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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (10/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 172

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Jueves 10 de noviembre de 2022 El Peruano / Que, el artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA (en adelante, ROF del SIS), establece que “el Seguro Integral de Salud es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud que cuenta con personería jurídica de derecho público interno, autonomía técnica, funcional, económica, fi nanciera y administrativa, y constituye un Pliego Presupuestal con independencia para ejercer sus funciones con arreglo a ley”; Que, el artículo 10 del ROF del SIS señala que la Jefatura es el órgano de la Alta Dirección de más alta jerarquía en el Seguro Integral de Salud y está a cargo de un funcionario con categoría de Jefe, quien actúa como Titular del Pliego Presupuestal; Que, el numeral 1.2.1 del artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que los actos de administración interna de las entidades se encuentran destinados a organizar o hacer funcionar sus propias actividades o servicios. Estos actos son regulados por cada entidad, con sujeción a las disposiciones del Título Preliminar de esta Ley, y de aquellas normas que expresamente así lo establezcan; Que, el artículo 10 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado con del Decreto Supremo N° 001-2009- JUS, dispone que sin perjuicio de lo establecido en el artículo 4 del referido Reglamento, se deben publicar obligatoriamente, otras disposiciones legales, tales como resoluciones administrativas o similares de interés general y de observancia obligatoria, entre otros aspectos, cuando su contenido se relacione con información o fi cial procesada por las entidades rectoras de determinada función administrativa; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Jefatural N° 055-2022/SIS se designa al Director (a) General de la O fi cina General de Administración de Recursos como responsable de la Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud – SIS del Pliego 135: Seguro Integral de Salud; asimismo, el artículo 2 del citado acto resolutivo dispone que el Responsable de la Unidad Ejecutora. 001 Seguro Integral de Salud del Pliego 135: Seguro Integral de Salud, tiene la responsabilidad de la administración, control y ejecución presupuestaria de los recursos asignados a la Unidad Ejecutora 001. Seguro Integral de Salud, conforme a la normatividad presupuestal vigente y a las disposiciones que emita la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, posteriormente, a través de la Resolución Jefatural N° 167-2022/SIS, se deja sin efecto el artículo 2 y se precisa que la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional- OGPPDO asume la función de responsable de la administración de presupuesto en la Unidad Ejecutora 001. Seguro Integral de Salud; Que, en atención a la consulta realizada por la Secretaría General del SIS, mediante Memorando N° 000523-2022-SIS/SG, a través de la Nota Informativa N° 000089-2022-SIS/OGPPDO, que hace suyo el Informe N° 000011-2022-SIS/OGPPDO-VEA, el Director General (e) de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, señala que los artículos 1 y 3 de la Resolución Jefatural N° 055-2022/SIS que designan al Director(a) General de la O fi cina General de Administración de Recursos como responsable de la Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud – SIS del Pliego 135: Seguro Integral de Salud, se encuentran vigentes, por lo que en el marco de los artículos 7 y 8 del Decreto Legislativo N° 1440, que aprueba el Sistema Nacional de Presupuesto Público, se propone dejar sin efecto la Resolución Jefatural N° 055-2022/SIS; Que, mediante Informe Legal N° 000467-2022-SIS/ OGAJ, el Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica concluye que la propuesta de dejar sin efecto en todos sus extremos la Resolución en mención, resulta legalmente viable, en el marco de lo dispuesto en el artículo 11 del ROF del SIS, el numeral 6 del artículo 2, artículo 7 y 8 del Decreto Legislativo N° 1440, por lo que corresponde que el titular del pliego emita el acto resolutivo que deje sin efecto la Resolución Jefatural N° 055-2022/SIS y modi fi catoria efectuada mediante Resolución Jefatural N° 167-2022/SIS; Con los vistos del Director General (e) de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA; y, en la Directiva N° 0002-2021-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 0022-2021- EF/50.01. SE RESUELVE:Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural N° 055-2022/SIS y su modi fi catoria, que designó al Director (a) General de la O fi cina General de Administración de Recursos como responsable de la Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud – SIS del Pliego 135: Seguro Integral de Salud. Artículo 2.- Notifi car la presente resolución a la O fi cina General de Administración de Recursos y a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, para los fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.CIRO ABEL MESTAS VALERO Jefe del Seguro Integral de Salud 2123321-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO Determinan la Tarifa Máxima del Servicio Especial denominado Descarga y envío de información de parámetros de contenedor reefer, a ser brindado en el Terminal Norte Multipropósito del Terminal Portuario del Callao RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 0048-2022-CD-OSITRAN Lima, 3 de noviembre de 2022VISTOS:El Informe “Fijación Tarifaria del Servicio Especial Descarga y envío de información de parámetros de contenedor reefer en el Terminal Norte Multipropósito del Terminal Portuario del Callao”, que incluye la matriz de comentarios realizados por los interesados a la propuesta de fi jación tarifaria, elaborado por la Gerencia de