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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2022 (31/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 188

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Jueves 31 de marzo de 2022 El Peruano / VISTOS: El Informe N° D000102-2022-COFOPRI-URRHH del 21 de marzo de 2022, el Informe N° D000109-2022-COFOPRI-URRHH del 24 de marzo de 2022, el Memorando N° D000451-2022-COFOPRI-URRHH del 25 de marzo de 2022 y el Informe D000112-2022-COFOPRI-URRHH del 28 de marzo de 2022, emitidos por la Unidad de Recursos Humanos, y el Informe N° D000210-2022-COFOPRI-OAJ del 28 de marzo de 2022 emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, por Decreto Legislativo N° 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley N° 27046, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal, ahora Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, conforme a la Segunda Disposición Complementaria de la Ley N° 28923, Ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos; Que, la Ley Nº 27594, que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece en su artículo 7 que, mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular de la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de con fi anza no contemplados en el artículo 1 de la citada Ley; Que, asimismo, el artículo 6 de la referida Ley dispone que la resolución de designación de funcionarios en cargos de con fi anza surte efecto a partir del día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, salvo disposición en contrario que postergue su vigencia; Que, el artículo 9, concordado con el literal i) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA, establece que el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad, quien tiene la potestad de designar y cesar a los empleados de con fi anza; Que, mediante Resolución Directoral N° D000070- 2021-COFOPRI-DE del 24 de mayo del 2021, se dispuso en el artículo 2, la suplencia de funciones del cargo de Jefe de la O fi cina Zonal de Huancavelica del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI al señor Carlos Enrique Saavedra Luna, profesional contratado bajo la modalidad de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), en adición a sus funciones como Coordinador de Formalización de la Ofi cina Zonal de Huancavelica, a partir de la publicación en el portal institucional; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la suplencia de funciones a que se hace referencia en el considerando precedente, siendo su último día de labores el 31 de marzo de 2022; resultando necesario adoptar la medida en materia de personal, acorde con el ordenamiento vigente, que habilite la continuidad en el ejercicio de las funciones de la O fi cina Zonal Huancavelica; Que, mediante Informe Nº D000112-2022-COFOPRI- URRHH, la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración, da cuenta que el señor Pablo Víctor Cusi Luján cumple con el per fi l exigido por el Manual de Organización y Funciones del COFOPRI para ocupar el cargo de Jefe de la O fi cina Zonal Huancavelica del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, contratado bajo el régimen laboral especial de Contratación Administrativa de Servicios regulado por el Decreto Legislativo N° 1057, en la modalidad de CAS de confi anza, a partir del 01 de abril de 2022; Que, con el informe de vistos y en concordancia con la normativa citada en los considerandos precedentes, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina favorablemente respecto a la conclusión de suplencia y designación del Jefe de la O fi cina Zonal Huancavelica, en tanto se encuentran dentro del marco legal vigente; recomendando a la Dirección Ejecutiva expedir el acto resolutivo correspondiente, conforme a lo señalado por la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración, con el propósito de asegurar el normal funcionamiento de la citada o fi cina; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nros 27046, 27594 y 28923, los Decretos Legislativos Nros. 803 y 1057 y el Decreto Supremo N° 025-2007-VIVIENDA; Con el visado de la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración, la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General, y; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la suplencia de funciones del cargo de Jefe de la O fi cina Zonal Huancavelica del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal-COFOPRI, al señor Carlos Enrique Saavedra Luna, siendo su último día de labores el 31 de marzo de 2022, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir del 01 de abril de 2022, al señor Pablo Víctor Cusi Luján, al cargo de Jefe de la O fi cina Zonal Huancavelica del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal-COFOPRI, contratado bajo el régimen laboral especial de Contratación Administrativa de Servicios regulado por el Decreto Legislativo N°1057, en la modalidad de CAS de con fi anza, conforme a lo dispuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución Directoral en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional. Artículo 4.- Notifi car la presente Resolución Directoral a las personas a que se re fi eren los artículos 1 y 2, para su conocimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese JORGE LUIS QUEVEDO MERA Director Ejecutivo – COFOPRI 2053527-1 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Actualizan denominación y conformación del Comité de Gobierno y Transformación Digital del Seguro Integral de Salud RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 063-2022/SIS Lima, 30 de marzo de 2022VISTOS: El Memorando N° 173-2022-SIS/SG de la Secretaría General y el Informe Legal N° 002-2022-SIS/OGAJ-DE con Proveído N° 147-2022-SIS/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Seguro Integral de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Seguro Integral de Salud – SIS, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2016- SA establece que: “el Seguro Integral de Salud es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud que cuenta con personería jurídica de derecho público interno, autonomía técnica, funcional, económica, fi nanciera y administrativa, y constituye un Pliego Presupuestal con independencia para ejercer sus funciones con arreglo a ley”; Que, el Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, tiene por objeto establecer el marco de gobernanza del gobierno digital para la adecuada gestión de la identidad digital, servicios digitales, arquitectura digital, interoperabilidad, seguridad digital y datos; así como, el régimen jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios digitales por parte de las entidades de la Administración Pública en los tres niveles de gobierno;