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119 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de octubre de 2022 El Peruano / De la documentación recabada por el Fiscal Superior Coordinador de enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas, se advierte que mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1684-2022-MP-FN, de fecha 09 de agosto de 2022, se designa al abogado Luis Alberto Tisnado Solís, Fiscal Adjunto Provincial Titular Especializado en Delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas (competencia a nivel nacional) de Lima, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas – Sede Tumbes, Distrito Fiscal de Tumbes. Asimismo, a través del O fi cio Nº 3252-2022-MP-FN-FEDTID-TUMBES, suscrito por el Fiscal Provincial Especializado en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas del Distrito Fiscal de Tumbes, hace de conocimiento que al día 02 de setiembre de 2022, el fi scal Luis Alberto Tisnado Solís, no se ha presentado a dicho despacho para realizar posesión del cargo, más aún, no se ha comunicado telefónicamente con ningún integrante del referido Despacho Fiscal. Asimismo, se desprende que el Fiscal renunciante fue condenado como autor del delito contra la Administración Pública – Cohecho Pasivo Especí fi co, en agravio del Estado, a 6 años de pena privativa de la libertad, mediante Sentencia (Resolución Número Dieciséis) de fecha 22 de agosto de 2022; emitida por la Sala Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de San Martín, en el Expediente Nº 858-2020-JPU-L. Consecuentemente, la Junta de Fiscales Supremos, mediante Acuerdo Nº 6158, adoptado en Sesión Extraordinaria de fecha 30 de setiembre de 2022, acordó por unanimidad, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, aceptar –en vía de regularización-, la renuncia formulada por el abogado Luis Alberto Tisnado Solís, al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Especializado en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas (competencia a nivel nacional) de Lima, del Distrito Fiscal de Lima, desde el 23 de setiembre de 2022 -fecha en que la Secretaría de la Junta de Fiscales Supremos tomó conocimiento de la presentación de su carta de renuncia-; sin perjuicio de las acciones legales que correspondan, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Que, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en los considerandos precedentes. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar -en vía de regularización- la renuncia formulada por el abogado LUIS ALBERTO TISNADO SOLÍS, al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Especializado en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas (competencia a nivel nacional) del Distrito Fiscal de Lima, desde el 23 de setiembre de 2022 -fecha en que la Secretaría de la Junta de Fiscales Supremos tomó conocimiento de la presentación de su carta de renuncia-; sin perjuicio de las acciones legales que correspondan, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento del abogado Luis Alberto Tisnado Solís que deberá efectuar la entrega de cargo, conforme a las disposiciones de la materia. Artículo Tercero.- Remitir la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, para los fi nes pertinentes. Artículo Cuarto.- Remitir los actuados de la presente resolución, a la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, para que proceda conforme a sus atribuciones. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Tumbes, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La Libertad, al Fiscal Superior Coordinador de enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas, a la Gerencia General, a la O fi cina General de Potencial Humano, a la O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, así como al interesado. Regístrese, comuníquese y publíquese. LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación Presidenta de la Junta de Fiscales Supremos 2112440-1 Amplían plazo de la declaratoria de emergencia de la Unidad Ejecutora 010: “Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IML)”, y dictan diversas disposiciones RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1998-2022-MP-FN Lima, 17 de septiembre de 2022VISTOS: El O fi cio Nº 000001-2022-MP-FN-RORAIMLFC2022, de fecha 13 de septiembre de 2022, emitido por el Presidente de la Comisión de trabajo encargada de la reestructuración orgánica y reorganización administrativa de la Unidad Ejecutora 010: “Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IML) ”, y; CONSIDERANDO: Mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1458-2022-MP-FN, de fecha 18 de julio de 2022, se dispuso declarar en emergencia a la Unidad Ejecutora 010: “Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IML)”, por el plazo de noventa (90) días, así como conformar una comisión de trabajo que se encargue de la reestructuración orgánica y reorganización administrativa de la Unidad Ejecutora 010: “Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IML)”, disponiendo además que dicha comisión en un plazo de sesenta (60) días eleve al despacho de la Fiscalía de la Nación, un informe con las propuestas de acciones, medidas de innovación administrativa y de gestión de acuerdo a las necesidades y objetivos institucionales. A través del O fi cio Nº 000001-2022-MP-FN- RORAIMLFC2022, el señor Jefe Nacional del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en su condición de presidente de la mencionada comisión de trabajo, solicita prorrogar la declaratoria de emergencia, así como el plazo para la entrega del informe de propuesta de medidas y acciones necesarias, hasta el 31 de diciembre de 2022; en razón a que del diagnóstico situacional desarrollado por el citado comité de trabajo se ha determinado que el estado actual del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses en el nivel organizacional, presupuestal, gestión de procesos, recursos humanos, calidad, infraestructura, entre otros, deviene en un bajo nivel de valoración del objetivo principal, tornando en especial y compleja la situación del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses; asimismo, solicita la reconformación de la comisión de trabajo debido a que actualmente una de sus miembros, ya no labora en la institución por motivo de renuncia, aceptada por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1597-2022-MP-FN. En ese sentido, siendo atendible el pedido formulado oportunamente por la comisión de trabajo en razón al alcance nacional de los servicios brindados por el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, que comprende realidades, problemáticas y necesidades de servicios particulares de cada distrito fi scal, así como la existencia de de fi ciencias transversales a todos ellos, conforme se sustentó en el Informe Nº 00005-2022-MP-FN-JN-IMLCF, emitido por el Jefe Nacional del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1458-2022-MP-FN, resulta conveniente ampliar el plazo establecido en el artículo primero y tercero de la citada resolución. De igual forma, es necesaria la reconformación de la comisión de trabajo