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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MAYO DEL AÑO 2022 (19/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 63

63 NORMAS LEGALES Jueves 19 de mayo de 2022 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Convocan a la ciudadanía y organizaciones a la Audiencia Pública de la Municipalidad de Santiago de Surco para el año 2022 y aprueban “Procedimientos para las Audiencias Públicas de la Municipalidad de Santiago de Surco” DECRETO DE ALCALDÍA N° 10-2022-MSS Santiago de Surco, 18 de mayo de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El Memorándum Nº 2001-2022-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 525-2022-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 728-2022-GPV-MSS de la Gerencia de Participación Vecinal, entre otros documentos; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidad y modi fi catorias, establece que “Los Decretos de Alcaldía establecen las normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Consejo Municipal”; asimismo, el segundo párrafo del artículo 39° de la referida Ley dispone que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de Gobierno, mediante decretos de alcaldía; Que, mediante la Ley Nº 31433, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 06 de marzo de 2022, se modi fi có algunos artículos de la Ley Nº 27972, entre ellos el numeral 36 del artículo 20º, mediante el cual señala que es una atribución del alcalde “Convocar, bajo responsabilidad, como mínimo a dos audiencias públicas distritales o provinciales, conforme a la circunscripción de gobierno local”; asimismo, la citada ley incorpora el artículo 119-A a la Ley Nº 27972, prescribiendo que “Las audiencias públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las di fi cultades que impidieron el cumplimiento de compromisos. Los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la fi nalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fi scal”; Que, el artículo 118º de la Ordenanza Nº 507-MSS, Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones, la Estructura Orgánica y el Organigrama de la Municipalidad de Santiago de Surco, establece que la Gerencia de Participación Vecinal es el órgano de apoyo encargado de promover la participación ciudadana y de acuerdo con el inciso c) y d) del artículo 120º de dicha norma, la Gerencia en mención tiene como función “Promover la participación activa de los vecinos en la gestión municipal” y “Coordinar la participación vecinal en las actividades desarrolladas por las unidades orgánicas de la Municipalidad”; Que, la Gerencia de Participación Vecinal, mediante el Memorándum Nº 728-2022-GPV-MSS del 17.05.2022, sustenta técnicamente la necesidad de aprobar la pautas y mecanismos para el correcto desarrollo de las audiencias públicas que convoque la municipalidad, promoviendo y facilitando la participación democrática y responsable de las instituciones públicas y privadas, de la comunidad y de los representantes de la sociedad civil, en dialogo cordial y ordenado, motivo por el cual remite el proyecto de decreto de alcaldía y solicita su aprobación; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Nº 525-2022-GAJ-MSS del 18.05.2022, considera procedente la emisión del decreto de alcaldía que apruebe los procedimientos para las audiencias públicas de la Municipalidad de Santiago de Surco, por tratarse de una implementación de una norma de obligatorio cumplimiento establecida en el artículo 119-A a la Ley Nº 27972; asimismo, señala que el proyecto se encuentra dentro de los supuestos de exoneración de publicación establecidos en el Decreto Supremo Nº 01-2009-JUS y la Directiva Nº 005-2009-MSS; Que, la Gerencia Municipal, mediante el Memorándum N° 2001-2022-GM-MSS del 18.05.2022, mani fi esta su conformidad respecto a la aprobación de la referida propuesta de decreto de alcaldía, la misma que se fundamenta en la opinión legal favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica, debiéndose continuar con el procedimiento respectivo para su aprobación; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR a la ciudadanía, a las organizaciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil, entre otras, a la Audiencia Pública de la Municipalidad de Santiago de Surco para el año 2022, conforme al cronograma señalado en el Anexo Nº 1 del presente decreto de alcaldía. Artículo Segundo.- APROBAR los “Procedimientos para las Audiencias Públicas de la Municipalidad de Santiago de Surco” que en Anexo Nº 2 forma parte integrante del presente decreto de alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Equipo Técnico de Audiencia Públicas de la Municipalidad de Santiago de Surco llevar a cabo las acciones necesarias para el debido cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía y a la Gerencia de Tecnologías de la Información brindar el soporte técnico mediante la implementación de instrumentos tecnológicos que contribuyan al desarrollo de las fases de la Audiencia Pública. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en el diario o fi cial El Peruano y a la Gerencia de Tecnología de las Información la publicación del Decreto de Alcaldía y los Anexos Nº 1 y Nº 2 en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco (www.munisurco.gob.pe), dentro del día siguiente de su aprobación. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JEAN PIERRE COMBE PORTOCARRERO Alcalde 2068467-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Aprueban el Protocolo de Actuación del Personal Municipal para la Intervención en la Protección de las Niñas, Niños y Adolescentes del Distrito de Bellavista, y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 273-2022-MDB/AL Bellavista, 4 de mayo de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA VISTO: El Informe N° 030-2022-MDB/GSS- SGDEMUNA de fecha 06 de abril de 2022 emitido por