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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (10/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 172

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Jueves 10 de noviembre de 2022 El Peruano / Que, el 27 de setiembre de 2022, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de Consejo Directivo N°0035-2022-CD-OSITRAN y el artículo 25 del RETA, se llevó a cabo la audiencia pública; Que, el 30 de setiembre de 2022, mediante la Carta N°1167-2022 APMTC/LEG, APMT presentó sus comentarios a la Propuesta Tarifaria del Regulador; Que, mediante el Memorando Nº00183-2022-GRE- OSITRAN, de fecha 24 de octubre de 2022, la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos remitió a la Gerencia General el Informe “Fijación Tarifaria del Servicio Especial Descarga y envío de información de parámetros de contenedor reefer en el Terminal Norte Multipropósito del Terminal Portuario del Callao”, que incluye la matriz de evaluación de los comentarios hechos por los interesados a la propuesta de fi jación tarifaria; elaborado por dicha Gerencia con la participación de la Gerencia de Asesoría Jurídica del Ositrán en lo relativo a la evaluación de los aspectos jurídicos relacionados al procedimiento tarifario, así como el proyecto de resolución tarifaria correspondiente y su exposición de motivos; Que, habiéndose cumplido con el procedimiento establecido en el RETA, corresponde que el Consejo Directivo del Ositrán apruebe la Fijación Tarifaria del Servicio Especial Descarga y envío de información de parámetros de contenedor reefer, a ser prestado en el Terminal Norte Multipropósito del Terminal Portuario del Callao, procediéndose a emitir la resolución correspondiente; Que, luego de evaluar y deliberar respecto del caso materia de análisis, el Consejo Directivo mani fi esta su conformidad con los fundamentos y conclusiones del informe de vistos, constituyéndolo como parte integrante de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Por lo expuesto, y en virtud de las funciones previstas en el Reglamento General del Ositrán, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 044-2006-PCM y sus modi fi catorias, estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión Ordinaria N° 779-2022-CD-OSITRAN y sobre la base del Informe de Fijación Tarifaria del Servicio Especial de Descarga y envío de información de parámetros de contenedor reefer en el Terminal Norte Multipropósito del Terminal Portuario del Callao de vistos; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Determinar la Tarifa Máxima del Servicio Especial denominado Descarga y envío de información de parámetros de contenedor reefer, a ser brindado en el Terminal Norte Multipropósito del Terminal Portuario del Callao, conforme al siguiente detalle: Estructura tarifaria Unidad de cobroTarifa (USD sin IGV) Descarga y envío de información de parámetros de contenedor reeferPor contene- dor21,22 Artículo 2°.- Establecer que la tarifa a que se re fi ere el artículo 1° entrará en vigencia una vez cumplidas las disposiciones establecidas en los artículos 48 y 49 del Reglamento General de Tarifas del Ositrán. Artículo 3°.- Notifi car la presente resolución, el Informe “Fijación Tarifaria del Servicio Especial Descarga y envío de información de parámetros de contenedor reefer en el Terminal Norte Multipropósito del Terminal Portuario del Callao”, la exposición de motivos y la matriz de comentarios a la empresa APM Terminals Callao S.A., a la Autoridad Portuaria Nacional y al Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 4°.- Disponer la publicación de la presente resolución y de la exposición de motivos en el Diario Ofi cial “El Peruano”, y su difusión en el portal institucional del Ositrán (www.gob.pe/ositran). Asimismo, disponer la difusión del Informe “Fijación Tarifaria del Servicio Especial Descarga y envío de información de parámetros de contenedor reefer en el Terminal Norte Multipropósito del Terminal Portuario del Callao”, y sus anexos, en el portal institucional del Ositrán ubicado en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe/ositran). Regístrese, comuníquese y publíquese.VERÓNICA ZAMBRANO COPELLO Presidente del Consejo Directivo EXPOSICIÓN DE MOTIVOS FIJACIÓN DE TARIFA MÁXIMA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO ESPECIAL DESCARGA Y ENVÍO DE INFORMACIÓN DE PARÁMETROS DE CONTENEDOR REEFER EN EL TERMINAL NORTE MULTIPROPÓSITO DEL TERMINAL PORTUARIO DEL CALLAO ANTECEDENTES Con fecha 11 de mayo de 2011 se suscribió el Contrato de Concesión para el diseño, construcción, fi nanciamiento, conservación y explotación del Terminal Norte Multipropósito en el Terminal Portuario del Callao (en adelante, el Contrato de Concesión) entre el Ministerio de Transportes y Con fecha 11 de mayo de 2011 se suscribió el Contrato de Concesión para el diseño, construcción, fi nanciamiento, conservación y explotación del Terminal Norte Multipropósito en el Terminal Portuario del Callao (en adelante, el Contrato de Concesión) entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en representación del Estado, (en adelante, el Concedente o el MTC), quien a su vez actúa a través de la Autoridad Portuaria Nacional (en adelante, APN), y la empresa APM Terminals Callao S.A. (en adelante, el Concesionario o APMT). Con fecha 16 de junio de 2014 se suscribió un Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (en adelante, Ositrán) y el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (en adelante, Indecopi) a fi n de dar atención a las propuestas de Servicios Especiales presentadas por APMT en el marco de lo establecido en la Cláusula 8.23 del Contrato de Concesión. Mediante Carta N° 0251-2021-APMTC/LEG, de fecha 22 de marzo de 2021, APMT remitió al Indecopi, con copia al Ositrán, la Propuesta del Servicio Especial “Descarga y envío de parámetros de contenedor reefer” (en adelante, la Propuesta de Servicio Especial). El 20 de mayo de 2021, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 0023-2021-CD-OSITRAN, sustentada con el Informe Conjunto Nº 072-2021-IC-OSITRAN (GRE-GSF-GAJ), el Consejo Directivo del Ositrán resolvió declarar que el servicio denominado “Descarga y envío de información de parámetros de contenedor reefer” propuesto por APMT, cali fi ca como Servicio Especial no previsto en el Contrato de Concesión. Mediante O fi cio N° 089-2021/ST-CLC-INDECOPI, notifi cado el 20 de julio de 2021, el Indecopi remitió al Ositrán el Informe Técnico N° 043-2021-CLC/INDECOPI, mediante el cual la Comisión de Defensa de la Libre Competencia realizó el análisis de las condiciones de competencia en la prestación del servicio denominado “Descarga y envío de información de parámetros de contenedor reefer” solicitado por APMT. Mediante O fi cio Nº 116-2021-GRE-OSITRAN, notifi cado el 3 de agosto de 2021, la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos remitió a la Autoridad Portuaria Nacional, entre otros, el O fi cio N° 089-2021/ST- CLC-INDECOPI conjuntamente con el Informe Técnico N° 043-2021-CLC/INDECOPI, para los fi nes pertinentes. El 19 de enero de 2022, mediante Carta N° 0035-2022-APMTC/LEG, APMT solicitó al Ositrán el inicio del procedimiento de fi jación tarifaria del Servicio Especial de “Descarga y envío de información de parámetros de contenedor reefer”.