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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2022 (31/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 188

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Jueves 31 de marzo de 2022 El Peruano / Que, el literal f) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAFIL, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-TR, modi fi cado por Decreto Supremo N° 009-2013-TR, dispone que el Superintendente tiene por función designar y remover a los directivos de la SUNAFIL; Que, de acuerdo al Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP PROVISIONAL) de la SUNAFIL, aprobado por Resolución Ministerial N° 120-2017-TR, reordenado por las Resoluciones de Superintendencia N°s 168 y 216-2017-SUNAFIL, N°s 025 y 080-2018-SUNAFIL, N°s 63, 148 y 206-2019-SUNAFIL, N°s 79, 101 y 229-2020-SUNAFIL, y N°s 052 y 68-2021-SUNAFIL, el puesto de Sub Intendente de la Sub Intendencia de Actuación Inspectiva de la Intendencia de Lima Metropolitana, tiene la clasi fi cación de empleado de confi anza; Que, mediante el Memorándum N° 1070-2022-SUNAFIL/ILM, la Intendencia de Lima Metropolitana comunica a la O fi cina de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración, que ha visto por conveniente designar a la señora María Julia Soto Munguía, en el puesto de Sub Intendente de la Sub Intendencia de Actuación Inspectiva de la Intendencia de Lima Metropolitana de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL; propuesta que cuenta con la autorización de la Alta Dirección; Que, con el Memorándum N° 571-2022-SUNAFIL/ GG/OGA, la O fi cina General de Administración emite su conformidad al Informe N° 268-2022-SUNAFIL/GG/OGA/ORH, elaborado por la O fi cina de Recursos Humanos, a través del cual expresa opinión técnica favorable para designar a la señora María Julia Soto Munguía en el puesto de Sub Intendente de la Sub Intendencia de Actuación Inspectiva de la Intendencia de Lima Metropolitana de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, considerando que cumple con los requisitos previstos en el Manual de Clasi fi cación de Cargos de la SUNAFIL (Versión 04), aprobado mediante la Resolución de Superintendencia N° 240-2017-SUNAFIL, en razón a que el puesto se encuentra vacante; Que, a través del Memorándum N° 104-2022-SUNAFIL/ GG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal sobre la mencionada designación en función a la opinión técnica favorable emitida por la O fi cina de Recursos Humanos y la conformidad de la O fi cina General de Administración, en el marco de sus funciones; por lo que, corresponde emitir la presente resolución; Con el visado de la Gerente General, del Jefe de la O fi cina General de Administración, y de la Jefa de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29981, Ley de creación de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-TR, modi fi cado por Decreto Supremo N° 009-2013-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, a partir del 31 de marzo de 2022, a la señora MARÍA JULIA SOTO MUNGUIA en el puesto de Sub Intendente de la Sub Intendencia de Actuación Inspectiva de la Intendencia de Lima Metropolitana de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, puesto considerado de con fi anza. Artículo 2.- Notifi car la presente resolución a la persona mencionada en el artículo precedente, así como a la O fi cina General de Administración, para las acciones correspondientes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL (www.gob.pe/suna fi l). Regístrese, comuníquese y publíquese.JESÚS ADALBERTO BALDEÓN VÁSQUEZ Superintendente 2053833-1Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL N° 031-2022-SUNAFIL-GG Lima, 30 de marzo de 2022VISTOS:El Informe N° 000261-2022-SUNAFIL/GG/OGA/ORH, de la O fi cina de Recursos Humanos; el Memorándum N° 000535-2022-SUNAFIL/GG/OGA, de la O fi cina General de Administración, documentos de fecha 25 de marzo de 2022; el Informe N° 000115-2022-SUNAFIL/GG/OGPP, de fecha 28 de marzo de 2022, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 227-2022-SUNAFIL/GG OGAJ, de fecha 29 de marzo de 2022, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29981, se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, y mediante el Decreto Supremo N° 007-2013-TR, se aprueba su Reglamento de Organización y Funciones (ROF), el cual fue modi fi cado por Decreto Supremo N° 009-2013-TR, documento de gestión que establece la estructura orgánica y funciones de los órganos y unidades orgánicas de la SUNAFIL; Que, el artículo 6 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, señala que las o fi cinas de recursos humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector, teniendo entre sus funciones, ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por SERVIR y por la entidad; supervisar, desarrollar y aplicar iniciativas de mejora continua en los procesos que conforman el Sistema de Gestión de Recursos Humanos; así como gestionar los per fi les de puestos; Que, el artículo 3 del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM y sus modi fi catorias, establece como uno de los subsistemas del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el de Organización del trabajo y su distribución, que de fi ne las características y condiciones de ejercicio de las funciones, así como los requisitos de idoneidad de las personas llamadas a desempeñarlas, y que comprende los procesos de diseño de los puestos y administración de puestos; Que, la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, tiene por objeto establecer los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fi n de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función; y señala, en su Segunda Disposición Complementaria Final, que las entidades públicas, cuando corresponda, formulan o adecúan, de manera gradual, sus instrumentos de gestión en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, conforme a lo dispuesto en la referida ley; debiendo culminar la implementación integral de estas disposiciones en un plazo no mayor de ciento ochenta días calendario contados a partir de la publicación de su reglamento; Que, la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, cuya aprobación se formaliza mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, en adelante “la Directiva”, establece y señala las normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria que las entidades públicas deben seguir para