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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 2022 (01/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 57

57 Domingo 1 de mayo de 2022 El Peruano / al fondo de inversiones y reservas; b) la determinación de metas de gestión y c) la determinación de ajustes tarifarios, y reordenamiento tarifario de ser el caso, hasta que la empresa prestadora culmine su periodo regulatorio vigente. Que, de acuerdo con el Procedimiento de Revisión Tarifaria , se cumplió con: i) publicar en el diario o fi cial El Peruano el proyecto de resolución que aprueba las metas de gestión que deberá cumplir EMAPACOP S.A. en el quinto año del periodo regulatorio 2019-2023 y los nuevos porcentajes que la referida empresa deberá depositar durante el cuarto y quinto año del referido periodo regulatorio al fondo de inversiones y reservas señalados en el proyecto de resolución y ii) recibir los comentarios realizados por EMAPACOP S.A. y por los interesados tanto al proyecto de resolución y como al informe. Que, la DRT evaluó los comentarios realizados por EMAPACOP S.A. y los interesados conforme se aprecia en el Informe (…)-2022-SUNASS-DRT-ESP que sustenta la propuesta fi nal de metas de gestión que deberá cumplir EMAPACOP S.A. en el quinto año del periodo regulatorio 2019-2023 y los nuevos porcentajes que la referida empresa deberá depositar durante el cuarto y quinto año. Que, sobre la base del referido Informe (…)-2022-SUNASS-DRT-ESP corresponde aprobar las metas de gestión y porcentajes a transferir a los fondos y reservas que serán de aplicación a EMAPACOP S.A. De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.11 del artículo 7 del Procedimiento de Revisión Tarifaria como consecuencia de la aplicación de las medidas dispuestas en el título III del Decreto de Urgencia N.º 036-2020; y con la conformidad de la O fi cina de Asesoría Jurídica, la Dirección de Regulación Tarifaria y la Gerencia General; el Consejo Directivo en su sesión del (…) de (…) de 2022. RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar las metas de gestión que deberá cumplir EMAPACOP S.A. en el quinto año del quinquenio regulatorio 2019-2023 las cuales se encuentran contenidas en el Anexo N° 1 de la presente resolución. Artículo 2°.- Aprobar los nuevos porcentajes que EMAPACOP S.A. deberá depositar en el cuarto y quinto año del periodo regulatorio 2019-2023 al fondo de inversiones, así como para las reservas: i) para la formulación del plan de control de calidad (PCC) y del programa de adecuación sanitaria (PAS); ii) de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos (MRSE); iii) para la gestión de riesgo de desastres (GRD) y adaptación al cambio climático (ACC) y iv) para el programa de adecuación y manejo ambiental (PAMA), conforme con lo establecido en el Anexo N° 2 de la presente resolución. Artículo 3°.- La presente resolución no genera variación tarifaria ni reordenamiento tarifario de la estructura tarifaria vigente. Artículo 4°.- La presente resolución, sus anexos y el Informe N° (…)-2022-SUNASS-DRT-ESP deberán publicarse en el portal institucional de la SUNASS (www.sunass.gob.pe) y en el diario o fi cial El Peruano . Regístrese, comuníquese y publíquese. 1 Recibido por la Sunass el 14 de julio de 2020. 2 Conforme a lo dispuesto en la Resolución de Consejo Directivo 082-2021-SUNASS-CD. ANEXO N° 1 A. METAS DE GESTIÓN BASE DE EMAPACOP S.A. PARA EL QUINTO AÑO DEL PERIODO REGULATORIO 2019-2023 Corresponde a las metas de gestión de las inversiones o actividades fi nanciados con recursos internamente generados por la empresa. Cabe precisar que el informe de revisión tarifaria Informe N° (…)-2022-SUNASS-DRT-ESP indica los montos y fuentes de fi nanciamiento para el cumplimiento de las metas de gestión. Metas de GestiónUnidad de MedidaValores meta1/ Incremento de conexiones de agua2/# 780 Incremento de conexiones de alcantarillado2/# 765 Incremento de micromedidores3/# 4000 Incremento de conexiones activas de agua # 900 Catastro comercial de agua potable y alca- ntarillado% 100 Catastro técnico de agua potable y alcan- tarillado% 100 Relación de trabajo % 85 Nota: 1/ Valores meta que EMAPACOP S.A. deberá alcanzar al fi nalizar el quinto año regulatorio. 2/ Se re fi ere a la instalación de conexiones de agua potable o alcantarillado vegetativas. 3/ Se re fi ere a la instalación de medidores de agua potable fi nanciado mediante recursos propios. B. EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE METAS DE GESTIÓN POR PARTE DE EMAPACOP S.A. PARA EL PERIODO REGULATORIO 2019-2023 La evaluación de los Índice de Cumplimiento Individual a nivel de EPS (ICI a nivel de EPS) de cada una de las metas de gestión se determinarán a partir de los valores metas obtenidos al fi nalizar el quinto año regulatorio, siguiendo los mismos criterios establecidos en la Resolución de Consejo Directivo N° 051-2018-SUNASS-CD. Para la evaluación de las metas Incremento de conexiones de agua, Incremento de conexiones de alcantarillado, Incremento de micromedidores, Incremento de conexiones activas de agua, Catastro comercial de agua potable y alcantarillado, y Catastro técnico de agua potable y alcantarillado se tomará en cuenta los registros ejecutados desde la entrada en vigencia de la presente resolución hasta fi nalizar el quinto año regulatorio. Para la evaluación de la meta relación de trabajo se tomará en cuenta los valores correspondientes al quinto año regulatorio. ANEXO Nº 2 FONDO DE INVERSIONES Y RESERVAS DE EMAPACOP S.A. PARA EL CUARTO Y QUINTO AÑO DEL QUINQUENIO REGULATORIO 2019-2023 Fondo de Inversiones Período Porcentajes de los Ingresos 1/ Año 4 1.0% Año 5 1.0% 1/Los ingresos están referidos al importe facturado por los servicios de agua potable y alcantarillado, incluido el cargo fi jo, sin considerar el Impuesto General a las Ventas (IGV) ni el Impuesto de Promoción Municipal. Reserva para la formulación del plan de control de calidad (PCC) y del programa de adecuación Sanitaria (PAS) Período Porcentajes de los Ingresos1/ Año 4 6.4% Año 5 6.4% 1/Los ingresos están referidos al importe facturado por los servicios de agua potable y alcantarillado, incluido el PROYECTO