica Internacional, considerando que se ha cumplido con los requisitos de la Directiva N° 002-2020-MML/GP, por lo que opina por la procedencia de la donación; Que, la donación es una fi gura jurídica mediante la cual el donante se obliga a transferir la propiedad de un bien, sin recibir contraprestación a cambio; por lo que se trata de un contrato a título gratuito; en el presente caso, se trata de un vitral materia de donación que para ser considerado obra fi nal requiere su instalación total en la Pinacoteca Municipal “Ignacio Merino”; lo que se condice con lo expuesto por su autor Pablo Emiliano Mora Ordóñez, el cual señala que la obra se culminaría con su armado e instalación en la Pinacoteca Municipal “Ignacio Merino” (el tiempo de instalación es de 48 horas, tal como lo detalla su autor), siendo el vitral materia de donación un bien futuro a la fecha. Por lo que, conforme al Artículo 1410 del Código Civil Peruano, cuando la obligación creada por el contrato recae sobre un bien futuro, el compromiso de entrega queda subordinado a su existencia posterior;Que, en esa línea, se advierte que el vitral materia de donación es un acto lícito y físicamente posible, por cuanto se aprecia que existe la voluntad del Banco Pichincha Perú, de realizar la donación; por lo que es viable aceptar la donación del vitral emplomado que contiene la obra artística diseñada por el arquitecto Pablo Emiliano Mora Ordóñez, sujeto a la condición suspensiva de que llegue a tener existencia, surtiendo plenos efectos a la entrega de la obra artística en físico, es decir a su armado e instalación en la Pinacoteca Municipal “Ignacio Merino”; Que, el numeral 5.5.3 de la Directiva N° 002-2020-MML- GP establece que en caso de las donaciones iguales o mayores a cinco (05) UIT, la Secretaría General del Concejo, dispondrá la publicación del Acuerdo de Concejo en el Diario O fi cial “El Peruano”, con cargo a los Centros de Costo de los Órganos bene fi ciarios para que asuman el costo de dicha publicación; Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos a través del Informe N° D000097-2022-MML-GAJ de 2 de febrero de 2022, concluye entre otros que: i) De acuerdo al Código Civil, es factible la donación de bienes futuros, sujeto a la condición suspensiva de que lleguen a tener existencia; por lo que resulta conforme a la normativa vigente que el Concejo Metropolitano mediante Acuerdo de Concejo, acepte la donación a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, consistente en un vitral emplomado que contiene la obra artística diseñada por el arquitecto Pablo Emiliano Mora Ordóñez, sujeta a la condición suspensiva de que llegue a tener existencia, surtiendo plenos efectos a la entrega de la obra artística en físico, es decir a su armado e instalación en la Pinacoteca Municipal “Ignacio Merino”, conforme al sustento técnico de la Subgerencia de Cooperación Técnica Internacional perteneciente a la Gerencia de Plani fi cación; Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según los Artículos 9 y 41 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, de conformidad con lo opinado por las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Legales y de Asuntos Económicos y Organización, en sus Dictámenes Nº 005-2022-MML-CMAL y Nº 010-2022-MML/CMAEO de fechas 24 y 25 de febrero de 2022, respectivamente; el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta; ACORDÓ:Artículo 1. Aceptar la donación por parte del Banco Pichincha Perú a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, consistente en un vitral emplomado que contiene la obra artística diseñada por el arquitecto Pablo Emiliano Mora Ordóñez, para que este ubicado en la Pinacoteca Municipal “Ignacio Merino”, sito en Jr. Ru fi no Torrico, cuadra 11, Plaza Francia, Cercado de Lima, la cual se encuentra valorizada en USD $ 10,000.00 (Diez Mil 00/100 dólares americanos), con un valor en moneda nacional, ascendente a S/ 38,900.00 (Treinta y Ocho Mil Novecientos con 00/100 Soles), sujeto a la condición suspensiva de que llegue a tener existencia física. Artículo 2. La donación a que hace referencia el Artículo 1, surtirá efectos a la entrega de la obra artística en físico, es decir a su armado e instalación en la Pinacoteca Municipal “Ignacio Merino”, por parte del donante a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo 3. Encargar a la Secretaría General del Concejo, la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación, la publicación del presente Acuerdo en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 2047516-3