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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2022 (19/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 46

46 NORMAS LEGALES Sábado 19 de marzo de 2022 El Peruano / Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del área del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: “Autopista del Sol (Trujillo – Chiclayo – Piura – Sullana)” y el valor de la Tasación, ascendente a S/ 267 665,30 (DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO CON 30/100 SOLES), correspondiente al código PAS-EV01-MO-081, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Consignación del Valor de la TasaciónDisponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el área del Bien Inmueble a Favor del Bene fi ciario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, a efectos de inscribir el área del bien inmueble expropiado a favor del bene fi ciario, en atención a lo establecido en el último párrafo del numeral 6.1 del artículo 6 de la referida norma. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del área del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción Registral del área del bien inmueble a Favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, inscriba a favor del bene fi ciario el área expropiada del bien inmueble, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, noti fi que la presente Resolución Ministerial a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.NICOLÁS BUSTAMANTE CORONADO Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE TASACIÓN DEL ÁREA DE UN (01) INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “AUTOPISTA DEL SOL (TRUJILLO - CHICLAYO - PIURA - SULLANA)” NoSUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETOS PASIVOSIDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE VALOR DE LA TASACIÓN (S/)CÓDIGO: PAS-EV01-MO-081AREA AFECTADA: 1 912,00 m2 AFECTACIÓN: PARCIAL COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIO- NES-PROVIAS NACIONAL-MANUEL JESUS IPANAQUE SUY SUY -ELENA VILLANUEVA DEL AGOSTINI DE IPANAQUELINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DEL AREA AFECTADA:Vértice Lado Distancia (m)WGS 84 267 665,30Este(X) Norte(Y) POR EL NORTE: CON LA PROPIEDAD DE SUCESIÓN IPANAQUE SUY SUY, MANUEL JESÚS (UC N° 02289) (91.88m)POR EL SUR: CON LA PROPIEDAD DE SÁNCHEZ FERNÁNDEZ, MARCIANO ELISEO Y CORONADO DE SÁNCHEZ, LUZ ELENA (UC N° 02288) (90.84m)POR EL ESTE: CON LA PROPIEDAD DE SUCESIÓN IPANAQUE SUY SUY, MANUEL JESÚS (UC N° 02293) (31.17m)POR EL OESTE: CON LA PROPIEDAD DE SUCESIÓN IPANAQUE SUY SUY, MANUEL JESÚS (UC N° 02294) (10.94m)1 1-2 3.40 717386.1739 9098050.3732 -PARTIDA REGISTRAL: Nº 04041390 perteneciente a la O fi cina Registral de Trujillo, Zona Registral N° V - Sede Trujillo.-CERTIFICADO DE BUSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 13.12.2017, Informe N° 9046-2017-ZR-V–ST/OC del 24.11.2017, emitido por la O fi cina Registral de Trujillo de la Zona Registral N° V-Sede Trujillo.- Informe N° 107-2021/MFSR de fecha 27.07.2021.2 2-3 88.48 717389.4876 9098049.6134 3 3-4 31.17 717475.3062 9098028.08264 4-5 90.84 717462.9623 9097999.4612 5 5-1 10.94 717381.8386 9098040.3316 2049394-1