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69 NORMAS LEGALES Viernes 18 de noviembre de 2022 El Peruano / VISTO: en audiencia pública virtual de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por don Eulogio León Cancho Cabana (en adelante, señor recurrente) en contra del acto que dispuso el registro de su renuncia como afi liado a la organización política Movimiento Regional Wari Llaqta, efectuada por la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (DNROP). PRIMERO. ANTECEDENTES1.1. Mediante el escrito presentado virtualmente (Expediente Nº 0015262-2022) el 16 de mayo de 2022 —registrado a nombre del señor recurrente—, se solicitó ante la DNROP su renuncia de a fi liación a la organización política Movimiento Regional Wari Llaqta. 1.2. En atención a ello, en la misma fecha, la DNROP procedió a la anotación de la renuncia a la citada organización política, que aparece en el sistema de consultas detallada de a fi liación e historial de candidaturas del Registro de Organizaciones Políticas (ROP), ubicada en el portal electrónico institucional <www.jne.gob.pe>, enlace “Sistema de Registro de Organizaciones Políticas” 1. SEGUNDO. SÍNTESIS DE AGRAVIOS2.1. Mediante escrito del 9 de junio de 2022, el señor recurrente interpuso recurso de apelación en contra del registro de la mencionada renuncia, a efectos de que sea declarado nulo y se restituya su condición de afi liado a la citada organización política, por los siguientes argumentos: a) El 5 de enero de 2022, se a fi lió a la organización política Movimiento Regional Wari Llaqta, participando en el proceso de elecciones internas a fi n de ser candidato a alcalde para la Municipalidad Distrital de Paico, provincia de Sucre, departamento de Ayacucho, en el marco del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2022. b) A través del aplicativo “consulta detallada de afi liación” de la Plataforma del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), tomó conocimiento de la inscripción de una renuncia a su a fi liación, presentada el 16 de mayo de 2022. c) La renuncia registrada fue presentada por una tercera persona que suplantó su identidad y falsi fi có su fi rma, con el fi n de perjudicarlo, ya que nunca suscribió ni presentó dicha solicitud y, por tal razón, efectuó la denuncia correspondiente ante la Comisaría PNP de San José de Sisa, de la Región Policial de San Martín. CONSIDERANDOS PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. El numeral 17 del artículo 2 determina:Artículo 2.- Derechos fundamentales de la persona Toda persona tiene derecho: [...]17. A participar, en forma individual o asociada, en la vida política, económica, social y cultural de la Nación. Los ciudadanos tienen, conforme a ley, los derechos de elección, de remoción o revocación de autoridades, de iniciativa legislativa y de referéndum. 1.2. El artículo 35 establece: Los ciudadanos pueden ejercer sus derechos individualmente o a través de organizaciones políticas como partidos, movimientos o alianzas, conforme a ley. Tales organizaciones concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular. Su inscripción en el registro correspondiente les concede personalidad jurídica. [...] En la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas (en adelante, LOP) 1.3. Los artículos 18 y 18-A señalan: Artículo 18.- A fi liación a la organización política Todos los ciudadanos con derecho al sufragio pueden afi liarse libre y voluntariamente a una organización política. [...]Artículo 18-A.- Renuncia La renuncia a la a fi liación se presenta ante la organización política o ante el Jurado Nacional de Elecciones y surte efecto desde la fecha de su presentación. La organización política debe remitir copia de la renuncia al Jurado Nacional de Elecciones. Si el afi liado se encuentra en el extranjero, puede presentarla ante el consulado respectivo. El trámite de renuncia es gratuito. En el Reglamento del ROP 2 1.4. El artículo 123 regula: Artículo 123.- Plazo para Interponer un Recurso Impugnativo Salvo que el presente Reglamento establezca un plazo distinto, todo recurso impugnativo se presenta dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la noti fi cación del acto administrativo impugnado, más el término de la distancia, en los casos que corresponda. En caso de que se impugne el contenido de un asiento registral, el plazo de impugnación es de tres (3) meses contados desde la fecha de emisión del asiento. PUBLICACIÓN VIRTUAL DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico pgaconsulta@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES