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37 NORMAS LEGALES Sábado 12 de noviembre de 2022 El Peruano / 6.1.7. La ORH o la que haga las veces debe elevar la propuesta de MCC al(la) titular de la entidad, previa opinión favorable de la OPP o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia. De obtener la validación, el(la) titular de la entidad aprueba el MCC y gestiona la publicación de la resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad. 6.1.8. La entidad, en caso de constituir una entidad Tipo B, previo a la aprobación del MCC por parte del (la) titular, debe remitir su propuesta al (la) titular de la entidad Tipo A a la que se encuentra adscrita. La entidad Tipo A, a través de su ORH, o la que haga las veces, debe evaluar la propuesta según los lineamientos dispuestos en la presente directiva y en atención a su propio MCC. De darse opinión técnica favorable, dicha aprobación debe ser comunicada por la ORH o la que haga las veces de la entidad Tipo A a la ORH o la que haga las veces de la entidad Tipo B mediante o fi cio, para que gestione su aprobación, mediante los documentos que correspondan, según cuadro dispuesto en el numeral 6.3.1.8 de la presente directiva, y posterior publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad.” Que, la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, tiene por objeto establecer los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fi n de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función. Además, señala en su Segunda Disposición Complementaria Final que las entidades públicas, cuando corresponda, formulan o adecúan, de manera gradual, sus instrumentos de gestión en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, conforme a lo dispuesto en la referida ley; debiendo culminar la implementación integral de estas disposiciones en un plazo no mayor de ciento ochenta días calendario contados a partir de la publicación de su reglamento; Que, el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419, señala en su artículo 2, numeral 2.1 que: “Las O fi cinas de Recursos Humanos, o las que hagan sus veces en las entidades públicas, son responsables de veri fi car los requisitos mínimos para el acceso a cargos o puestos de funcionarios/as y, Directivos/as públicos/as de libre designación y remoción”; Que, asimismo, establece en su numeral 2.3 que “La Autoridad Nacional de Servicio Civil (SERVIR) es la responsable de brindar asistencia técnica a las entidades públicas para efecto de la aplicación de la Ley y el presente reglamento, así como establecer los criterios técnicos para su correcta aplicación e interpretación; y, supervisar su adecuado cumplimiento”; Que, por medio de la Resolución Ministerial N° 0828-2020-MTC/01.02, de fecha 23.11.2020, se aprobó el Manual de Operaciones del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, en adelante el Manual de Operaciones; Que, mediante Resolución Ministerial N° 352-2021- MTC/01.02 publicada el 24.04.2021, se aprobó el Cuadro para la Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL; Que, el literal c) del artículo 20 del Manual de Operaciones, establece que la O fi cina de Recursos Humanos tiene la función de proponer y actualizar los instrumentos de gestión correspondientes al sistema administrativo de gestión de recursos humanos; Que, el literal l) del artículo 16 del Manual de Operaciones. Señala que es función de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, conducir el proceso de formulación, evaluación y actualización de los documentos de gestión institucional y documentos normativos; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica a través del Informe N° 1947-2022-MTC/20.3 de fecha 04.11.2022 concluye que: “Estando a lo señalado en el Informe N° 140- 2022-MTC/20.5, Memorándum N° 2417-2022-MTC/20.5 y, Memorándum N° 2463-2022-MTC/20.5, por la O fi cina de Recursos Humanos, Informe N° 5616-2022-MTC/20.4 de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, a lo precisado en el Informe N° 0637-2022-MTC/11.01 e Informe N° 0657-2022-MTC/11.01 por la O fi cina de Administración de Recursos Humanos del MTC, el proyecto de Manual de Clasi fi cador de Cargos de PROVIAS NACIONAL, se ha realizado siguiendo el procedimiento establecido en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, dentro de los alcances de la Ley N° 31419 y, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, contando con la opinión favorable de la Dirección General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos del MTC, por lo que resulta legalmente procedente, proseguir con el acto administrativo de aprobación del Manual de Clasi fi cador de Cargos de PROVIAS NACIONAL. ”; Que, el literal c) del artículo 8 del Manual de Operaciones, señala que es función de la Dirección Ejecutiva la de dirigir y supervisar el cumplimiento de los objetivos y metas de PROVIAS Nacional, y aprobar los documentos de gestión que correspondan; Con la conformidad y visación de las O fi cinas de Recursos Humanos y de Planeamiento y Presupuesto y la visación de la O fi cina de Asesoría Jurídica de PROVIAS NACIONAL, en lo que es de su competencia; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 033-2002-MTC, modi fi cado por los Decretos Supremos Nos. 021-2018-MTC y N° 014-2019-MTC, la Resolución Ministerial N° 0828-2020-MTC/01.02; y la Resolución Ministerial N° 842-2022-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Manual de Clasi fi cador de Cargos del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, el cual en Anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolución, por los fundamentos expuestos que anteceden. Artículo 2.- Las Unidades Funcionales deberán indicar los requisitos especí fi cos detallados para la contratación del personal a su cargo al momento de efectuar el requerimiento de dicha contratación, la cual complementará los requisitos mínimos establecidos en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Transcribir la presente Resolución, a todas las Unidades Funcionales de Administración Interna, de Línea y Desconcentradas del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, para su conocimiento y fi nes pertinentes Regístrese y comuníquese. RUFINO GALINDO CARO Director EjecutivoPROVIAS NACIONAL 2124214-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2022 Modificado V. 01 Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 320-2022-VIVIENDA Lima, 10 de noviembre de 2022