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60 NORMAS LEGALES Sábado 19 de marzo de 2022 El Peruano / su transferencia conforme al numeral 16.3 del artículo 16 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2022. Artículo 4.- Monitoreo, seguimiento y cumplimiento Disponer que la O fi cina de Administración realice el monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se trans fi eren los recursos al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Artículo 5.- Publicación.Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (www.gob.pe/sunarp), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. HAROLD MANUEL TIRADO CHAPOÑAN Superintendente NacionalSede Central – SUNARP 2049807-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Autorizan viaje de magistrados de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa y de Cajamarca, para que participen en el Curso Especial de Redacción de Sentencias, a realizarse en Puerto Rico PRESIDENCIA DEL CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000019-2022-P-CE-PJ Lima, 7 de marzo del 2022VISTO: El O fi cio Nº 000144-2022-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial, por el cual remite el cálculo de gasto por assist card para el viaje del señor Roger Pari Taboada y la señora Sandra Milagros Sosa Alarcón, Juez Superior y Jueza Especializada de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa y Cajamarca, respectivamente, en la capacitación presencial que se llevará a cabo en la ciudad de San Juan, Puerto Rico. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Corrida N° 000022-2022-P-PJ, la Presidencia del Poder Judicial designó al señor Roger Pari Taboada, Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; y a la señora Sandra Milagros Sosa Alarcón, Jueza Especializada de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, para que participen en la capacitación presencial que se llevará a cabo en la ciudad de San Juan, Puerto Rico. Segundo. Que, asimismo, en la citada resolución se dispuso que la Gerencia General del Poder Judicial remita el cálculo de gastos respectivos que no cubra la institución auspiciadora; y estando a la información de la referida dependencia, es menester expedir el acto administrativo correspondiente. Tercero. Que resulta de interés para este Poder del Estado participar en certámenes en el que jueces y juezas puedan adquirir conocimientos, intercambiar experiencias e información, lo que contribuirá a mejorar el servicio de administración de justicia.En consecuencia, la Presidenta del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus facultades delegadas mediante Resolución Administrativa N° 003-2009-CE-PJ; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Roger Pari Taboada, Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; y de la señora Sandra Milagros Sosa Alarcón, Jueza Especializada de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, para que participen en el Curso Especial de Redacción de Sentencias, que se llevará a cabo en la ciudad de San Juan, Puerto Rico; concediéndoseles licencia con goce de haber del 20 al 26 de marzo del año en curso. Artículo Segundo.- Los gastos de assist card estarán a cargo de la Unidad Ejecutora de la Gerencia General del Poder Judicial, de acuerdo al siguiente detalle: - Roger Pari Taboada US$ 49.00 dólares americanos. - Sandra Milagros Sosa Alarcón US$ 49.00 dólares americanos. Artículo Tercero.- Los mencionados juez y jueza deberán presentar un informe a este despacho, en forma individual, en un plazo no mayor de diez días posteriores a la conclusión del referido certamen, que deberá contener: i) Copia del certi fi cado o documento que acredite la participación o aprobación según corresponda; ii) Material bibliográ fi co en físico o CD, para remitirlo al Centro de Investigaciones Judiciales; iii) En caso sea pertinente presentarán la ponencia realizada en la actividad de capacitación, para su difusión a través del Centro de Investigaciones Judiciales; iv) Propuestas y recomendaciones generadas a partir de la capacitación recibida; y v) Realizar réplicas y difundir, de ser necesario, a través del Centro de Investigaciones Judiciales y la Unidad Administrativa de cada Corte Superior. Artículo Cuarto.- El cumplimiento de la presente resolución no exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa y Cajamarca, juez y jueza designados, Centro de Investigaciones Judiciales; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2049797-1 Imponen la medida disciplinaria de destitución a Juez de Paz de Única Nominación del distrito de Santiago de Cao, provincia de Ascope, Corte Superior de Justicia de La Libertad QUEJA ODECMA N° 133-2014-LA LIBERTAD Lima, quince de setiembre de dos mil veintiuno.- VISTA: La Queja ODECMA número ciento treinta y tres guión dos mil catorce guión La Libertad, que contiene la propuesta de destitución del señor Santiago Fernández Segura por su actuación como Juez de Paz de Única Nominación del Distrito de Santiago de Cao, Provincia de Ascope, Corte Superior de Justicia de La Libertad, remitida por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolución número veintitrés del veinticinco de septiembre de dos mil veinte; de fojas novecientos dos a novecientos ocho.