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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (12/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Sábado 12 de noviembre de 2022 El Peruano / Clasi fi cador de Cargos, en cuanto al alineamiento de cargos con las unidades funcionales aprobadas en el Manual de Operaciones aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0828-2020-MTC/01.02, en el marco de las disposiciones contenidas en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH”; Que, por Informe N° 146-2022-MTC/20.5 de fecha 10.10.2022, la O fi cina de Recursos Humanos, solicita a la Dirección Ejecutiva, elevar el proyecto de MCC a la Secretaría General para obtener opinión técnica favorable de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos del MTC antes de aprobar el documento mediante Resolución Directoral de la Entidad; Que, a través del Memorándum N° 1699-2022- MTC/20 de fecha 11.10.2022, la Dirección Ejecutiva de PROVIAS NACIONAL remite al Secretario General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el Manual de Clasi fi cador de Cargos de PROVIAS NACIONAL, acorde al numeral 6.1.8 de la Primera Disposición Especí fi ca 6.1 Elaboración y Aprobación del Clasi fi cador de Cargos de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, precisando que la misma cuenta con la opinión favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Entidad, para lo cual adjunta el Informe N° 5616-2022-MTC/20.4, solicitando su remisión a la O fi cina de Recursos Humanos o la que haga sus veces, para su evaluación y opinión técnica favorable para su posterior emisión del acto administrativo correspondiente; Que, mediante Memorando N° 2165-2022-MTC/11 de fecha 21.10.2022, la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en atención al Memorándum N° 1699-2022-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva de PROVIAS NACIONAL, remite el Informe N° 0637-2022-MTC/11.01 de fecha 21.10.2022 elaborado por la O fi cina de Administración de Recursos Humanos, en la cual concluye: “4.1 La revisión de la propuesta del Manual de Clasi fi cador de Cargos de PROVIAS NACIONAL se ha realizado especí fi camente en el marco de la concordancia con la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso del ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; y 4.2 Conforme a lo expuesto en el presente Informe, no es factible emitir opinión favorable a la propuesta de Manual de Clasi fi cador de Cargos de PROVIAS NACIONAL debido que se han identi fi cados ajustes necesarios a la propuesta de dicho documento de gestión, conforme se ha detallado en los sub numerales 3.2.7 al 3.2.9 del presente Informe”; Que, el 26.10.2022 con Memorándum N° 2417-2022- MTC/20, la Jefa de la O fi cina de Recursos Humanos remite al Director General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, la propuesta modi fi cada para su evaluación y de considerarlo pertinente su opinión técnica favorable para su posterior aprobación por la Entidad; Que, por Informe N° 0657-2022-MTC/11.01 de fecha 03.11.2022, la O fi cina de Administración de Recursos Humanos informa al Director General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, concluyendo que: “4.1 Mediante Memorando N° 1699-2022-MTC/20 del 11.10.2022, la Dirección Ejecutiva de PROVIAS NACIONAL remitió a la Secretaría General del MTC el Informe N° 146-2022-MTC/20.5, solicitando la opinión técnica favorable de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos del MTC sobre su propuesta de Manual de Clasi fi cador de cargos (MCC); 4.2 Mediante Memorando N° 2165-2022-MTC/11 del 21.10.2022 la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del MTC remitió a la Jefa de la O fi cina de Recursos Humanos de PROVIAS NACIONAL el Informe N° 0637-2022-MTC/11.01, a través del cual se efectuaron distintas observaciones a su propuesta de MCC, por lo que no se brindó la opinión favorable solicitada; 4.3 Mediante Memorando N° 2417-2022-MTC/20.5 del 26.10.2022, la Ofi cina de Recursos Humanos de PROVIAS NACIONAL levantó las observaciones realizadas con los documentos citados en el numeral precedente; y, 4.4 Conforme a lo expuesto en el presente Informe, se brinda la opinión favorable a la propuesta de Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) de PROVIAS NACIONAL, para que prosiga con las gestiones administrativas para su aprobación conforme a lo establecido en la Directiva N° 006-2021-SERVIR.GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional” aprobada por SERVIR a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE”. Documento que es remitido por la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través del Memorando N° 2275-2022-MTC/11 de fecha 03.11.2022; Que, con Memorándum N° 2463-2022-MTC/20.5 de fecha 03.11.2022, la O fi cina de Recursos Humanos, solicita a la O fi cina de Asesoría Jurídica, la elaboración de la Resolución Directoral, en base a los documentos adjuntos que sustentan las etapas previas de fi nidas por la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH y así dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, para la adecuación del Manual de Clasi fi cador de Cargos y el CAP Provisional de PROVIAS NACIONAL; Que, a través de la Resolución Directoral N° 993- 2012-MTC/20 del 22.11.2012, y modi fi catorias, se aprobó el Manual de Organización y Funciones del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL; Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, que aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, que tiene como objetivo establecer y precisar normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria, que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones consignadas en el documento de gestión de carácter temporal de recursos humanos. Que, la citada Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, señala en el numeral 6 Disposiciones Especí fi cas, sub numeral 6.1 Elaboración y aprobación del Manual de Clasi fi cador de Cargos, entre otros, lo siguiente: “6.1.1 La propuesta de MCC de la entidad debe contener los cargos estructurales que la entidad requiere para que los órganos y unidades orgánicas cumplan con las funciones mínimas indispensables dispuestas en el ROF o el MOP, según corresponda, no siendo obligatorio el uso de todas las clasi fi caciones dispuestas en la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público. 6.1.2. Los cargos estructurales contenidos en el MCC deben ser empleados en la propuesta de CAP Provisional, siendo dispuestos en los diferentes órganos y unidades orgánicas listados en el Formato N° 2 del CAP Provisional, en atención a la estructura organizacional desarrollada en el ROF o el MOP, según corresponda. 6.1.3 El listado de cargos debe ser formulado en atención a la normativa sustantiva que dispone la creación de determinados cargos con ciertas funciones y/o requisitos, a la normativa sustantiva que dispone impedimentos y/o establece requisitos para funcionarios(as) públicos(as) y/o servidores(as) civiles o un subgrupo de estos, y a la normativa dispuesta por SERVIR conteniendo disposiciones para la formulación de per fi les en el Estado; debiendo contener, de manera excepcional, una tabla de equivalencias en caso de existir cargos con posiciones ocupadas, respetando las funciones desarrolladas y los requisitos cumplidos por los(as) ocupantes al momento de acceder a los cargos correspondientes. Dicho listado deberá respetar la denominación y clasi fi cación de los cargos bajo regímenes laborales de los Decretos Legislativos N° 276 y N° 728 en situación de ocupado. (…)6.1.6. La información presentada sobre clasi fi cación y requisitos debe tener sustento técnico y/o legal, no debiendo consignarse la clasi fi cación de cargos como régimen especial (RE) y/o establecerse requisitos propios de un régimen especial, cuando los cargos no hubieran sido contemplados dentro de una carrera especial en una norma con rango de Ley y/o en una norma reglamentaria; así como tampoco consignarse cargos administrativos cuando la norma sustantiva expresamente dispone la clasi fi cación como RE en atención a una carrera especial.