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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (06/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 168

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Jueves 6 de octubre de 2022 El Peruano / Autorizan viaje de Directora (e) de la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN a Francia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 230-2022-EF/10 Lima, 5 de octubre del 2022CONSIDERANDO:Que, mediante comunicaciones electrónicas de fechas 18 de julio y 29 de agosto de 2022, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos – OCDE comunica a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN que las Reuniones del Comité de Inversiones de la OCDE se llevarán a cabo en la ciudad de París, República Francesa, del 17 al 20 de octubre de 2022; Que, a través del Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN N° 294-01-2009, se designó a PROINVERSIÓN como el Punto Nacional de Contacto para la difusión de las Directrices de la OCDE y para participar en el Comité de Inversiones de la OCDE; Que, la participación de PROINVERSIÓN en las reuniones del Comité de Inversiones, son de importancia nacional en tanto permiten cumplir con los compromisos del país relacionados con la adhesión a la Declaración sobre Inversión Internacional y Empresas Multinacionales de la OCDE; asimismo, permiten dar a conocer a los países miembros de la OCDE, las acciones que desarrolla la institución para la atracción de inversiones responsables en el marco de la política de promoción y facilitación de inversiones del Perú; Que, así también, se participará en reuniones bilaterales con empresas francesas en coordinación con la Embajada de Perú en Francia el día 20 de octubre de 2022, con el objetivo de dar a conocer la cartera de proyectos de PROINVERSIÓN a inversionistas franceses; Que, en tal sentido, se estima pertinente la participación de la señora Denisse Azucena Miralles Miralles, Directora (e) de la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN en las referidas reuniones, toda vez que ello permite promover las actividades del Perú en materia de promoción y facilitación de inversiones; siendo además que participar en las reuniones del Comité forma parte de las evaluaciones que se hacen a los países que desean ser miembros de la organización; Que, en consecuencia, y siendo de interés institucional y nacional, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos son cubiertos con cargo al presupuesto de PROINVERSIÓN; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora Denisse Azucena Miralles Miralles, Directora (e) de la Dirección de Servicios al Inversionista de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, a la ciudad de París, República Francesa, del 15 al 22 de octubre de 2022, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectuarán con cargo al presupuesto de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasajes : US$ 2 579,00 Viáticos (4+2) : US$ 3 240,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada comisionada debe presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la comisionada cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.KURT BURNEO FARFÁN Ministro de Economía y Finanzas 2112912-1 Aprueban la Programación de Compromisos Anual (PCA) correspondiente a la revisión de oficio del tercer trimestre del Año Fiscal 2022 para los pliegos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0021-2022-EF/50.01 Lima, 4 de octubre de 2022CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que la Dirección General de Presupuesto Público es el ente rector y ejerce la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y tiene como funciones, entre otras, el programar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; así como promover el perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria; Que, el artículo 1 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, señala que el Presupuesto Anual de Gastos para el Año Fiscal 2022 comprende, entre otros, los créditos presupuestarios máximos correspondientes a los pliegos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales; Que, conforme al artículo 37 del Decreto Legislativo Nº 1440, la Programación de Compromisos Anual (PCA) es un instrumento de programación del gasto público, de corto plazo, por toda fuente de fi nanciamiento, que permite compatibilizar la programación de caja de ingresos y gastos, con la real capacidad de fi nanciamiento para el Año Fiscal respectivo, en el marco de las reglas fi scales vigentes; estableciendo, entre otros, que dicho instrumento es determinado, revisado y actualizado, de manera trimestral, por la Dirección General de Presupuesto Público; Que, mediante la Directiva Nº 0002-2021-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada a través de la Resolución Directoral Nº 0022-2021-EF/50.01, se regula, entre otros, los procedimientos de determinación, revisión y actualización de la PCA en los pliegos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, disponiéndose en su artículo 8