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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2022 (19/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 52

52 NORMAS LEGALES Sábado 19 de marzo de 2022 El Peruano / que participen en Ferias Internacionales que son señaladas en su Informe, las cuales fueron programadas durante el periodo de exoneración y que producto de la COVID 19 han seguido sufriendo postergaciones y fueron prepagadas total o parcialmente; Que, conforme al literal f) del artículo 22 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ, corresponde a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, conducir y supervisar el proceso de formulación y actualización de políticas, directivas, procedimientos, manuales y otros documentos necesarios para la gestión institucional; Que, a través de los documentos de Vistos, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable respecto a la propuesta realizada por la Subdirección de Promoción Comercial; y en consecuencia recomienda (i) aprobar como medida excepcional y transitoria, descuentos adicionales a los establecidos en la Carta de Servicios de PROMPERÚ, para el Servicio N° 1: Participación en Ferias Internacionales de Exportaciones, Sección: Dirección de Promoción de las Exportaciones, los cuales se aplicarán para las Ferias Internacionales de Exportaciones que se realicen en el periodo comprendido del 1 de abril al 31 de diciembre de 2022, según el esquema gradual propuesto; y, asimismo, recomienda (ii) aprobar como medida excepcional y transitoria, la excepción del requisito de “pago de la cuota de participación” a las empresas que deseen participar en alguna de las ferias citadas en el Anexo N° 1 adjunto al presente, siendo que las mismas fueron programadas para realizarse en los ejercicios 2020 y 2021; sin embargo, por motivos de la Pandemia, fueron reprogramadas para fechas posteriores al primer trimestre del ejercicio 2022; Que, a través del documento de Vistos, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina de manera favorable a la recomendación realizada por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, atendiendo a que la misma ha sido realizada según las pautas señaladas en la Carta de Servicios; Que, el Decreto Supremo N° 088-2001-PCM, faculta a las Entidades del Sector Público a desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, precisándose en su artículo 2 que el Titular de la Entidad, mediante Resolución, establecerá la descripciones de los bienes y servicios objeto de comercialización por parte de la Entidad, entre otros; estableciéndose que toda modi fi cación a dicha resolución, deberá aprobarse por Resolución del Titular y publicarse en el diario o fi cial El Peruano; Que, mediante el literal a) del numeral 1.1. del artículo 1 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 003-2022-PROMPERÚ/PE, se delega al Gerente General la facultad de “ aprobar las directivas, manuales, políticas internas, procedimientos, incluyendo la Carta de Servicios de la Entidad, sus modi fi catorias, y otros documentos necesarios para la gestión institucional ”; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; el Decreto Supremo N° 088-2011-PCM; el literal g) del artículo 15 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ, aprobado por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 060-2019-PROMPERÚ/PE, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 003-2022-PROMPERÚ/PE y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 121-2021-PROMPERU/PE; Con el visto bueno de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, de la Subdirección de Promoción Comercial, y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar como medida excepcional y transitoria, descuentos adicionales a los establecidos en la Carta de Servicios de PROMPERÚ, para el Servicio N° 1: Participación en Ferias Internacionales de Exportaciones, Sección: Dirección de Promoción de las Exportaciones, los cuales se aplicarán para las Ferias Internacionales de Exportaciones que se realicen en el periodo comprendido del 1 de abril al 31 de diciembre de 2022, siendo su aplicación de forma gradual, según el siguiente detalle: TRIMESTRE 2022DESCUENTOS ADICIONALES A LO CONTEMPLADOS EN LA CARTA DE SERVICIOS EMPRESAS TIPO A Y B EMPRESAS TIPO C SEGUNDO 75% 25% TERCERO 50% 20% CUARTO 25% 10% Artículo 2.- Aprobar como medida excepcional y transitoria, la excepción del requisito de “pago de la cuota de participación” a las empresas que deseen participar en alguna de las ferias citadas en el Anexo N° 1 adjunto al presente. Artículo 3.- Encargar a la O fi cina de Administración la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 4.- Disponer que el responsable de la actualización de la información del Portal de Trasparencia Estándar de PROMPERÚ, realice la publicación correspondiente en el mencionado Portal, el mismo día de publicada la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.AIDA GRACIELA SALAS GAMARRA Gerente General 2049370-1 INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO Designan Director de la Oficina de Administración del INGEMMET RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 0021-2022-INGEMMET/PE Lima, 18 de marzo de 2022CONSIDERANDO:Que, el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET es un Organismo Público Técnico Especializado del Sector Energía y Minas, con personería jurídica de derecho público, goza de autonomía técnica, económica y administrativa, constituyendo un Pliego Presupuestal, de conformidad a lo previsto en el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2007-EM; Que, mediante Resolución Suprema N° 015-2013- EM se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal – CAP del INGEMMET, actualizado por Resolución de Presidencia N° 025-2014-INGEMMET/PCD, el cual prevé el cargo de Director de la O fi cina de Administración, como cargo de con fi anza; Que, mediante Resolución de Presidencia N° 0067-2021-INGEMMET/PE se designó al señor Luis Alberto Dávila Dávila en el cargo de Director de la O fi cina de Administración del INGEMMET, quien ha formulado su renuncia al cargo; Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 8) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2007-EM, el Presidente Ejecutivo tiene atribución de designar al personal y cargos de con fi anza, de conformidad con la legislación vigente; Con el visado de la Gerencia General, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Unidad de Personal; y, De conformidad con las atribuciones previstas en el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2007-EM;