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46 NORMAS LEGALES Viernes 6 de mayo de 2022 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público interno, que constituye pliego presupuestal, funciona con autonomía técnica, económica y administrativa, actúa con arreglo a la política, objetivos y metas que apruebe el Sector; constituyendo la autoridad de más alto nivel jerárquico el Jefe, quien ejerce la representación institucional y la titularidad del pliego; Que, mediante la Resolución Suprema N° 005-2022-PRODUCE se designó al señor Antonio Lambruschini Canessa, en el cargo de Jefe del FONDEPES, cargo respecto al cual ha solicitado licencia sin derecho a goce de remuneraciones, por motivos particulares, desde el 9 al 16 de mayo del 2022; siendo necesario aceptarla y disponer la encargatura de funciones en el mencionado cargo, en tanto dure la ausencia de su titular; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modi fi catorias; el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organizaciones y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modi fi catorias; el Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 010-92-PE, que constituye el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES y su modi fi catoria; la Resolución Ministerial N° 346-2012-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organizaciones y Funciones del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES; SE RESUELVE:Articulo 1 . Otorgar licencia al señor Antonio Lambruschini Canessa, en el ejercicio del cargo de Jefe del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES, del 9 al 16 de mayo de 2022, por motivos personales y sin derecho a goce de remuneraciones. Articulo 2 . Encargar las funciones del Jefe del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES al señor Pablo Cesar Robles Soria, Director Ejecutivo del Instituto Tecnológico de la Producción – ITP, en adición a sus funciones y en tanto dure la ausencia de su titular. Artículo 3. La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República JORGE LUIS PRADO PALOMINO Ministro de la Producción 2064642-12 Aprueban la ampliación del Horizonte Temporal del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017-2024 del Sector Producción, hasta el año 2025; quedando denominado como “Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017-2025 del Sector Producción” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00168-2022-PRODUCE Lima, 4 de mayo de 2022 VISTOS: Los Memorandos Nos. 00000316-2022-PRODUCE/OGPPM y 00000405-2022-PRODUCE/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, los Informes Nos. 00000097-2022-PRODUCE/OPM y 00000128-2022-PRODUCE/OPM de la O fi cina de Planeamiento y Modernización de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y el Informe N° 00000477-2022-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modi fi catorias, se establece que los Ministerios tienen como función general, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158 dispone que, corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, por el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, como conjunto articulado e integrado de órganos, subsistemas y relaciones funcionales cuya fi nalidad es coordinar y viabilizar el proceso de planeamiento estratégico nacional para promover y orientar el desarrollo armónico y sostenido del país; y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, como el órgano rector y orientador de dicho Sistema Nacional, con competencias de alcance nacional; Que, el numeral 7.2 del artículo 7 de la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD “Directiva para la formulación y actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional“, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 026-2017-CEPLAN/PCD y su modificatoria, dispone que las políticas de Estado se concretan en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional - PEDN; las políticas nacionales, sectoriales y multisectoriales, en el marco de las Políticas de Estado y de conformidad con la Política General de Gobierno, se concretan en los Planes Estratégicos Sectoriales - PESEM y los Planes Estratégicos Multisectoriales - PEM; y que las políticas institucionales, en el marco de las políticas nacionales y territoriales según corresponda, se concretan en los Planes Estratégicos Institucionales - PEI y los Planes Operativos Institucionales - POI; Que, el numeral 7.3 del artículo 7 de la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD modificada, establece que a nivel institucional los objetivos expresados en los Planes Estratégicos Institucionales - PEI, para su implementación en los Planes Operativos Institucionales - POI, se articulan con los objetivos estratégicos de los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales - PESEM y otros tipos de planes, según corresponda al tipo de entidad; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 00139-2021-PRODUCE, se aprobó el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017 - 2024 del Sector Producción; Que, a través del O fi cio Múltiple Nº D000002-2022- CEPLAN-DNCP, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN comunica a los Ministerios que, con la fi nalidad de facilitar la elaboración y el registro del POI Multianual 2023-2025, ha visto por conveniente permitir la ampliación del periodo de vigencia de los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales - PESEM y de los Planes Estratégicos Institucionales - PEI, con vencimiento en estos años, y su respectiva aprobación, para darles la cobertura adecuada; Que, en el marco de lo señalado en el O fi cio Múltiple Nº D000002-2022-CEPLAN-DNCP, mediante el O fi cio N° 00000132-2022-PRODUCE/OGPPM, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del