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54 NORMAS LEGALES Jueves 31 de marzo de 2022 El Peruano / la administración de cargos y posiciones, entre ellas, la elaboración, aprobación y modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos – MCC; asimismo, establece que las entidades disponen de un plazo de hasta seis (6) meses para adecuar su Manual de Clasi fi cador de Cargos a los lineamientos dispuestos en la Directiva; Que, el literal c. del numeral 5.1 de la Directiva de fi ne el Manual de Clasi fi cador de Cargos como el documento de gestión institucional en el que se describe de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad; Que, asimismo, el numeral 6.1.7 de la Directiva, dispone que la O fi cina de Recursos Humanos o la que haga las veces, elabora la propuesta de Manual de Clasi fi cador de Cargos, así como el informe técnico sustentatorio; por su parte, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga las veces, emite opinión sobre dicha propuesta en lo referido al alineamiento de cargos con los órganos y las unidades orgánicas del ROF vigente; mientras que el/la Titular de la entidad aprueba el citado documento, y gestiona la publicación de la resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad; siendo que para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el Titular de la entidad corresponde a la máxima autoridad administrativa; Que, el Artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, establece que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública; Que, de otro lado, el artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-TR, modi fi cado por Decreto Supremo N° 009-2013-TR, establece que el Secretario General es la máxima autoridad administrativa de la SUNAFIL; Que, mediante la Resolución de Superintendencia N° 109-2018-SUNAFIL, se dispone que desde la entrada en vigencia del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, la denominación de la Secretaría General de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL debe ser cali fi cada como Gerencia General para todos sus efectos, en cumplimiento de lo previsto en la Tercera Disposición Complementaria Final del citado Decreto Supremo; Que, a través del Informe N° 000261-2022-SUNAFIL/ GG/OGA/ORH, la O fi cina de Recursos Humanos, en su calidad de órgano técnico, presenta para aprobación la propuesta del nuevo Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, señalando que ha sido elaborado en observancia de las disposiciones contenidas en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”; la normativa vigente que dispone la creación de determinados cargos con ciertas funciones y/o requisitos, o dispone impedimentos y/o establece requisitos para funcionarios(as) públicos(as) y/o servidores civiles o un subgrupo de estos; la normativa emitida por la Autoridad del Servicio Civil - SERVIR para la formulación de los per fi les de puestos en el Estado; y, sobre la base del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAFIL; lo cual permite contar con el documento de gestión actualizado y adecuado a los lineamientos del ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; propuesta que cuenta con la conformidad de la O fi cina General de Administración, según el documento de vistos; Que, a través del el Informe N° 000115-2022-SUNAFIL/ GG/OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable sobre la propuesta del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, señalando que se encuentra elaborado conforme la metodología y los parámetros técnicos contenidos en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, aprobada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 150-2021-SERVIR-PE; asimismo, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, según el Informe de vistos, expresa opinión legal referida a la aprobación del citado documento de gestión; Que, en función a lo dispuesto en el Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, en la Directiva denominada “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, cuya aprobación se formaliza mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021- SERVIR-PE, y lo señalado en el Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAFIL, corresponde al Secretario General (hoy Gerente General) la aprobación del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL; por lo que corresponde emitir la presente resolución; Con el visado del Jefe de la O fi cina General de Administración, del Jefe de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y del Jefe de la O fi cina de Recursos Humanos; y, De conformidad con la Ley N° 29981, Ley de creación de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-TR, modi fi cado por Decreto Supremo N° 009-2013-TR; y la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional “, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el MANUAL DE CLASIFICADOR DE CARGOS DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN LABORAL – SUNAFIL, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como la publicación de la resolución y su Anexo en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL (www.gob.pe/suna fi l), en la misma fecha de publicación en el Diario O fi cial El Peruano; además de su publicación en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal de Transparencia (www.transparencia.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.TERESA ANGELICA VELÁSQUEZ BRACAMONTE Gerencia General 2053873-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Disponen la prórroga de los Contratos Administrativos de Servicios (CAS) de las plazas cubiertas a mérito de la Resolución Administrativa N° 310-2021-CE-PJ y prorrogada por Resolución Administrativa N° 438-2021-CE-PJ PRESIDENCIA DEL CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000026-2022-P-CE-PJ Lima, 29 de marzo del 2022