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55 NORMAS LEGALES Sábado 19 de marzo de 2022 El Peruano / los requisitos establecidos en la Resolución Presidencial N° 197-2013-SERNANP; Que, en ese sentido, la Dirección de Desarrollo Estratégico recomienda aprobar el Plan Maestro de la Reserva Nacional Allpahuayo Mishana, periodo 2022-2026, así como rati fi car la zoni fi cación y la delimitación de la zona de amortiguamiento que se encuentra de fi nida en la memoria descriptiva y en el mapa base contenidas en dicho Plan Maestro; Con las visaciones de la Dirección de Desarrollo Estratégico, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General, y; De conformidad con las atribuciones conferidas en el literal m) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2008-MINAM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el Plan Maestro de la Reserva Nacional Allpahuayo Mishana, periodo 2022-2026, como documento de plani fi cación de más alto nivel de la referida Área Natural Protegida, cuyo texto se encuentra contenido en el Anexo 1, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Ratifi car la zoni fi cación y delimitación de la Zona de Amortiguamiento de la Reserva Nacional Allpahuayo Mishana, de acuerdo a la memoria descriptiva y mapa base contenidos en el Anexo 1 de la presente Resolución. Artículo 3°. - Encargar a la Jefatura de la Reserva Nacional Allpahuayo Mishana, velar por la implementación del referido Plan Maestro. Artículo 4º.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el portal institucional del SERNANP: www.gob.pe/sernanp., en el cual, además deberá publicarse el texto del Plan Maestro. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ DEL CARMEN RAMÍREZ MALDONADO Jefe 2048715-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Resolución de Superintendencia referida a la declaración y pago de aportes a la ONP como consecuencia de nulidades de afiliación al Sistema Privado de Pensiones RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 000039-2022/SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA REFERIDA A LA DECLARACIÓN Y PAGO DE APORTES A LA ONP COMO CONSECUENCIA DE NULIDADES DE AFILIACIÓN AL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES Lima, 16 de marzo de 2022CONSIDERANDO:Que mediante la Resolución de Superintendencia N° 105-2001/SUNAT se establece que, en los casos de nulidad de a fi liación al Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (SPP), la Administradora Privada de Fondos de Pensiones (AFP) debe efectuar la declaración y el pago de la devolución al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) de los aportes obligatorios al SPP y de la regularización de aportes a la O fi cina de Normalización Previsional (ONP) a través del Formulario Virtual N° 0605, el cual debe ser presentado en la o fi cina de la SUNAT que corresponda al domicilio fi scal de la AFP; Que con la Resolución de Superintendencia N° 335- 2017/SUNAT se crea el servicio Mis declaraciones y pagos como parte de SUNAT Operaciones en Línea, el cual permite presentar algunas declaraciones determinativas, pagar los tributos respectivos y realizar consultas sobre las declaraciones presentadas y pagos efectuados; por lo que, a fi n de continuar con la política de masi fi cación de servicios no presenciales y dada las facilidades que ofrece el servicio en mención, se ha considerado conveniente disponer que a través de este se realice la presentación del Formulario Virtual N° 0605 y, atendiendo a ello, regular el pago de los conceptos que la AFP declara en este formulario virtual, así como actualizar el anexo de la Resolución de Superintendencia N° 105-2001/SUNAT para, entre otros, agregar las causales de nulidad de afi liación al SPP incorporadas por la Resolución SBS N° 2100-2021; En uso de las facultades conferidas por los artículos 29 y 88 del Código Tributario, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado por el Decreto Supremo N° 133-2013-EF; el artículo 12 del Decreto Supremo N° 039-2001-EF; el artículo 5 de la Ley N° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT; el artículo 11 del Decreto Legislativo N° 501, Ley General de la SUNAT y el inciso k) del artículo 8 del Documento de Organización y Funciones Provisional de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 000065-2021/SUNAT; SE RESUELVE:Artículo 1. Referencia Para efecto del presente dispositivo se entiende por resolución a la Resolución de Superintendencia N° 105-2001/SUNAT, que regula la declaración y pago de aportes a la ONP como consecuencia de nulidades de a fi liación al Sistema Privado de Pensiones. Artículo 2. Modi fi caciones de la resolución Modifíquese los artículos 3, 4 y 5 de la resolución, en los términos siguientes: “Artículo 3.- FORMA Y CONDICIONES PARA LA PRESENTACIÓN DEL FORMULARIO VIRTUAL N° 0605 3.1. El Formulario Virtual N° 0605 se presenta a través de SUNAT Virtual, para lo cual la AFP debe: a) Ingresar al servicio Mis declaraciones y pagos, habilitado en SUNAT Operaciones en Línea, utilizando el número de RUC, el código de usuario y la clave SOL de fi nidos en los incisos d) y e) del artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N° 109-2000/SUNAT. b) Ubicar el Formulario Virtual N° 0605, indicar el período tributario correspondiente e importar el archivo plano elaborado teniendo en cuenta las siguientes consideraciones técnicas: i) El archivo plano se genera de acuerdo con la estructura e instrucciones señaladas en el anexo de la presente resolución de superintendencia. ii) Los datos en el archivo plano deben estar delimitados por el carácter de separación (pipe) “ | “. iii) El archivo plano debe tener el nombre “0605NULSSP.TXT” y, para su importación, debe estar comprimido en formato ZIP y tener el nombre “0605RRRRRRRRRRRAAAAMM.ZIP”, en donde RRRRRRRRRRR es el RUC de la AFP, AAAA es el año a cuatro dígitos correspondiente al período de la declaración y MM, es el mes a dos dígitos correspondiente al período de la declaración. 3.2. Para cancelar el importe a pagar determinado en el Formulario Virtual N° 0605 a través del servicio Mis declaraciones y pagos, se puede optar por alguna de las siguientes modalidades: